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JORNADA DE TRABAJO


Enviado por   •  18 de Septiembre de 2013  •  2.275 Palabras (10 Páginas)  •  510 Visitas

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IX. JORNADA DE TRABAJO.

1.- Aceptación de la voz “estar a disposición de del patrón”

En la antigüedad, el trabajo material era considerado como indigno de los hombres libre, reservándose exclusivamente para los esclavos. El dueño de esclavo fijaba a su esclavo la duración de la jornada de trabajo.

En la época medieval por la deficiente iluminación nocturna y olvidándose en lo absoluto de la salud de los trabajadores, la luz solar era el factor que determinaba a la duración de la jornada; es decir se trabajaba desde la salida a la puesta de sol.

Poco después el legislador se vio en la necesidad de disponer en la fracción I del artículo 123 apartado “A” constitucional la limitación a la jornada de trabajo al estipular que “la duración de la jornada máxima será de 8 horas diarias”. Así pues el trabajador jurídicamente tiene protección constitucional a fin de que ya no se dieran las jornadas inhumanas y como habíamos dicho anteriormente evitar las jornadas de sol a sol, ya que se ha comprobado que este tipo de jornadas excesivas de conducen a un agotamiento, al humor y condiciones de la salud malas.

No se sabe a quién se le atribuye el principio fundamental de jornada máxima de 8 horas, pero se confía en que fue a causa de la imposición de las necesidades de la vida y la conciencia de los hombres anónimos de la primera lucha del proletariado quienes lo exigieron. Este principio de la duración máxima. De trabajo diaria no significa que en toda relación laboral la jornada deba ser de ocho horas; es posible que su duración sea inferior pues nada impide que las partes puedan convenir en una duración menor e incluso puede imponerse dadas la modalidades y naturaleza del servicio.

Nuestra ley federal del trabajo en su artículo 58 define la jornada de trabajo como “el tiempo durante el cual el trabajador esta a disposición del patrón para prestar su trabajo”. Este concepto se entiende durante el tiempo en el cual el trabajador se encuentra bajo la dirección del patrón, desempeñando sus funciones, ya sea al día, a la semana o al mes.

Jorge Olvera considera la jornada de trabajo como el tiempo en que cotidianamente esta el trabajador a disposición del patrón para prestar el servicio, se traduce en una jornada que no puede exceder de los límites legales, esto si la ley permite una duración máxima de jornada cotidiana, autorizando también la ley que el patrón y el trabajador puedan convenir en fijar su duración dentro de los límites legales, lo cual querer decir, que convencionalmente pueden establecer por las partes una jornada menor de los límites autorizados o el reparto de las horas de trabajo según convenga recíprocamente en la empresa y a los trabajadores, de tal manera que puedan laboral cotidianamente en forma continua o discontinua; en forma rolada por turnos, ya sean diurnos, vespertinos o nocturnos e incluso reducir los días laborales semanalmente o para reposos a los trabajadores de la tarde y de los sábados.

Por otra parte, es importante mencionar que los patrones en su mayoría buscan una menor producción en su empresa o establecimiento pero a cambio de un salario mínimo y más trabajo, es por eso que los trabajadores buscan disminuir las jornadas de trabajo, sin dejar de mencionar que esta limitación se ha dado a varios aspectos como: médicos psicológicos, económicos y sociales.

Desde el punto de vista médico, una jornada de trabajo prolongada, disminuye la capacidad del trabajador, produce cansancio y agotamiento que puede producir en situaciones graves como los accidentes de trabajo.

Desde el punto psicológico, con la prolongación de la jornada de trabajo se acumula fatiga que pueden ocasionar disturbios emocionales al trabajador, con la consecuente disminución de la productividad.

Económicamente una jornada de trabajo excesiva, repercute en la disminución de la productividad al no laborar el trabajador en plenitud de sus facultades.

Socialmente, la jornada de trabajo exagerada impide al trabajador convivir con el medio que lo rodea.

“la limitación de la jornada de trabajo no debe ser general, debe atenderse a las características propias de cada relación laboral y a su naturaleza. La situación actual que se contempla en la constitución y en la ley es la de enseñar una jornada máxima de 8 horas, en general para toda relación laboral. Esta es considerada como una jornada humanitaria de modo general.

Lo anterior indica que la limitación de la jornada de trabajo no debe ser general, sino que debe atender a las circunstancias de cada relación laboral.

“los estudios filosóficos del ser humano realizados desde el siglo pasado, demuestran, sin lugar a discusión que la jornada de trabajo excesiva afecta el cuerpo de los trabajadores ocasionándoles, por su parte, la fatiga físicamente con la consecuente disminución de la atención que le puede provocar accidentes que afecten su integridad corporal y por la otra, el menoscabo de su salud precipitando su invalidez y aun su muerte prematura.

Así pues la jornada el significado de jornada de trabajo genéricamente se define como una relación de tiempo, por lo tanto es la duración de tiempo de la actividad productiva realizada, o bien se entiende por jornada de trabajo, el tiempo que presta una persona cotidianamente sus servicios a otra de una forma subordinada.

2.- Diurna

Es la comprendida entre las 6:00 de la mañana y las 8:00 de la noche, con una duración máxima de ocho horas.

3.- Nocturna.

Comprende entre las 8: de la noche a las 6:00 de la mañana, con una duración máxima de siete horas.

4.- Mixta.

Es la que comprende periodos de la jornada Diurna y la nocturna, siempre que el periodo nocturno sea menor de las tres horas y media, pues si comprende de tres horas y media o más, se tomara como jornada nocturna, tiene una duración máxima de siete horas y media.

5.- Continua.

Este tipo de jornada no la define la ley, pero si hace referencia a ella como, aquella en la que se concederá al trabajador un descanso de media hora por lo menos, entendiendo que la prestación del servicio no suspende en lo que abarca la jornada de trabajo diaria.

6.- Discontinua.

Es la jornada que se interrumpe durante las horas de reposo o

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