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Sociedad De Responsabilidad Limiitada


Enviado por   •  19 de Julio de 2014  •  1.682 Palabras (7 Páginas)  •  210 Visitas

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INTRODUCCION

En el presente trabajo de investigación damos a conocer cómo se desarrollan los pasos y requisitos para la constitución de la sociedad de responsabilidad limitada la cual se conoce como aquella sociedad mercantil en la que el capital social está dividido en cuotas sociales de distinto o igual valor llamadas participaciones sociales y en las que las responsabilidad de los socios se circunscriben exclusivamente al capital aportado por cada uno.

MARCO CONCEPTUAL

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Articulo º 66

Sociedad de responsabilidad limitada es la que existe bajo una razón social o bajo una denominación y cuyos socios sólo están obligados al pago de sus aportaciones, sin que las partes sociales, que nunca estarán representadas por títulos valores, puedan cederse sino en los casos con los requisitos que establece el presente Código.

CARACTERÍSTICAS DE LA SOCIEDAD LIMITADA:

 El capital está dividido en cuotas y no en acciones

 Todos los socios tienen virtualmente el derecho de administrar

 La administración de las sociedades de responsabilidad limitada estará a cargo de uno o más gerentes, que podrán ser socios o personas extrañas a la sociedad.

 La sociedad de responsabilidad limitada puede constituirse bajo razón social o bajo denominación.

 La razón social se forma con el nombre de uno o más socios. La denominación se forma libremente, pero debe ser distinta a la de cualquier sociedad existente.

 Esta sociedad para formarse debe tener un capital social no menor de cinco mil lempiras para poder ser inscritos como una sociedad de responsabilidad limitada.

 El número de socios está limitado a veinticinco

MARCO TEORICO

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Es aquella que se constituye bajo razón social (se forma con el nombre de uno o más socios) o bajo denominación y cuyos socios solo están obligados al pago de sus aportaciones.

Finalidad de la Sociedad

La sociedad puede dedicarse a una o más actividades de comercio siempre y cuando estas sean consideradas lícitas bajo las leyes Hondureñas.

Fundación: la Ley se limita a exigir el otorgamiento de escritura pública y su inscripción para que la sociedad pueda tener personalidad jurídica.

La denominación de esta se formara libremente, pero siempre hará referencia a la actividad social principal, la razón social se formara con el nombre de uno o más socios. Una u otra irán inmediatamente seguidas de las palabras S de R. L.

La sociedad de responsabilidad limitada o sociedad limitada (S.L.) es una forma de organización de tipo capitalista muy utilizada entre las pequeñas y medianas empresas.

Ya que éste tipo de sociedad se caracteriza de que los socios responden de manera LIMITADA, es decir que los socios responden de las obligaciones sociales adquiridas únicamente con su participación social y no con sus propios bienes.

El capital está dividido en participaciones sociales, las cuales nunca estarán representadas por títulos valores.

ARTICULO °78

La administración de las sociedades de responsabilidad limitada estará a cargo de uno o más gerentes, que podrán ser socios o personas extrañas a la sociedad, designados temporalmente o por tiempo indeterminado. Salvo pacto en contrario, la sociedad tendrá el derecho de revocar en cualquier tiempo a sus administradores.

Siempre que no se haga la designación de gerentes, todos los socios concurrirán a la administración.

DESVENTAJAS DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Ventajas:

• Responsabilidad frente a acreedores limitada al capital social y a los bienes a nombre de la sociedad.

• Los socios que constituyen la sociedad de responsabilidad limitada controlan totalmente cuáles serán los socios en todo momento y cuáles son los que entran.

• un total control de la propiedad de la sociedad y restringe la posibilidad de entrada de nuevos socios no deseados.

• Relativa sencillez en cuanto a trámites burocráticos, tanto en la constitución como en el funcionamiento, con una gestión más sencilla que la de una sociedad anónima.

• Capital social mínimo exigido relativamente bajo, que además una vez desembolsado puede destinarse a financiar inversiones o necesidades de liquidez.

• Los costes de constitución son asequibles, sin contar la aportación de capital social.

• A partir de cierto nivel de beneficios o rendimientos, del orden de 40.000 €, los impuestos son menores que los del autónomo ya que el tipo del impuesto de sociedades es fijo (25%) mientras que los tipos del IRPF son progresivos, pagando más cuanto más ganas.

• Con una sociedad, el autónomo puede fijarse un sueldo y desgravarlo como gasto.

• Las sociedades tienen mayor facilidad de acceso al crédito bancario ya que a los bancos les ofrecen una mejor información sobre su funcionamiento y además el hecho de ser Sociedad suele ofrecer una mejor imagen.

Desventajas:

• Las participaciones no son fácilmente transmisibles. Su venta queda regulada por los estatutos de la sociedad y la Ley, teniendo prioridad los restantes socios. Por tanto no es una forma adecuada si se quiere captar a un gran número de inversores.

• dificulta

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