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Personas naturales y personas jurídicas


Enviado por   •  25 de Junio de 2013  •  Ensayos  •  360 Palabras (2 Páginas)  •  340 Visitas

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personas naturales y personas jurídicas (art. 40 C.C.), ambas definiciones hacen

alusión a los mismo.

Persona Natural.- son todos los individuos de la especie humana, cualesquiera que

sean su edad, sexo o condición (art. 41 C.C.). Por lo tanto, todo ser humano es una

persona natural.

Persona Jurídica.- es una persona ficticia que sólo tiene existencia imaginaria, o todo

sujeto de derechos que no sea el hombre. Por ejemplo el Estado, una empresa, un

banco. Es necesario mencionar que toda persona jurídica es representada legalmente

por una persona natural, puesto que, una institución sea pública o privada no podría

por ningún concepto representarse o comparecer a un juicio, para ello, la persona

natural que represente a dicha institución será quien comparezca a juicio o a cualquier

representación a la que hubiere lugar.

Las personas jurídicas se dividen en: personas jurídicas de derecho público, que

comprenden todas las instituciones del Estado; y, personas jurídicas de derecho

privado, que están conformadas por todas aquellas instituciones o empresas creadas o

administradas por ciudadanos particulares, sin embargo, existen personas jurídicas de

derecho privado que prestan servicios públicos, pero que no obstante siguen siendo de

derecho privado verbigracia las empresas de transporte público, son de derecho

privado, puesto que, sus dueños son personas particulares, pero el servicio que brindan

es público.

EL DOMICILIO.- Dentro del Derecho Civil es muy importante determinar con

exactitud el domicilio de las personas, con el propósito de reclamar o exigir el

cumplimiento de un derecho o una obligación para sí mismo o para terceros. Así

encontramos en el Diccionario Ruy Díaz de Ciencias Jurídicas y Sociales: “domicilio

es el lugar donde una persona tiene establecida su residencia con ánimo de

permanencia. La palabra domicilio se compone de las dos voces latinas domus y colo,

a causa de que domum colere significa habitar una casa”.

El Doctor Juan Larrea Holguín, en su libro Manual Elemental de Derecho Civil del

Ecuador cita a Zachariae “domicilio es la relación jurídica entre una persona y el lugar

donde esa persona es reputada presente en cuanto al ejercicio de sus derechos y al

cumplimiento de sus obligaciones; aunque no este ahí en un instante dado, o aunque

no resida habitualmente en ese lugar”.

El Código Civil Ecuatoriano, en su artículo 45 determina “El domicilio consiste en la

residencia, acompañada, real o presuntivamente, del ánimo de permanecer en ella.

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