Jornada de trabajo
bkarinaInforme11 de Mayo de 2013
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Son muchas las condiciones de trabajo que establece la ley, pero a continuación enlistamos algunas que nunca faltan en un contrato:
• Jornada de trabajo. Esta se refiere al número de horas que trabajarás al día. Por ejemplo, hay empresas en las que te dan un horario de 9:00 am a 6:00 pm, por lo tanto deberás permanecer en tu centro de trabajo dentro de ese rango. En muchas ocasiones estas horas se cuentan usando un checador, es decir, tendrás que registrar tu entrada y salida de las instalaciones, ya sea a la antigüita (con tarjetas de cartón), anotándote en una lista o con sistemas un tanto más sofisticados como poniendo tu huella dactilar.
• Descansos. Aquí se especifican los periodos de interrupción durante el día, es decir, los momentos de los que podrás disponer dentro de tu jornada de trabajo. Por ejemplo, si tu horario de comida es de 2:00 a 3:00 pm, éste es tomado como descanso y debe especificarse en tu contrato.
• Vacaciones. Son los días de descanso a los que tienes derecho al cumplir un año de servicio para realizar actividades de esparcimiento; en ningún caso podrán ser menos de seis días laborables por año. Por ejemplo, si entraste a trabajar el 1 de abril de este año, el 1 de abril de 2012 tendrás derecho de pedir tus vacaciones.
• Prima vacacional. Este es el apoyo económico que se da durante tus días de vacaciones y este equivaldrá a no menos del 25% de tu salario de acuerdo a los días de descanso a los que tengas derecho en el momento de solicitarlos.
• Aguinaldo. Para muchos empleados esta es una de las prestaciones más esperadas de todo el año. El aguinaldo equivale a mínimo 15 días de salario (o la parte proporcional al tiempo que lleves en la empresa). Debes estar atento, ya que los patrones están obligados por ley a pagarlo a más tardar el 20 de diciembre.
• Otras. Además de las condiciones antes mencionadas, existen otras disposiciones en la ley federal que no se aplican en muchos casos. Aunque brindar una seguridad social a los empleados, también se estipula en la ley, no todas las empresas lo cumplen, así como la parte de capacitación a los empleados que así lo requieran.
Una de las condiciones de trabajo que resulta ser de mayor importancia para muchos empleados es el salario. En la próxima entrada te platicaremos qué es y cómo se calcula, entre otras cosas.
9.4.3 Ley sobre seguridad industrial mínima y obligaciones patronales en caso de accidente de trabajo.
Esta ley regula las condiciones de seguridad e higiene en que deberán ejecutar sus labores los trabajadores al servicio de patronos privados, del Estado, de los Municipios y de las Instituciones Oficiales Autónomas, y, para los efectos de ella, los tres últimos serán considerados como patronos respecto de los trabajadores cuyos servicios utilicen.
Considerando
• Que es de interés público que se adopten medidas tendientes a proteger la vida, la integridad corporal y la salud de los trabajadores;
• Que conviene establecer la forma en que se adoptarán tales medidas, así como determinar los organismos y autoridades que se encargarán de dictarlas y de hacerlas cumplir;
• Que es necesario asegurar la efectividad de las mismas, imponiendo obligaciones tanto a patronos como a trabajadores a efecto de obtener la colaboración activa de ambos.
• Que para que las normas que se dicten al respecto correspondan en un todo a las realidades y necesidades del país, conviene crear un organismo consultivo en que están representados el Estado, los patronos y los trabajadores.
9.5 Aspecto financiero y contable
9.5.1 Ley del impuesto sobre la renta
Las personas físicas y las morales, están obligadas al pago del impuesto sobre la renta en los siguientes casos:
Las residentes en México, respecto de
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