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Mundos del ser y del deber ser


Enviado por   •  15 de Enero de 2015  •  Informes  •  1.571 Palabras (7 Páginas)  •  270 Visitas

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Mundos del ser y del deber ser

Los mundos del ser y del deber ser rigen nuestro comportamiento y forma de vida sin que, a veces, tengamos conciencia de ello, y esto se debe a qué desconocemos de que se tratan; Emmanuel Kant nos dice que el mundo del ser es la enunciación de los hechos entre los fenómenos; es decir, la existencia de normas creadas por la naturaleza, en las que el humano no interviene en su creación. En el campo del Deber Ser se encuentran las normas de comportamiento del individuo, establecidas por el ser humano en base a la buena voluntad y del libre albedrío; de aquí se desprenden las Leyes Naturales y las Leyes Sociales.

Hay gente que piensa que las normas sociales y sobre todo las jurídicas solo están hechas por una voluntad de poder, que se crearon “para que el gobierno nos tenga como sus títeres” sin conocer ni siquiera cuáles son estas normas y qué nos dicen, pero ¿Es esto verdad? si nos podemos a pensar más a fondo y a revisar estas normas nos daremos cuenta de que en realidad si son necesarias, que no podemos vivir en un mundo donde todos hagan lo que quieran, simplemente no podríamos vivir sin normas.

Las normas tienen como objetivo regular el comportamiento del hombre dentro de una sociedad. El mundo normativo se integra por normas jurídicas, morales, religiosas y convencionalismos sociales, y que a su vez son el remitente del derecho.

Quien propone la idea del mundo dividido en el mundo del ser y del deber ser es Kant, que nos dice que el mundo del ser es aquel donde no interviene el hombre para sus normas, solo la naturaleza, en cambio el deber ser, como su nombre lo indica es lo que el hombre “debe ser” y por esa razón es que él pone esas normas, basándose en la buena voluntad para su creación. Del mundo del ser y deber ser podemos encontrar dos tipos de normas, las cuales son las normas naturales y las normas sociales.

Las leyes naturales son universales, inmutables y se rigen por la ley de causa y efecto, por ello son inviolables, porque si no se presenta la causa no habrá efecto. Estas leyes únicamente enuncian los fenómenos que la naturaleza presenta, el hombre solo las interpreta, las describe, más no las crea ni mucho menos las puede modificar a su gusto. El hombre con el paso del tiempo ha ido enunciando estas normas conforme las va descubriendo, independientemente de si la ley lleva el nombre de quien la descubrió, éste no la creo ni modificó o algo parecido, un ejemplo son las leyes de Newton, él las descubrió, describió y explicó, pero no las creó.

Las leyes sociales son totalmente lo contrario, son universales como las leyes naturales, habrá cosas bien vistas en una sociedad y en otra será vista con repugnancia, mientras que en Oriente es bien visto y hasta admirable el que un hombre tenga más de una esposa, en Occidente, eso es visto de mala forma. Con estas normas se busca que se lleve a efecto un determinado sentido en la conducta del individuo, su establecimiento en una sociedad tiene por objeto hacer posible una convivencia entre los hombres y ordenan al individuo lo que debe y no hacer en determinadas situaciones. Tienen en cierta forma un valor obligatorio, pero a final de cuentas el hombre decidirá si las cumple o no por la situación del libre albedrío.

Derivadas de las normas sociales, están las normas jurídicas, que a diferencia de algunas normas sociales, si no se cumplen como lo dicta la ley, llevará una sanción. Estas normas se supone que deben ir acorde con normas religiosas, y de trato social, para que se puedan llevar a cabo con el principio de convivencia armónica entre los hombres, y que éstas sean fáciles de cumplir naturalmente, porque no pueden ir en contra de esas normas ya que la mayoría de los hombres basan su vida en esas normas, y para que no rompa del todo con costumbres tiene que basarse en ellas.

Estas leyes tienen la característica de ser externas, bilaterales coercibles, y heterónomas. Son externas porque no les interesa la moral del acto del individuo, solo importa la conducta de éste, no importa el propósito o la pureza de su intención, solo le interesa si el individuo lo hizo o no lo hizo, nada más. Tal vez haya un individuo que no conozca alguna o algunas leyes sociales y por ello no las cumple, pero en las jurídicas, aunque el individuo no conozca la ley, tiene la obligación de cumplirla.

Son bilaterales, puesto que, en efecto, son obligatorias pero no solo llevan la obligación, sino que llevan consigo un derecho, estas leyes imponen deberes pero a su vez otorgan facultades o derechos.

Son coercibles porque el estado tiene la posibilidad de utilizar su fuerza por medio de sus órganos correspondientes para lograr el cumplimiento de la ley.

Son heterónomas porque el Estado las impone y sanciona a quien no las cumpla.

Sus elementos son la generalidad, la cual se debe a que es aplicable para todos los individuos a los que vaya dirigida la ley sin

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