ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

SISTEMA PENAL PARA ADOLECENTES

VICMANUEL1803Práctica o problema10 de Noviembre de 2015

5.412 Palabras (22 Páginas)175 Visitas

Página 1 de 22

PROGRAMA TECNICO PROFESIONAL EN PROTECCIÓN Y SEGURIDAD  A PERSONAS E INSTALACIONES

ENSAYO SANCIONES DENTRO DEL  SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES

PRESENTADO A:

DIRECCIÓN NACIONAL DE ESCUELAS DE LA POLICIA NACIONAL

INTEGRANTES:

SI. JOSE MARIA CARRILLO VERGAR 
CC. 77.091.019 DE VALLEDUPAR

POLICÍA NACIONAL DE COLOMBIA.
ESCUELA DE POLICIA EN PROTECCIÓN Y SEGURIDAD “SARGENTO MAYOR LUIS ALBERTO TORRES HUERTAS”

BOGOTA
2015

SANCIONES DENTRO DEL  SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES

RESUMEN

La Ley 1098 de 2006 da origen al Código de Infancia y Adolescencia, el cual se orienta a la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, al igual que establece el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, que se en los menores mayores de 14 años infractores de la Ley. En este ensayo se presenta y crítica algunos aspectos del Sistema de Responsabilidad Penal.

PALABRAS CLAVE

Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes

ABSTRACT

Law 1098 of 2006 gives rise to the Code for Children and Adolescents , which is aimed at protecting the rights of children and adolescents , as established by the Criminal Responsibility System for Adolescents, which in older children 14 years violators of the law. In this essay is presented and reviewed some aspects of the system of criminal responsibility.

KEY WORDS

system of criminal responsibility for adolescents

INTRODUCCIÓN

La Ley 1098  de 2006,  por  la cual se expide el Código de Infancia y Adolescencia tiene como objetivo “establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de derechos humanos, en la Constitución Política y en las leyes, así como su restablecimiento. Dicha garantía y protección será obligación de la familia, la sociedad y el Estado”[1]. De igual forma, la Ley 1098 de 2006 modifica el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, entendido como “El conjunto de principios, normas y procedimientos, autoridades judiciales y entes administrativos que rigen o intervienen en la investigación y juzgamiento de delitos cometidos por personas que tengan entre catorce (14) y dieciocho (18) años al momento de cometer el hecho punible”[2]. Esta modificación se orienta a una comprensión de los menores como sujetos responsables de derechos, deberes y ciudadanos activos.

 Los niños y niñas menores de 14 años están excluidos de este sistema penal, y en caso de cometer hechos punibles el ICBF se encarga de la verificación, protección y restablecimiento de los menores. De igual forma, los menores de dieciocho (18) años en situación de discapacidad  mental también están excluidos del Sistema Penal. Para el caso de los menores de edad pertenecientes a comunidades indígenas y de grupos étnicos serán juzgados por la legislación indígena.

El Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes se orienta hacia la justicia restaurativa y reparación del daño, teniendo en cuenta el respeto por los derechos de los menores, pero tiene un carácter pedagógico y diferenciador del Sistema Penal para adultos, por ello existen diferencias en cuanto a procedimientos, lugares de privación de libertad,  sanciones, tales como: amonestación, libertad asistida y trabajo social a la comunidad. Además, el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes incluye a los padres y cuidadores de los menores al señalar su responsabilidad y obligatoriedad de acompañamiento al menor durante todo el proceso.

DESARROLLO

Las dimensiones que componen el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes tienen que ver con la prevención de los conflictos y la participación de los menores en actos delictivos, la atención restaurativa y reparadora en donde el menor que incurrió en una conducta delictiva toma conciencia de sus acciones y es responsable de lo cometido para reparar a las víctimas; y la inclusión social que se orienta a  generar espacios y oportunidades para el ejercicio de los derechos.

El Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes se fundamenta en los principios de: 1. Presunción de minoría de edad, es decir, ante cualquier duda sobre la edad de adolescente, hasta que se verifique su edad se presumirá que es menor de edad. 2. Debido proceso y garantías procesales legalidad, el proceso que se realice contra los menores se debe dar de acuerdo con lo establecido por la Constitución Política de Colombia y la Ley 1098 de 2008. 3. Principio de derecho a la defensa o garantía al derecho de la defensa. 4. Reserva de las diligencias, ya que el desarrollo de los procesos contra menores se da con total privacidad, y solo las partes involucradas podrán tener conocimiento del proceso. 5. Prohibición de los antecedes judiciales. 6. Excepcionalidad de la privación a la libertad.

La privación a la libertad dentro del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes es el último recurso que se aplica,  pues su finalidad es pedagógica y protectora, y no solo punitiva. Los delitos que son sancionados con privación de libertad son: homicidio doloso, secuestro, extorsión, delitos agravados contra la libertad, integridad y formación sexual.  De igual forma opera para la privación de la libertad preventiva, la cual solo puede ser ordena por los jueces en caso que exista: “1. Riesgo razonable de que el adolescente evadirá el proceso 2. Temor fundado de destrucción y obstaculización de pruebas. 3. Peligro grave para la víctima, el denunciante, el testigo o la comunidad”[3].

La privación de la  libertad en los centros de atención especializada también está reglamentada por la edad de los menores: “los adolescentes mayores de dieciséis (16) años y menores de dieciocho (18) años que sean hallados responsables de la comisión de delitos cuya pena mínima establecida en el código penal sea o exceda seis (6) años de prisión. En estos casos la privación de libertad en el centro de atención especializada tendrá una duración de uno (1) a cinco (5) años. En los casos en los que los adolecentes mayores de catorce (14) y menores de dieciocho (18) años sean hallados responsables de homicidio doloso, secuestro o extorsión, en todas sus modalidades, la privación de la libertad en centro de atención especializada tendrá una duración de 2 (años) hasta ocho (8) años”[4].

Además, hay que señalar que esta medida puede modificarse o agravarse por factores como: que el menor haya sido víctima de constreñimiento para comentar el delito, en donde la privación de la libertad no se aplica, y el incumplimiento de sanciones impuesta por el juez, lo cual si conduce a la privación de la libertad. Además, también está la posibilidad de que la sanción de privación de libertad pueda ser sustituida por otras sanciones que establezca el juez y que estén estipuladas dentro del Código de Infancia y Adolescencia.

La condena que reciben los menores está dada por “1. La naturaleza y gravedad de los hechos. 2. La proporcionalidad e idoneidad de la sanción impuesta atendidas las circunstancias y necesidades del adolescente y las necesidades de la sociedad. 3. La edad del adolescente. 4. La aceptación de cargos por el adolescente. 5. El incumplimiento de los compromisos adquiridos con el juez. 6. El incumplimiento de las sanciones”[5].

Respeto a la captura de los menores, esta se puede dar cuando el menor es encontrado en flagrancia o cuando existe una orden de captura emitida por un juez penal para adolescentes, y la captura se da en términos de conducción o aprehensión garantizado los derechos de los adolescentes sin el uso de esposas y armas de juego respetando la dignidad del menor y evitando su vulneración. Luego se realiza la audiencia de legalización de captura y la formulación de imputación. El sistema se maneja oral y se acompaña de pruebas.

El proceso  contra los adolescentes dentro del Sistema es desarrollado por los Jueces penales para adolescentes, junto con la Policía de Infancia y Adolescencia, el ICBF y los defensores públicos.   Dentro del desarrollo del proceso existen prohibiciones entre las que se destacan la prohibición de juzgamiento de los menores en su ausencia lo cual va en contravía del derecho al debido proceso, la prohibición de antecedes judiciales, y la prohibición de acuerdos entre la fiscalía y la defensa, y si el menor se declara culpable no se dará acuerdo pero si se tendrá en cuenta en el momento de la sentencia.                                                                                                                                                                                                                                                                                                             Aunque si existe la posibilidad de la conciliación y establecimiento de acuerdos entre el menor que cometió el acto delictivo y las víctimas con el objetivo de reparar el daño, además de la orientación pedagógica y formadora del Sistema. Además, el proceso penal se extingue en caso de muerte, conciliación y reparación y principio de oportunidad.                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                              

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (26 Kb) pdf (151 Kb) docx (22 Kb)
Leer 21 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com