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¿Por qué no existe brecha salarial entre hombre y mujer?


Enviado por   •  30 de Noviembre de 2022  •  Resúmenes  •  1.919 Palabras (8 Páginas)  •  32 Visitas

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UNIVERSIDAD “UTE”[pic 3]

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES

CARRERA DE DERECHO

DERECHO Y EMPRESA

Ensayo

Trabajo: Realizar la redacción de un ensayo sobre la no existencia de una brecha salarial entre el hombre y la mujer

Alumno: Galo Israel Enriquez Paillacho

Fecha de entrega: lunes, 28 de noviembre del 2022

Semestre: 06

¿Por qué no existe brecha salarial entre hombre y mujer?

        Introducción:

        El ser humano es el pilar de la existencia de la sociedad, es quien por necesidad y de acuerdo a buscar respuestas a sus grandes incógnitas se impulsa a encontrar una respuesta o una solución a sus problemas. Debido a que es el único ser vivo que se adapta a su entorno para lograr su propio desarrollo; de esa forma, si el ser humano tiene necesidad de alimentarse, buscará la forma de hacerlo y la manera que encontró de hacerlo es trabajando. Hacer referencia, de que el ser humano consigue lo que necesita, quiere y desea mediante su propio esfuerzo y trabajo, es hablar de una inversión de tiempo, la utilización de esfuerzo físico y mental, que se emplean con el objetivo de conseguir un resultado.

En la era prehistórica el ser humano trabajaba para sí mismo, con el objetivo de beneficiarse y enriquecerse; con la evolución y el desarrollo de la sociedad, este camino del ser humano cambia, dejando de ser independiente y pasa a ser más un colectivo llamado sociedad, el cual sigue con este mismo objetivo de conseguir algo, mediante la inversión o realización de algo. A lo cual la sociedad inicia a encaminarse en una relación laboral donde varias personas se relacionan entre sí, en la cual surge un entre empleador y obrero, los cuales buscan un beneficio entre sí. En este caso, el empleador lo que necesita es que se realice determinadas actividades que le generen un beneficio y el obrero lo que hace es realizar dichas actividades, pero con el objetivo de sacar un beneficio, el cual es comprendido como un sueldo.

El presente trabajo lo que busca es comprender que es el trabajo, qué función tiene el trabajar y sobre todo como se da esta relación laboral entre la persona; permitiendo comprender que es el percibir un sueldo y que diferencia existe entre la labor que puede realizar un hombre y una mujer y sobre todo poder determinar por qué no existe diferencia salarial entre el hombre y la mujer.

        Desarrollo:

En similitud a lo antes expuesto, es necesario desarrollar mejor el concepto de trabajo y remuneración, la RAE nos define que el trabajo es la aplicación y esfuerzo del ser humano enfocado y encaminado para la producción de riqueza en relación de conseguir un objetivo; de conformidad con la remuneración la RAE define que es el pago, que se realiza por la prestación de un servicio. Conforme a los términos anteriores, podemos referir que el trabajo y la remuneración son dos aspectos que se relacionan entre sí, para su propia existencia; ya que el trabajo es la realización de una actividad con el enfoque de generar un beneficio y la remuneración es dicho beneficio que se genera por el desarrollo de dicha actividad hecha por el ser humano.

Acorde con lo antes expuesto, podemos mencionar que en la relación de trabajo intervienen ciertos actores importantes para la existencia en sí, estos actores serian el trabajo, la remuneración, el empleador y el empleado. Estos dos últimos son quienes generan una relación laboral, en la cual ambos generan un beneficio para sí mismos; es necesario recalcar que dichas actividades son hechas por el ser humano y son los únicos seres que pueden crear dicha relación.

Ahora bien, cuando nos referimos a la relación de trabajo, estamos hablando del nexo jurídico que ata a dos personas, empleador y empleado, a una relación bilateral, donde ambos se obligan entre sí a una prestación de dar, hacer o no hacer algo. Esta correlación existe debido a que una persona proporciona su trabajo o servicio a cambio de una remuneración o pago, esta se hace bajo ciertas condiciones, las cuales se establecen en el contrato. En dicho contrato se sustancia el acuerdo de voluntades que genera derechos y obligaciones, pero también los transfiere, este a su vez se fundamenta de acuerdo a la ley.

En conformidad con el anterior punto, la relación de trabajo que se genera por el contrato, es una actividad y relación hecha por el ser humano. Al hablar de actividad hecha por el ser humanos, estamos describiendo actividades hechas por el género masculino y femenino, al encaminarlo de esta forma, estamos refiriéndonos a las actividades que puede hacer el hombre y la mujer, lo cual, a primera impresión; puede observarse que no son las mismas que cada uno puede desempeñar y por ende la remuneración a percibir no serían iguales.

Antes de tocar más a fondo este punto, comprendamos que nos dice la Constitución con respecto del hombre y la mujer. La Constitución, en su artículo 23, numeral 3 nos menciona la igualdad ante la ley, en el cual se refiere a que todos serán considerados como iguales y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin importar la edad, el sexo, etnia, color y entre otros factores (Constitución del Ecuador, 2008). Esta igualdad, que reconoce y otorga el ordenamiento jurídico, nos permite entender que el hombre y la mujer son iguales y por ende deben ser tratados de manera igual, es decir, no se hace distinción alguna y tampoco se los trata distintos por ser de diferente sexo.

En este mismo camino, también tenemos al Código de Trabajo, el cual en su artículo 79 nos menciona la igualdad de remuneración, en este artículo se nos refiere, qué tato los hombres como las mujeres percibirán el mismo salario por el servicio que realicen. A lo cual podemos entender que no se ejecuta el pago de un sueldo por su género, sino que se lo hace de acuerdo a la prestación de servicio que estos hagan, la capacidad que tengan y el beneficio que generen para su trabajo (Código del Trabajo, 2005).

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