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-.QUIEN ESTA OBLIGADO A LLEVAR LA CONTABILIDAD ELECTRONICA


Enviado por   •  13 de Marzo de 2017  •  Informes  •  1.038 Palabras (5 Páginas)  •  869 Visitas

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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MÉXICO

FACULTAD DE CONTADURIA Y ADMINISTRACIÓN

Tecnologías de Información y Comunicación ll

¿QUÉ ES LA CONTABILIDAD ELECTRÓNICA?

Alumna: Perea Alonso Daniela

Intersemestral 1-2017

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN        3

QUIEN ESTA OBLIGADO A LLEVAR LA CONTABILIDAD ELECTRONICA        3

REQUISITOS Y EN QUÉ CONSISTE        4

CONCLUSIONES        5

FUENTES DE CONSULTA        5

INTRODUCCIÓN

La Contabilidad es llamada por algunos como disciplina, técnica o hasta ciencia, lo que es un hecho es que es indispensable para tener un buen manejo de negocios y dinero.

Se trata de llevar un control de gastos e ingresos, esto para saber cuánto dinero tienes, quién te debe, a quién le debes, cuanto tiempo tienes para pagar, es tener bien cuidado el dinero.

Para este control es necesario un registro de operaciones, el objetivo es facilitar el entendimiento y verificar los datos, aplicando una doble partida (debe y haber).

Todo esto es para tener una información financiera que sirve para tomar decisiones, basarse en ella y ver lo que mejor le beneficie al sujeto.

Cuando se empezó a manejar la Contabilidad todo se hacía en papel, hasta que llegaron las TIC’s a revolucionar el proceso y se convirtió en una Contabilidad Electrónica.

QUIEN ESTA OBLIGADO A LLEVAR LA CONTABILIDAD ELECTRONICA

Según el Código Fiscal de la Federación, la Contabilidad Electrónica trata simplemente que el contribuyente realice el registro de transacciones en medios electrónico y posteriormente los envíe al Buzón Tributario [1]del SAT.

Las personas obligadas a este envío son

  1. Personas físicas con actividad empresarial, actividades profesionales con ingresos superiores a dos millones de pesos y arrendamiento (siempre y cuando no utilicen la aplicación Mis cuentas[2])
  2. Personas morales, incluidas las personas morales con fines no lucrativos.
  3. Para las personas morales y físicas con actividades agrícolas, pesqueras ganaderas y silvícolas

Las personas NO OBLIGADAS a llevar la contabilidad electrónica son:

  • Asalariados (asimilados a salarios)
  • Personas Físicas de Arrendamiento
  • Personas Físicas con actividad profesional (honorarios)
  • RIF
  • Personas Físicas con actividad empresarial que se encuentren tributando en el RIF
  • Reciban Ingresos esporádicos (por premios, enajenación de bienes)
  • Los contribuyentes que se hayan dado de alta en el RFC en 2014 o en 2015, tendrán la obligación de llevar contabilidad hasta 2016, debido a su reciente incorporación a la actividad económica elegida.
  • Entidades de la Administración Pública paraestatal y  los órganos autónomos que estén sujetos a la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como las instituciones que por ley estén obligadas a entregar al Gobierno Federal el importe íntegro de su remanente de operación.

Estas entidades sólo llevarán sistemas contables cuando realicen actividades:

  • Señaladas en el artículo 16 del CFF
  • Que no den lugar al pago de derechos o aprovechamientos
  • Relacionadas con su autorización para recibir donativos deducibles

REQUISITOS Y EN QUÉ CONSISTE

Primero se debe ingresar al Buzón Tributario, esto se logra con el RFC[3], contraseña o e.firma, después hay que ir a la sección de Aplicaciones, luego a Contabilidad Electrónica y dar clic en envío. Allí dentro se debe señalar si se quiere sellar la información (opcional) esto se hace con la e.firma.

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