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Tasas y contribuciones.


Enviado por   •  14 de Enero de 2017  •  Informes  •  829 Palabras (4 Páginas)  •  251 Visitas

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14/05/2015

Las tasas: son tributos en el que su hecho generador está vinculado a una actividad del estado y a su vez se relacionan con el contribuyente. Es decir que en las tasas siempre va haber una actividad, un servicio, que presta el estado y que de alguna manera el contribuyente percibe. Ejemplo: Peaje, la tasa aeroportuaria.

Para que nazca el tributo debe haber una actividad, un servicio del estado que perciba el contribuyente, directa o indirectamente.

Villegas: es el tributo cuyo hecho generador está integrado con una actividad del estado, divisible e inherente a su soberanía, hallándose esa actividad relacionada directamente con el contribuyente.

Las tasas son tributos vinculados, por una actividad que realiza el estado y esa actividad según Villegas de reunir 2 requisitos:

  1. ser una actividad inherente a la soberanía: porque tiene que tratarse de una actividad, o servicio que solo el estado puede realizar. Ejemplo: Republica de los actos que realizan las notarías.
  2. una actividad o un servicio divisible: porque de alguna manera debe percibirlo el contribuyente.

La diferencia entre la tasa y el impuesto, es que en la tasa hay un servicio, en el impuesto no, el impuesto tienes que pagarlo porque sí. La tasa es un tributo vinculado, el impuesto no. Y se relaciona con la tasa en que ambos son tributos.

Borraz: no se debe tratar de servicio sino de actividades.

Es decir, el hecho de que sean inherentes a la soberanía no quiere decir que son servicios que exclusivamente preste el estado, sino que son servicios que le corresponden al estado y que pueden realizar otras personas. Ejemplo: transporte, poder ser públicos o privados.

Características de las tasas:

  1. son prestaciones coactivas (obligatorias)
  2. solo son creadas por ley: Principio de legalidad.
  3. Hecho generador o imponible: tiene que ver con un servicio divisible e inherente
  4. El producto de lo recaudado debe estar destinado mismo servicio.

Las tasas se diferencian también de los precios públicos -> son lo que se paga por prestación de servicio, que son prestados por el estado. Los precios públicos se asemejan a las tasas, se diferencia en, hay varios criterios:

Enaudi y cammeo: consideran que cuando el servicio deja un margen de utilidad es un precio público. Y si nada más cubre el costo de un servicio es una tasa.

Duverger: Si el servicio de prestaba en régimen de libre competencia es un precio público. Si es un servicio que se prestaba en régimen de monopolio es una tasa.

Giuliani Fonruge (argentino) y ATALIBA (brasilero): cuando el servicio es prestado por medio de un contrato es un precio público. Cuando es un servicio establecido en la ley es una tasa. (Criterio más apropiado).

Lo que diferencia el precio público de una tasa, es el contrato.

Tipos de tasas:

  • Tasas judiciales: son las tasas que se cobraban por ciertos servicios. (antiguamente, no existen en Venezuela).
  • Tasas administrativas: son las tasas que cobran diferentes organismos por la prestación de servicios de naturaleza administrativas. Ejemplo: tasa por legalización de documentos, peajes, tasa por obtención de servicios, por la realización de trámites.

Contribuciones Especiales: son aquellos tributos cuyos hechos generador está vinculado por una actividad o con un servicio, o gasto por parte del estado, que produce un beneficio, ese beneficio va ser percibido por el propio contribuyente o por la colectividad en general.  

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