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Signosis De La Pelicula Un Sueño Posible

yifenizz19 de Marzo de 2013

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Impuesto Sobre la Renta.

Se llama Renta, al producto del capital, del trabajoo de la combinación del capital y del trabajo. Puede distinguirse para los efectos impositivos la renta bruta, que es el ingreso total percibido sin deducciónalguna, como sucede por ejemplo cuando un impuesto grava los ingresos derivados del trabajo o derivados del capital en forma de intereses. Otras veces se grava la renta libre que queda cuando después de deducir de los ingresos los gastos necesarios ara la obtención de la renta, se permite también la deducción de ciertos gastos particulares del sujeto del impuesto.

Sujetos.

Las personas físicas y morales deben pagar ISR por:

* Residentes en México respecto de sus ingresos.

* Residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente o una base fija en el país, respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento o base. Igualmente aquellos cuyos ingresos procedan de fuentes dentro de territorio nacional y que no cuenten con un establecimiento permanente y cuando éste existe, que los ingresos no sean atribuibles a ellos.

Establecimiento permanente.

Se le denomina a cualquier lugar de negociosen el que se desarrollen actividades empresariales (sucursales, agencias, oficinas, talleres, instalaciones, minas, lugar de exploración, explotación o extracción de recursos naturales).

Ingresos de un establecimiento empresarial.

Son los provenientes de la actividad empresarial desarrollada, los provenientes de honorarios y aquellos que deriven de la prestación de un servicio person

alindependiente.

También por la enajenación de mercancías o bienes inmuebles en territorio nacional.

Personal Moral según la Ley del ISR.

Son consideradas personas morales las sociedades mercantiles, organismos descentralizados con actividad empresarial, instituciones de crédito, sociedades y asociaciones civiles.

Las personas morales pagarán por concepto de ISR el resultado de aplicar al 35% al Resultado Fiscal obtenido en el ejercicio (Art. 10 ISR).

Resultado Fiscal.

* Se obtiene la utilidad fiscal disminuyendo de la totalidad de los ingresos acumulables obtenidos en el ejercicio, las deducciones autorizadas por la Ley.

* A la utilidad fiscal del ejercicio se le disminuirán las pérdidas fiscales pendientes de aplicar de otros ejercicios.

Exención parcial.

Se concederá exención parcial a personas morales dedicadas exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras siempre que sus ingresos en el ejercicio no excedan de 20 salarios mínimos generales elevados al año.

Dicha exención no excederá en su totalidad de 200 veces el salario mínimo.

Además no pagarán ISR por sus productos:

* Ejidos.

* Uniones de ejidos.

* Empresas sociales.

* Asociaciones rurales de interéscolectivo.

* Unidad agrícola industrial de la mujer campesina.

* Colonias agrícolas y ganaderas.

Actividades con reducción de impuestos:

Se concederá reducción del impuesto en los siguientes casos y porcentajes:

* 50% a dedicados a agricultura, ganadería, pesca o silvicultura.

* 25

s productos.

* 25% si realizan actividades comerciales o industriales en las que tengan como máximo al 50% de sus ingresos.

* 50% si se dedica a la edición de libros.

Son contribuyentes de este tipo, aquellos cuyos ingresos por sus actividades representes cuando menos al 90% de sus ingresos totales.

Ingresos.

Las personas morales acumularán la totalidad de los ingresos en efectivo, bienes, servicio, crédito cualquier otro tipo que obtengan en el ejercicio, inclusive los provenientes de sus establecimientos en el extranjero.

Ganancia inflacionaria.

Es el ingreso que obtienen los contribuyentes por la disminución real de sus deudas.

Otros ingresos acumulables.

Se consideran ingresos acumulables los siguientes:

* Ingresos determinados por la SHCP.

* Ingresos en especie.- La diferencia entre la parte de la inversión aún no deducida, actualizada según la ley y el valor que conforme al avalúo practicado por persona autorizada por la SHCP tenga en la fecha en que se transfiera su propiedad por pago en especie.

* Diferencia entre inventarios en caso de ganaderos.- La diferencia entre los inventarios final e inicial de un ejercicio, cuando el inventario final sea el mayor tratándose de contribuyentes dedicados a la ganadería.

* Beneficio por mejoras que pasan a poder del arrendador.- Los que provengan de construcciones, instalaciones o mejoras permanentes en inmuebles, que de conformidad en los contratospor los que se otorgó su uso o goce queden a beneficio del propietario.

* Ganancia por enajenación de activos, títulos, f

% si dichos contribuyentes industrializan su

usión, escisión, etcétera.

* Pagos por recuperación de un crédito deducido por incobrable.

* Recuperación por seguros, fianzas. Etcétera.

* Ingresos por indemnización de seguro del hombre clave.- las cantidades que el contribuyente obtenga como indemnización para resarcirlo de la disminución que en su productividad haya causado la muerte, accidente o enfermedad de técnicos o dirigentes.

* Intereses y ganancia inflacionaria.

Deducciones.

Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes:

* Devoluciones, descuentos o bonificaciones.- Aun cuando se efectúen en ejercicios posteriores.

* Adquisición de mercancías, así como de materias primas, productos semiterminados o terminados que utilicen para prestar servicios, para fabricar bienes, para enajenarlos, disminuidas con las devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre las mismas efectuadas inclusive en ejercicios posteriores.

* Gastos.

* Inversiones.

* Diferencia de inventarios en el caso de ganaderos.

* Créditos incobrables y pérdidas por caso fortuito.

* Aportaciones a fondos para tecnología y capacitación (Art. 27).

* Creación de reservas para fondos de pensiones, jubilaciones, etcétera.

* Intereses y pérdida inflacionaria.

* Anticipos y rendimientos que paguen las sociedades cooperativas de producción, así como los anticipos que entreguen las sociedades y asociaciones civiles a sus miembros.

ARTICULO 109. NO SE PAGARA EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR LA OBTENCION DE LOS SIGUIENTES INGRESOS:

I. LAS PRESTACIONES DISTINTAS DEL SALARIO QUE

RECIBAN LOS TRABAJADORES DEL SALARIO MINIMO GENERAL PARA UNA O VARIAS AREAS GEOGRAFICAS, CALCULADAS SOBRE LA BASE DE DICHO SALARIO, CUANDO NO EXCEDAN DE LOS MINIMOS SEÑALADOS POR LA LEGISLACION LABORAL, ASI COMO LAS REMUNERACIONES POR CONCEPTO DE TIEMPO EXTRAORDINARIO O DE PRESTACION DE SERVICIOS QUE SE REALICE EN LOS DIAS DE DESCANSO SIN DISFRUTAR DE OTROS EN SUSTITUCION, HASTA EL LIMITE ESTABLECIDO EN LA LEGISLACION LABORAL, QUE PERCIBAN DICHOS TRABAJADORES. TRATANDOSE DE LOS DEMAS TRABAJADORES, EL 50% DE LAS REMUNERACIONES POR CONCEPTO DE TIEMPO EXTRAORDINARIO O DE LA PRESTACION DE SERVICIOS QUE SE REALICE EN LOS DIAS DE DESCANSO SIN DISFRUTAR DE OTROS EN SUSTITUCION, QUE NO EXCEDA EL LIMITE PREVISTO EN LA LEGISLACION LABORAL Y SIN QUE ESTA EXENCION EXCEDA DEL EQUIVALENTE DE CINCO VECES EL SALARIO MINIMO GENERAL DEL AREA GEOGRAFICA DEL TRABAJADOR POR CADA SEMANA DE SERVICIOS.

POR EL EXCEDENTE DE LAS PRESTACIONES EXCEPTUADAS DEL PAGO DEL IMPUESTO A QUE SE REFIERE ESTA FRACCION, SE PAGARA EL IMPUESTO EN LOS TERMINOS DE ESTE TITULO.

II. LAS INDEMNIZACIONES POR RIESGOS DE TRABAJO O ENFERMEDADES, QUE SE CONCEDAN DE ACUERDO CON LAS LEYES, POR CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO O POR CONTRATOS LEY.

III. LAS JUBILACIONES, PENSIONES, HABERES DE RETIRO, ASI COMO LAS PENSIONES VITALICIAS U OTRAS FORMAS DE RETIRO, PROVENIENTES DE LA SUBCUENTA DEL SEGURO DE RETIRO O DE LA SUBCUENTA DE RETIRO, CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ, PREVISTAS EN LA LEY DEL SEGURO SOCIAL Y LAS PROVENIENTES DE LA CUENTA INDIVIDUAL DEL SISTEMA DE AHO

RRO PARA EL RETIRO PREVISTA EN LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, EN LOS CASOS DE INVALIDEZ, INCAPACIDAD, CESANTIA, VEJEZ, RETIRO Y MUERTE, CUYO MONTO DIARIO NO EXCEDA DE NUEVE VECES EL SALARIO MINIMO GENERAL DEL AREA GEOGRAFICA DEL CONTRIBUYENTE. POR EL EXCEDENTE SE PAGARA EL IMPUESTO EN LOS TERMINOS DE ESTE TITULO.

PARA APLICAR LA EXENCION SOBRE LOS CONCEPTOS A QUE SE REFIERE ESTA FRACCION, SE DEBERA CONSIDERAR LA TOTALIDAD DE LAS PENSIONES Y DE LOS HABERES DE RETIRO PAGADOS AL TRABAJADOR A QUE SE REFIERE LA MISMA, INDEPENDIENTEMENTE DE QUIEN LOS PAGUE. SOBRE EL EXCEDENTE SE DEBERA EFECTUAR LA RETENCION EN LOS TERMINOS QUE AL EFECTO ESTABLEZCA EL REGLAMENTO DE ESTA LEY.

IV. LOS PERCIBIDOS CON MOTIVO DEL REEMBOLSO DE GASTOS MEDICOS, DENTALES, HOSPITALARIOS Y DE FUNERAL, QUE SE CONCEDAN DE MANERA GENERAL, DE ACUERDO CON LAS LEYES O CONTRATOS DE TRABAJO.

V. LAS PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL QUE OTORGUEN LAS INSTITUCIONES PUBLICAS.

VI. LOS PERCIBIDOS CON MOTIVO DE SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD, BECAS EDUCACIONALES PARA LOS TRABAJADORES O SUS HIJOS, GUARDERIAS INFANTILES, ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS, Y OTRAS PRESTACIONES DE

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