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La Puta Que Te Pario


Enviado por   •  18 de Marzo de 2015  •  986 Palabras (4 Páginas)  •  145 Visitas

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ESTATUTOS SOCIALES DE "Maxi-burger, S.A."

CAPÍTULO PRIMERO DENOMINACIÓN, OBJETO, DURACIÓN Y DOMICILIO

ARTÍCULO 1º. DENOMINACIÓN.-Esta sociedad se denominará "Maxi-burger, S.A." y se regirá por los presentes estatutos y en lo que no esté determinado en los mismos por la Ley de Sociedades de Capital y demás disposiciones legales que le sean aplicables.

ARTÍCULO 2º. OBJETO SOCIAL.-Constituye su objeto: La venta de hamburguesas y varios productos complementarios.

Las actividades enumeradas podrán ser también desarrolladas por la sociedad, total o parcialmente, de modo indirecto, mediante la participación en otra sociedad con objeto idéntico o análogo.

ARTÍCULO 3º. DURACIÓN.-Su duración será indefinida y dará comienzo a sus operaciones el día de la firma de la escritura de constitución. Si la Ley exigiere para el inicio de alguna de las operaciones enumeradas en el artículo anterior la obtención de licencia administrativa, la inscripción en un registro público, o cualquier otro requisito, no podrá la sociedad iniciar la citada actividad específica hasta que el requisito exigido quede cumplido conforme a la Ley.

ARTÍCULO 4º. DOMICILIO SOCIAL.-Su domicilio social queda fijado en Málaga, calle Carrión, número 9.

Podrá el órgano de administración de la sociedad establecer, suprimir o trasladar cuantas sucursales, agencias o delegaciones tenga por conveniente, así como trasladar el domicilio social dentro del mismo término municipal, con la consiguiente facultad de adecuar a este cambio el párrafo primero de este artículo estatutario.

CAPÍTULO II CAPITAL SOCIAL - ACCIONES

ARTÍCULO 5º. CAPITAL SOCIAL.-El capital social se fija en la cantidad de sesenta mil euros (60.000 euros) y está representado por 4.000 acciones nominativas con un valor nominal de quince euros (15 euros) cada una, numeradas correlativamente del número 1 al 4.000 ambos inclusive, y están totalmente suscritas y desembolsadas.

ARTÍCULO 6º. ACCIONES.-Las acciones estarán representadas por medio de títulos nominativos que podrán incorporar una o más acciones de la misma serie. Estarán numeradas correlativamente, se extenderán en libros talonarios, contendrán como mínimo las menciones exigidas por la Ley e irán firmadas por un administrador, cuya firma podrá figurar impresa mediante reproducción mecánica, cumpliéndose lo dispuesto en la Ley. El accionista tendrá derecho a recibir los títulos que le correspondan libres de gastos.

Las acciones figurarán en un libro registro que llevará la sociedad en el que se inscribirán las sucesivas transferencias, así como la constitución de derechos reales sobre aquéllas, en la forma determinada en la Ley. Los administradores podrán exigir los medios de prueba que estimen convenientes para acreditar la transmisión de las acciones o la regularidad de la cadena de los endosos previamente a la inscripción de la transmisión en el libro registro.

En tanto no sean emitidos los títulos representativos de las acciones, la sociedad podrá emitir y entregar a los accionistas resguardos provisionales que podrán incorporar una o más acciones. Dichos resguardos provisionales serán, necesariamente nominativos.

No obstante lo anterior,

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