QUE ES UNA CONSTITUCIÓN
garealInforme13 de Agosto de 2012
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Este libro ¿QUE ES UNA CONSTITUCIÓN? Esta basado en dos conferencias pronunciadas por su autor FERDINAN LASSALLE, la primera en Abril de 1.862; la segunda en Noviembre de 1.862. En la primera Conferencia, al iniciarla advierte a los asistentes que hablará de ¿Qué es una constitución? Que a pesar de ser un tema cientifico para ninguna persona de los asistentes le será imposible seguir y comprender, desde el principio hasta el fin, lo que expondrá y le da inicio a su conferencia lanzando las preguntas ¿Qué es una constitución?, ¿En qué consiste la verdadera esencia de una Constitución? Y manifiesta que todos de una u otra forma y diferentes momentos de nuestras vidas estamos oyendo hablar de Constitución y de problemas constitucionales, es tema de todas las conversaciones. Formulada la pregunta se podrán oir diferentes respuestas y al final no obtendremos una respuesta satisfactoria y nos da ejemplos de respuestas como la del jurista: La Constitución es un pacto jurado entre el rey y el pueblo, que establece los principios básicos de la legislación y del gobierno dentro de un país. O también: La Constitución es la ley fundamental proclamada en el país, en la que se echan los cimientos para la organización del Derecho público de esa nación, pero como se dijo antes ninguna de las respuestas satisface al autor porque se limitan a describir exteriormente cómo se forman las Constituciones y qué hacen, pero no nos dicen lo que una Constitución es. Para ello lo primero es saber en qué consiste la verdadera esencia de una Constitución, y luego se verá si la Carta constitucional determinada y concreta que examinamos se acomoda o no a esas exigencias sustanciales, luego comienza a definir varios conceptos como ¿Que es Ley y Constitución? Manifiesta que una Constitución debe ser algo sagrado, más firme y más inconmovible que una ley ordinaria, es una ley fundamental y Para ello será necesario:
1º Que la ley fundamental sea una ley que ahonde más que las leyes corrientes, como ya su propio predicado de fundamental indica.
2º Que constituya, -pues de otro modo no mereceria llamarse fundamental- el verdadero fundamento de las otras leyes: es decir, que la ley fundamental para serlo, habría de actuar e irradiar a través de las leyes ordinarias del pais.
Luego explica que los Factores Reales del Poder que rigen en una sociedad determinada son esa fuerza activa y eficaz que informa todas las leyes e instituciones jurídicas de la sociedad en cuestión, haciendo que no puedan ser, en sustancia, más que tal y como son.
Luego explica que todos son fragmentos de una constitución: La monarquía porque al rey le obedece el ejercito, La Aristocracia por tener influencias con el rey y la corte; La Gran Burguesía con su gran capital y sus industrias; Los banqueros por controlar y abaratar los créditos; La Conciencia Colectiva y la Cultura General; La pequeña Burguesia y l Clase Obrera, por ser la fuerza de trabajo de la sociedad, en fin todos son un Fragmento de Constitución.
Continúa su conferencia explicando que son Los Factores de Poder y Las Instituciones Jurídicas. La Hoja de Papel.
Manifiesta que la Constitución de un país en esencia es: La suma de los factores reales de poder que rigen en ese país y si se toman esos factores reales de poder y se extienden en una hoja de papel, se les da expresión escrita, y a partir de este momento al incorporarlos al papel se han erigido en derecho, en instituciones jurídicas, y quien atente contra ellos atenta contra la ley y es castigado.
Pero para lograr que los factores reales de poder se plasmen un una hoja escrita se debe aglutinar a todos, Al sistema Electoral de las tres Clases que consistian en la primera con 153.808 electores; la segunda, 409 945 electores; a la tercera, 2.691.950 electores. Cifas tomadas de los censos oficiales en el reino de Prusia. De igual forma debía aglutinar a la camara señorial o el Senado ya que se necesita de su arpobación para que adquieran fuerza de ley los acuerdos de la Cámara de diputados, en la que está representada la nación; también es necesario El Ejercito y el Rey ya que el rey la constitución plantea Al Ejército y a la Marina no se les tomará juramento de guardar la Constitución, y el rey ocupa frente al Ejército una posición muy diferente a la que le corresponde respecto de las demás instituciones del Estado, la teoría de que el rey, como jefe de las fuerzas militares del país, mantendrá al su ejercito bien disciplinado y agrupado en todo momento y dispuesto a defender a su país.
Luego plantea la relación que guardan entre sí las dos Constituciones de un país, esa Constitución real y efectiva, formada por la suma de factores reales y efectivos que rigen en la sociedad, y esa otra Constitución escrita, a la que, para distinguirla de la primera, le da el nombre de la hoja de papel. Posteriormente Hace Algo de Historia Constitucional y manifiesta que una Constitución real y efectiva la tienen y la han tenido siempre todos los países, pues no se concibe país alguno en que no imperen determinados factores reales de poder, cualquiera que ellos sean y en francia se decia que ni el propio rey podía tocar la constitución, porque en ella se expresaba los factores reales de poder que regían en la Francia medieval. Estas tradiciones de hecho brindaban los llamados precedentes, que todavia hoy en Inglaterra, siguiendo el ejemplo universal de la Edad Media, tienen una importancia tan señalada en las cuestiones constitucionales. La proclamación de esta norma daba ya el principio de Derecho constitucional. Muchas veces se daba expresión y sanción especial.
Todos estos hechos y precedentes, estatutos y privilegios juntos formaban la Constitución del país. Les explicaba a los asistentes que se pueden dar ejemplos de constituciones dependiendo de la sociedad, como por ejemplo La constitución Feudal en la que la nobleza ocupe en todo el lugar preeminente. El príncipe no podrá crear sin su consentimiento ni un céntimo de impuestos y sólo ocupará entre los nobles la posición del primus inter pares, la posición del primero entre sus iguales en jerarquía y eso era la Constitución de Prusia y de la mayoría de los Estados en la Edad Media. También se podría dar El Absolutismo en donde el principe no ve la necesidad de poner por escrito la nueva Constitución; la monarquía es una institución demasiado práctica, para proceder así. El príncipe tiene en sus manos el instrumento real y efectivo del poder, tiene el ejército permanente, que forma la Constitución efectiva de esta sociedad, y él mismo y los que le rodean dan expresíón, andando el tiempo, a esta idea, cuando asignan a su país el nombre de Estado militar. De igual forma está La Revolución Burguesa en donde la industria y el comercio se van desarrollando progresivamente, al desarrollarse en proporciones tan extraordinarias, la burguesía comienza a sentirse como una potencia política independiente. Paralelamente con este incremento de la población, discurre un incremento todavía más grandioso de la riqueza social, y trata de tomar en sus manos el gobierno y que el príncipe se limite a reinar con arreglo a su voluntad y a regentear sus asuntos e intereses.
EL ARTE Y LA SABIDURIA CONSTITUCIONALES
Manifestaba que cuando en un país estalla y triunfa la revolución, el derecho privado sigue rigiendo, pero las leyes del derecho público yacen por tierra, rotas, o no, tienen más que un valor provisional, y hay que hacerlas de nuevo y les plantea una pregunta ¿cuándo puede decirse que una Constitución escrita es buena y duradera? Su respuesta fue cuando esa Constitución escrita corresponda a la Constitución real, a la que tiene sus raíces en los factores de poder que rigen en el pais y cuando la Constitución escrita no corresponde a la real, estalla inevitablemente un conflicto que no hay manera de eludir y en el que a la larga, tarde o temprano, la Constitución escrita, la hoja de papel, tiene necesariamente que sucumbir ante el empuje de la Constitución real, de las verdaderas fuerzas vigentes en el país.
Luego se plantea la pregunta ¿Qué debió suceder entonces al triunfar la revolución de 1848? La respuesta fue debió anteponerse a la Constitución escrita, el cuidado de hacer una Constitución real y efectiva, desarraigando y desplazando en beneficio de la ciudadania las fuerzas reales imperantes en el país. Cuando una Constitución escrita corresponde a los factores reales de poder que rigen en el país, no se oirá nunca gritos de angustia de la poblacón. Ya todos se cuidarán mucho de acercarse demasiado a semejante Constitución, de no guardarle el respeto debido. Con Constituciones de éstas, a nadie que este en su sano juicio se le ocurre, jugar, si no quiere pasarlo mal. Por último hace unas CONCLUSIONES PRACTICAS diciendo Los problemas constitucionales no son, primariamente, problemas de derecho, sino de poder: la verdadera Constitución de un pais sólo reside en los factores reales y efectivos de poder que en ese pais rigen, y las Constituciones escritas no tienen valor ni son duraderas más que cuando dan expresión fiel a los factores de poder imperantes en la realidad social. Posteriormente en noviembre de 1.862, Ferdinan Lassalle, es invitado a dar una segunda conferencia sobre problemas constitucionales que titulo ¿Y AHORA? inicia esta segunda conferencia haciendo un recuento de la Primera conferencia manifestando que Demostró a los asistentes que era necesario distinguir entre las Constituciones reales y las Constituciones meramente escritas u hojas de papel, que la verdadera Constitución de un país reside siempre en los factores reales y efectivos de poder que rigen en esa sociedad, que los problemas constitucionales no son problemas de derecho,
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