UNIDAD: DEMANDA Y CONTESTACIÓN
jennycarofloriResumen23 de Noviembre de 2015
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UNIDAD 17 DEMANDA Y CONTESTACIÓN
17.1 Estructura de la demanda.
La demanda es un punto de partida del proceso y el vehículo de las pretensiones que se hacen valer ante la autoridad jurisdiccional reclamando su intervención frente a un tercero. Al formular el escrito de demanda, se debe hacer por escrito, y deberá de acompañar el número de copias según sean los demandados.
La demanda se presenta ante Oficialía de Partes de la Junta competente, precisando en la demanda, el domicilio que señale la parte actora para recibir notificaciones y documentos. Asimismo, deberá mencionar el nombre(s), domicilio(s), la actividad a la que se dedica el patrón; determinar las prestaciones que se reclaman, así como hacer una narración sucinta de los hechos en que se funda la demanda, y poner los fundamentos de derecho, así como el documento que acredite la personalidad del apoderado que comparece al juicio y firmar la demanda.
La mera presentación de la demanda interrumpe la prescripción y éste se convierte en un evento fundamental pues si se presenta con posterioridad al término que establece el art. 118 su presentación será inútil.
17.2 ACCIONES LABORALES
-Son aquellas derivadas del vínculo individual del trabajo y relacionadas con el cumplimiento de obligaciones no satisfechas ya sea entre trabajador y patrón, entre trabajadores, entre trabajadores y el sindicato; las acciones laborales, son entre otras para modificar una jornada de trabajo estimada inhumana.
-Las ejercidas con el fin de obtener la autorización de la autoridad laboral para la prestación de los servicios de los trabajadores mexicanos en el extranjero.
-Las obligaciones derivadas en la obligación que tiene el patrón de proporcionar a sus trabajadores habitaciones ya sea en comodato o arrendamiento-
-Las acciones derivadas de la obligación de los patrones de otorgarles a los trabajadores capacitación y adiestramiento.
-Las inconformidades de los trabajadores por las resoluciones que determinen su antigüedad.
-Las acciones para demandar el pago de la prima de antigüedad.
-Las acciones que tienen los trabajadores para la repatriación de trabajadores que laboraron en los buques, así como el pago de los gastos de repatriación.
-La declaración de un sindicato titular del contrato colectivo de trabajo o contrato ley y haber perdido el sindicato la mayoría de los trabajadores y por tanto la titularidad del contrato colectivo de trabajo.
-El derecho de los trabajadores y el patrón a solicitar a la junta se subsanen las omisiones al reglamento interior de trabajo.
-La procedencia de la suspensión colectiva de la relación de trabajo, solicitada como consecuencia de un caso fortuito o fuerza mayor.
-Las acciones para obtener la autorización en los casos de reducción del personal por implantación de maquinaria o de procedimiento de trabajos nuevos, que traigan como consecuencia la revolución del personal.
-En los casos de acciones para solicitar la indemnización en caso de muerte del trabajador por un riesgo de trabajo.
17.3 ELEMENTOS DE LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA.
En el caso de que existan más de un demandado o más de un actor, la ley obliga a nombrar un representante común de trabajadores o de patrones, apercibidos que de no hacerlo el Presidente de la Junta lo designará.
Durante el desarrollo de la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas el demandado deberá dar contestación a la demanda oralmente o por escrito, debiendo correr traslado a el actor con su escrito de contestación a la demanda, sino lo hace la junta le expedirá a costa del demandado, copia de dicha contestación; y en ésta, el demandado opondrá sus excepciones y defensas refiriendo a todos los hechos aducidos en la demanda afirmándolos o negándolos y expresando los que ignore cuando no sean propios, el silencio y las evasivas respecto de algunos hechos que en la demanda se expongan, se tendrán por admitidos aquellos sobre los cuales no se suscite controversia.
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