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ÍNDICE aborto


Enviado por   •  28 de Abril de 2013  •  Trabajos  •  6.618 Palabras (27 Páginas)  •  299 Visitas

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ÍNDICE aborto

Pág.

Introducción 01

Reseña Histórica del aborto 02

Aborto: 02

Definición 04

Clasificación 04

Aborto espontáneo o natural 04

Aborto Provocado o Aborto Criminal 05

Succión o Aspiración 05

Dilatación y Curetaje 05

Dilatación y Evacuación 06

Aborto de nacimiento Parcial 06

Infusiones Salinas 08

Histerotomía 08

Aborto Terapéutico 08

El Aborto (Geográficamente). 08

Jurisprudencia del aborto 09

El Aborto Antropológicamente 10

Aspectos Socioeconómicos y culturales 10

La postura de la Iglesia católica con respecto al aborto 11

Causas del Aborto 12

Consecuencias del Aborto 13

Carta de una niña que no llegó a nacer 14 – 15

Posible Alternativa de Solución 16

Conclusión 17

Bibliografía 18

INTRODUCCIÓN

En la actualidad es muy común escuchar hablar de la regulación de la menstruación, aspiración ginecológica o simplemente el aborto, en todos los casos es lo mismo, a pesar de que este ya se ha vuelto un tema muy común, en realidad no todos están realmente enterados de los métodos que se utiliza ni los traumas pos aborto que se pueden dar, es por eso que en la presente trataremos de explicar un poco más acerca de este tema , la clasificación, la posición de la Iglesia Católica y del Estado así como de los traumas y de los riesgos que se corre.

Con este trabajo no se pretende convencer a nadie de tomar o no una postura, ni de que si se hace, o si está cometiendo un error; solo se pretende que se este un poco mas informado y que si en algún momento de la vida se este en posición de decidirse por algo así, esa decisión no sea luego arrepentimiento por no haber pensado bien en el momento adecuado.

RESEÑA HISTÓRICA DEL ABORTO

La primera ley aprobada, con relación al aborto fue el Código Penal de 1863, que lo sancionaba penalmente. El aborto por móvil de honor y el aborto consentido por la mujer se consideraban como supuestos atenuados.

El aborto por móvil de honor se basaba en el argumento de que la mujer embarazada o con hijo y sin esposo podía ser marginada socialmente ya que con la imagen de soltera no virgen. Por haber tenido relaciones sexuales fuera del matrimonio, podía perderse, irremediablemente, su honor y, con ello, el honor de su familia.

En cuanto al aborto consentido, la ley penal exigía el consentimiento de la mujer que tuviera por lo menos dieciséis años cumplidos. Ya que se le consideraba con capacidad de comprender y libre voluntad.

El Código Penal de 1863 fue el primero de la República del Perú y estuvo vigente hasta 1924.

La Ley Nº 48681 promulgada el 28 de julio de 1924 dio lugar al Código Penal de 1924, el mismo que estuvo vigente durante 87 años del presente siglo. Esta norma punitiva sancionaba distintos tipos de aborto entre los artículos 159º a 164º: el aborto propio, el aborto consentido, el aborto no consentido, el aborto perpetrado por profesionales, el aborto terapéutico y el aborto preterintencional. Es decir, excluyó las figuras atenuadas del anterior y sumó a los tipos delictivos el aborto terapéutico.

Años más tarde, por Decreto Ley Nº 17505 se promulgó el Código Sanitario de 1969 que estableció el marco jurídico de las relaciones en el campo de la salud. En la parte concerniente a las personas, artículos 17º al 24º, destacaba a las personas en formación, la salud de la madre y la salud del niño. El Código Sanitario reiteraba en su artículo 20º lo dispuesto en la ley penal, es decir la represión del aborto.

Esta norma definía la política frente a los derechos reproductivos de la mujer, disponiendo que el proceso de la gestación debía concluir con el nacimiento salvo hecho inevitable de la naturaleza o peligro para la salud y la vida de la madre.

Sobre el aborto terapéutico, expresaba que se permitía cuando existía prueba indubitable de daño en la salud con muerte de la madre o del concebido además de la opinión de dos médicos consultados. Esta disposición específica fue modificada por Decreto Legislativo Nº 121 del 12 de junio de 1981 afirmando que se permitía el aborto terapéutico si lo practicaba un médico con el consentimiento de la madre y con la opinión de dos médicos consultados, si no hubiere otro medio de salvar la vida de la madre o de evitar en su salud un mal grave y permanente.

El Código Sanitario prohibía el aborto terapéutico basado en consideraciones de orden moral, social o económico. También prohibía el aborto como medio de control de natalidad.

Diez años después, la Constitución de 1979 prescribió en el artículo 2º inciso 1º que toda persona tiene derecho a la vida, a la integridad física y al desenvolvimiento de su personalidad. Seguidamente a ello expresan que al que está por nacer se le considera nacido para todo lo que le favorece.

La Constitución de 1993 determina en su artículo 2º inciso 1º que toda persona tiene derecho a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar, a ello añade que el concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece. Este enunciado es similar al de la Constitución anterior. En el artículo 6º expresa que la política nacional de población reconoce el derecho de

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