Prevención de riesgos laborales: protección y cultura preventiva
Arbu18 de Octubre de 2013
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Durante bastante tiempo la protección fue entendida como la reparación del daño causado por un accidente o enfermedad; pero hoy en día se intenta evitar los daños reduciendo al máximo los hechos causantes.
Para ello, utilizaremos una serie de razones, destacando:
Humanitarias y morales: es inadmisible que los trabajadores puedan sufrir daños y enfermedades a casusa de sus labores desempeñadas en sus puestos.
A nivel social tenemos:
Causalidad-responsabilidad: los accidentes suceden porque tienen unas causas naturales, que pueden investigarse, explicarse y corregirse, no son fruto del azar o de la mala suerte. En este principio se basa toda la acción preventiva, orientada a eliminar riesgos y evitar accidentes.
Componente Laboral: es una parte integrante de él, es inherente a su constitución y su naturaleza. Sólo existe una forma correcta de realizar un trabajo, es decir, la forma segura.
Inversión: eso significa no tener que hacer frente a los costes indirectos de los accidentes laborales, al mal ambiente laboral que provocan y a la mala imagen que puedan causar de cara al mercado. Prevenir no es un gasto, sino una buena inversión.
Imperativo legal: porque así lo dictamina la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y porque el trabajo no deber comportar un perjuicio para la salud de los trabajadores, máxima teniendo en cuenta que tal perjuicio es evitable.
Seguridad: la seguridad resulta de hacer bien las cosas. Lo mismo que la calidad. Tanto los accidentes que ocurren en las empresas como los fallos o defectos de calidad, significan que las cosas no se están haciendo bien.
A nivel empresarial tenemos:
Especificidad: la organización de la prevención no puede llevarse a cabo a base de recetas iguales para todos, adquiridas fuera de la empresa. La prevención ha de hacerse partiendo de las particularidades que presenta cada empresa en cuanto a sector de actividad, organigrama, personal, enclave físico, etc.
Gestión: la prevención en la empresa tiene que afrontar toda clase de riesgos que puedan poner en peligro la calidad de vida laboral, la calidad del proceso productivo, y la calidad del producto acabado. Tiene que partir del convencimiento de la dirección y de su integración en el conjunto de sus actividades y decisiones en procesos, organización en el trabajo y línea jurídica.
Responsabilidad: la Ley articula la prevención sobre los principios de responsabilidad y participación, regulando actuaciones, funciones, derechos, obligaciones y responsabilidades de empresarios y trabajadores por ambas partes.
Productividad: ninguna empresa puede afirmar que ha optimizado la productividad de sus procesos si aún ocurren en ella accidentes que lesionan a sus trabajadores, que dañan equipos y materiales y paralizan procesos; con sus consecuentes pérdidas económicas y su influencia negativa sobre la calidad.
Los accidentes reducen la productividad y las pérdidas que ocasionan repercuten sobre el coste final del producto. En estas condiciones, la competitividad resulta evidentemente mermada por ello.
Mejora Continua: porque los accidentes son una manifestación inequívoca de que existen fallos en los sistemas y en los procesos. Además, las causas de los accidentes, son origen también de fallos en los procesos productivos, organizativos, técnicos y humanos. Los accidentes son los que nos advierten de que hay cosas fuera de control y como resultado tenemos a éstos.
Globalidad: también engloban la protección de los bienes y los procesos productivos de la empresa, del ambiente laboral y, en conclusión, de la propia función empresarial.
Rentabilidad: los accidentes suponen lamentables pérdidas tanto a
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