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Soluciòn Guià 7


Enviado por   •  28 de Mayo de 2015  •  1.247 Palabras (5 Páginas)  •  172 Visitas

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SOLUCION GUIA # 7 SENA

1.

POLIZAS Y SEGUROS

Seguros este concepto está vinculado al contrato que obliga, mediante el cobro de una prima, a indemnizar el daño producido a otra persona. Existen diversos tipos de seguros que suponen un respaldo financiero para el asegurado ante eventualidades.

Póliza, es un documento comprobatorio o justificativo, la POLIZA DE SEGURO, es el documento que certifica el respaldo al que accede el asegurado cuando paga una prima por ello. También es mencionada como contrato de seguro y fija los termino por los cuales el asegurado se obliga a resarcir un daño o a pagar una suma al verificarse una eventualidad prevista en el contrato.

El contratante del seguro, por su parte, se obliga a pagar una prima a cambio de la cobertura.

La lógica indica que la prima le permitirá al asegurado evitar perjuicios económicos mayores en caso de que el siniestro tenga lugar.

La póliza de seguro está formada por varios elementos, como el interés asegurable, el riesgo asegurable, la prima y la obligación del asegurador a indemnizar.

GARANTIAS

Es el contrato bilateral en el cual el Banco se obliga a responder por el solicitante ante un tercero y como contraprestación el garantizado se obliga a responder al Banco por lo que éste deba pagar.

• Puede respaldar obligaciones contingentes ante la Administración de Impuestos Nacionales o la seriedad de la oferta en las licitaciones públicas

• Puede garantizarse el reintegro de divisas por concepto de exportaciones y presentación de documentos de importación ante entidades oficiales

• La legislación permite otorgar garantías para respaldar obligaciones derivadas de contratos distintos a los de mutuo o préstamo, siempre que no se aseguren el pago de títulos valores

• Respaldo por una entidad financiera ante entidades que únicamente aceptan este mecanismo

• Demostrar solvencia moral y económica

2.

Trámites y requisitos Moneda legar y Extrajera Bancolombia S.A

Trámites de apertura

• Solicitar en la sucursal donde están radicadas sus operaciones, al gerente de cuenta o de sucursal respectivo o al gerente de moneda extranjera el formulario de solicitud de apertura de Carta de Crédito (F-58A), en la cual se especifica términos y condiciones para la apertura de la Carta de Crédito y debe ir firmada por el representante legal.

• Firmar el pagaré único para Cartas de Crédito y su reglamento, a menos que ya se haya presentado uno con una operación anterior. Este pagaré es suministrado por el gerente de sucursal, gerente de cuenta o gerente de moneda extranjera (M.E.). En caso de alcances o instrucciones complementarias se debe anexar carta de instrucciones, firmada por el representante legal o funcionario autorizado.

• La operación puede ser remitida inicialmente por fax a las oficinas de comercio internacional u oficinas mixtas y posteriormente deberá entregar el original correspondiente. Para que su operación sea procesada el mismo día, le recomendamos enviar o entregar documentos antes de las 12 p.m. Para tener mayor claridad sobre la forma de efectuar su operación le sugerimos leer nuestra “Guía de operaciones a través de las oficinas de Comercio Internacional Bancolombia”.

• Cuando hable con su proveedor del exterior recuérdele que los documentos deben ser remitidos a las oficinas de comercio internacional u oficinas mixtas (en ciudades intermedias).

Trámites para la utilización y pago de la carta de crédito

Al momento de la utilización de la carta de crédito, Bancolombia S.A. le informará si fueron recibidos correctamente los documentos del exterior o no. Una vez todo se encuentre conforme a lo establecido en la carta de crédito, Bancolombia la acepta y procede a realizar el pago al exterior.

Usted puede solicitar financiación para el pago de la carta de crédito o pagarla con recursos propios.

Adicionalmente debe tener en cuenta:

• Definir el formulario o declaración de Cambio a utilizar.

• Definir el numeral cambiario a utilizar si tiene dudas consulte con la línea de asesoría especializada en comercio internacional o en el Anexo 3 de la Circular reglamentaria DCIN 83, el cual se encuentra publicado en la página Web del Banco de la República.

• Conocer,

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