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DERECHOS DE LOS PACIENTES EN REP. DOM

MERYA2710Trabajo16 de Noviembre de 2015

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Índice

 Introducción

1 Derecho del paciente en República Dominicana.

1.1 Concepto de derechos del paciente

1.2 Art. 28 sobre los derechos del paciente.

1.3Derechos del paciente y directrices de la práctica clínica

1.4  Apego a la ética profesional sobre los derechos del paciente.

1.5  Autodeterminación del paciente.

1.6 Intermediarios en la relación médico paciente

1.7 Ley HIPPA

1.8 Ley Sobre Salud Mental en República Dominicana

1.9 Derechos de los participantes en investigaciones.

       Conclusión

        Bibliografía

INTRODUCCION

El objetivo de este tema es conocer acerca de los derechos que tienen los pacientes dominicanos,que buscan una atención en algún centro de salud, saber que les compete a estas personas como ciudadano de este país en el ámbito de la salud. También  conocer acerca de la ley que regula estos derechos y el compromiso que tiene el estado para estas personas.

También aquí podremos saber todo lo que implica el derecho a la salud para los enfermos mentales, conocer la ley que los ampara,  adicional de los pacientes en general, lo cual es importante conocer, ya que vemos mucho enfermos por ahí que no tienen ni la remota idea del amparo que deben obtener del estado para ser ayudado en esa condición de salud.

Por otro lado nos daremos cuenta en las condiciones que deben ser tratados los ciudadanos en busca de salud, lo que debe y puede aceptar como alternativa para bien de su misma salud, además de saber si el mismo, puede o no prestarse para alguna investigación en combinación con su médico tratante y bajo que condición. También sabremos  

1.Derechos del paciente en República Dominicana

La salud es un derecho fundamental de todos,
un paciente es ante todo, un ciudadano y, por tanto, está amparado por la Constitución.

La Carta Magna promulgada en 2010 establece la salud y la seguridad social como derechos fundamentales de todo ciudadano. Regular las acciones que permitan al Estado hacer efectivo ese derecho es el objetivo de la Ley General de Salud (Ley 42-01), según establece esa misma legislación en su artículo 1.

Esta ley determina que el Ministerio de Salud Pública es la institución encargada para aplicar todas las disposiciones contenidas en dicha ley, que a su vez preside el Consejo Nacional de Salud, que es un conjunto de elementos, gubernamentales y no gubernamentales, que participan en la provisión de salud a la población dominicana (distintos ministerios como Educación y Trabajo, Consejo Nacional de la Seguridad Social, Universidades, Asociaciones de Clínicas y Hospitales Privados...).

Dicho artículo consigna el respeto a la personalidad, dignidad e intimidad del paciente; la atención de emergencia en cualquier establecimiento de salud; la educación en salud; la confidencialidad; la libre elección de las personas o el lugar donde le provean las atenciones médicas, y el consentimiento informado.

En toda relación, los involucrados tienen deberes y derechos. En la relación médico-paciente, este último no solo tiene el deber de seguir las recomendaciones del profesional, acudir a sus citas periódicas y tomar su medicación. El paciente también tiene sus derechos.

1.1 Los derechos del paciente pudieran definirse como el conjunto de normas y leyes que lo Los derechos de un paciente amparan cuando busca o recibe atención médica, que es provista por el médico actuando como individuo en diferentes escenarios (consultorio, hospital) o dentro de un marco institucional (por ejemplo, la seguridad social)”, dice José Asilis-Záiter, decano de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad Pedro Henríquez Ureña (UNPHU).

Esos derechos, explica, están consignados en las leyes y en los códigos de ética que rigen la práctica médica.

La Constitución de la República Dominicana, la Ley General de Salud y la Ley que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social son las principales legislaciones que establecen las prerrogativas de las personas que requieren servicios médicos, que son todos los ciudadanos.

La obligación moral del médico frente a su ejercicio profesional representa otra garantía para el paciente.Por tradición, cuando un médico se gradúa hace el Juramento Hipocrático, que, en esencia, invoca los derechos y el bien de los enfermos.

En cuanto a los derechos del paciente, es muy específica en el artículo 28”, comenta José Asilis-Záiter, decano de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad Pedro Henríquez Ureña (UNPHU).

1.2 Art. 28.- Todas las personas tienen los siguientes derechos en relación a la salud:

 a) Al respeto a su personalidad, dignidad humana e intimidad, y a no ser discriminada por razones de etnia, edad, religión, condición social, política, sexo, estado legal, situación económica, limitaciones físicas, intelectuales, sensoriales o cualquier otra.

 b) A la atención de emergencia en cualquier establecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud.

c) A la educación en salud, prevención de las enfermedades y a la protección, conservación y recuperación de su salud, en concordancia con lo contemplado en la Constitución y demás leyes vigentes en la República Dominicana.

 d) A la información sobre los bienes y servicios que promuevan y protejan la salud y prevengan la enfermedad; al acceso a los mismos y a una adecuada y oportuna atención médica.

 e) A la confidencialidad de toda la información relacionada con su expediente y con su estancia en instituciones prestadoras de servicios de salud pública o privada. Esta confidencialidad podrá ser obviada en los casos siguientes: cuando sea autorizado por el paciente; en los casos en que el interés colectivo así lo reclame y de forma tal que se garantice la dignidad y demás derechos del paciente; por orden judicial y por disposición de una ley especial.

 f) A la información adecuada y continuada sobre su proceso, incluyendo el diagnóstico, pronóstico y alternativas de tratamiento; y a recibir consejos por personal capacitado, antes y después de la realización de los exámenes y procedimientos.

 g) A la participación en las actividades de salud, en los términos logísticos, políticos y otros señalados por esta ley, reglamentaciones y demás disposiciones legales.

 h) Al derecho a decidir, previa información y comprensión, sobre su aceptación o rechazo de asumir el tratamiento. Se exceptúan de esta disposición los casos que representen riesgos para la salud pública. En el caso de menores, discapacitados mentales y pacientes en estado crítico sin conciencia para decidir, la decisión recaerá sobre sus familiares directos, tutores o, en su ausencia, sobre el médico principal responsable de su atención.

i) Al registro o constancia escrita de todo su proceso de salud / enfermedad.

j) Al derecho a no ser sometido a tratamiento médico o quirúrgico que implique grave riesgo para su integridad física, su salud o su vida, sin su consentimiento escrito o el de la persona responsable, esto último sólo en el caso de que el paciente no esté en capacidad para darlo y siempre que sea en su beneficio. Cuando el paciente sea incapaz o esté inconsciente, y no exista persona responsable, el médico responsable y, en su ausencia, el equipo de salud, asumirá la responsabilidad del paciente.

1.3 Derechos del paciente y directrices de la práctica clínica.

Uno de los derechos más importantes del paciente en una institución de salud mental es permite definir y alcanzar los objetivos terapéuticos, en cambio, también todos tienen el derecho a rechazarlo.

A los que participan en una investigación deben estar cabalmente informados de los riesgos y los beneficios, se requiere además su consentimiento informado dado formalmente.

Las directrices o normas de la práctica clínica son muy importantes al momento de suministrar información sobre los tipos de intervención que probablemente sean eficaces para un trastorno específico. En esto son importantísimo las medidas de la eficacia clínicas (validez interna) y de utilidad clínica (validez externa) en otras palabras, esta mide si el tratamiento da buenos resultados y aquella si lo produce en varias situaciones.

1.4 Apego a la ética profesional sobre los derechos del paciente.

José Asilis-Záiter afirma que los códigos de ética, conjuntos de normas destinadas al ejercicio profesional de la medicina y sus ramas auxiliares, si bien no constituyen una ley, “tienen fuerza legal fundamentada en lo moral y son reconocidos incluso en los tribunales”.

Señala que cada especialidad o asociación médica tiene su propio código ético o deontológico y que es obligación del médico tanto el cumplir con las leyes que rigen su práctica como apegarse a los códigos de ética correspondientes, y este apego a la ética redundaría en beneficio del paciente.

Por otro lado, la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social dice que todos los ciudadanos dominicanos y residentes legales en el territorio nacional “tienen derecho a ser afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social”.

1.5 Autodeterminación

Uno de los principales derechos reconocidos a cualquier persona que solicita servicios médicos es el consentimiento informado.

Esta documentación escrita ha sido consignada como un derecho en la Ley General de Salud e indica la aceptación por parte del paciente o de la persona responsable de este de un procedimiento médico (tratamiento, estudio diagnóstico, operación), luego de ser previamente informado sobre los beneficios, riesgos, contraindicaciones y alternativas.

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