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Modalidades de la conducta


Enviado por   •  12 de Marzo de 2024  •  Apuntes  •  450 Palabras (2 Páginas)  •  13 Visitas

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Modalidades de la conducta

Es el conjunto de expresiones o significados que determinan el tipo de regulación u orientación que realiza una norma sobre la conducta. También se conocen como términos o expresiones deónticos, soluciones normativas y caracterizaciones deónticas.

Dichas expresiones comprenden una gran variedad: deber, sujeción, tener que, autorización, obligación, permiso, competencia, derecho, libertad, prohibición, poder, facultad, licencia, interés, potestad, atribución, jurisdicción, etc. Por lo tanto tiene como objetivo entender como está regulada la conducta del ser humano teniendo en cuenta las cuatro modalidades.

Permiso: es el consentimiento jurídico fundado por la ley en la cual nos establece un margen de tolerancia y límites para llevar a cabo una acción.

Prohibición: se domina como la limitación, impedimentos, que la ley prohíbe y trae implícitas sanciones.

Obligación: Imposición o exigencia que se da para exigir el hacer, no hacer y el dar.

Facultad: capacidad o prerrogativa establecida para hacer valer tus derechos.

En el Artículo 16 párrafo primero de la C.P.E.U.M nos dice que nadie podrá ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, si no en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. En los juicios y procedimientos seguidos en forma de juicio en los que se establezca como regla la oralidad, bastara con que quede constancia de ellos en cualquier medio que dé certeza de su contenido y del cumplimiento de lo previsto en este párrafo.

Como no lo dice el artículo 16 de la C.P.E.U.M que nadie puede ser molestado si no hay un escrito por la autoridad competente, ya que el público tiene como obligación expresar o argumentar el acto que está pasando y esta garantía de legalidad exige, por un lado, que el acto de molestia conste en un mandamiento escrito en el que se expongan los fundamentos legales y los motivos de hecho que sirvieron de base para ordenarlo; pero, además, que la autoridad que lo haya dictado sea competente para hacerlo conforme la ley.

Lo que se observa en el principio de legalidad en sentido amplio, ya que la autoridad al poder hacer lo que se le faculta en mandamiento escrito fundado y motivado, solo se puede hacer lo que la ley le permita, sin poder rebasar este limite, ya que de hacerlo estaría violentando derechos fundamentales de los particulares que están reconocidos por la C.P.E.U.M.

La prohibición se encuentra en este artículo donde nos dice que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones. La obligación la encontramos donde nos dice que la autoridad tiene como obligación llegar con un mandamiento escrito. La facultad se encuentra en el inicio del articulo y pues es que tiene derecho de que no sea molestado sin un escrito.

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