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AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO

asasdfdfcTarea12 de Septiembre de 2011

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AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO’

UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS

PROGRAMA ACADEMICO PROFESIONAL DE DERECHO

TAREA III

DOCENTE : DIANA ESCALANTE

CURSO: TEMAS DE DERECHO CONSTITUCIONAL

ALUMNO: SINDY QUISPITUPA ROJAS

CODIGO : 063246-H

CUSCO 2011

INTRODUCCIÓN

Se realizará un breve análisis de Derecho y Estado y de cual es La Relación entre El Derecho y El Estado, según la teoría de algunos Doctrinarios:

En sentido etimológico proviene del latín Directum.

Es un conjunto de leyes, preceptos y reglas a que están sometidos los hombres en su vida social.

Es la ciencia que estudia las leyes y su aplicación: estudiar la carrera de derecho.

Es el Derecho positivo, el establecido por las leyes y sancionado o reconocido por el poder público.

El Estado de derecho, sistema de organización de la sociedad en el que el conjunto de relaciones políticas y sociales está sometido a derecho.

El arte de lo bueno y lo malo.

El conjunto de Normas, en las cuales un Estado ejerce la coacción, y la idea por demás comprimida aunque depurada de la Técnica; el Derecho no es intangible y actualmente se presta a equívocos con el ejercicio del Poder.

Viene del latín Status y se define como una comunidad política desarrollada, de un fenómeno social, el Estado es un ente jurídico supremo, algo no visible pero palpable en los sujetos sometidos a un orden jurídico establecido que nos limita y reconoce derechos, pero estos derechos es una forma de organización de vida, porque somos nosotros mismos quienes creamos derechos y limitamos derechos.

Es un ser, o sea, un todo que se compone de varios factores organizados con elementos físicos y formales. El Estado ha sido definido por muchos tratadistas como persona jurídica; entendemos por persona física “Todos los entes susceptibles de adquirir derechos, o contraer obligaciones, que no son personas de existencia visible, son personas de existencia ideal, o personas jurídicas”. Dicha actuación de tales personas es generadora de responsabilidades, todo esto resume la colectividad social.

Del Estado se derivan aspectos secundarios, pero están sumamente ligados y su fuente primaria es la Constitución.

El Estado esta conformado por las siguientes bases: población, territorio, estructura jurídica y soberanía. La población entra aquí como uno de los elementos más importantes en la formación del Estado; puesto que son aquellos grupos de personas que se reúnen en un territorio determinado, instalándose en una comunidad política para crear derechos y obligaciones sobre los demás, creando a su vez un orden jurídico para el mantenimiento del orden dentro de su población, ya que esta es la causa que origina el nacimiento del Estado. Otro de los elementos que conforman el Estado es el Territorio que tiene su acepción en el asentamiento desde el punto de vista físico, del hombre que en él reside; el territorio tiene gran influencia sobre el Estado. Otro aspecto fundamental acerca del territorio según Jellinek afirma dos aspectos; negativo y positivo, negativamente en tanto que se prohíbe a cualquier otro poder no sometido al de Estado, ejerce funciones de autoridad sin autorización expresa por parte del mismo, y el positivamente en cuanto las personas que se hallen en el territorio quedan sometidas al poder del Estado.

Decir que el estado tiene soberanía es hablar impropiamente. No es hablar que el Estado tenga soberanía, en este sentido, no podría dejar de ser soberano sin dejar de ser Estado. Y la soberanía no reside en ningún órgano sino en la organización total.

Cualquiera que sea de las, Estado y Derecho, tiene que buscar el mismo fin para la felicidad del individuo que vive en una sociedad, y estar al servicio de este, por su parte el estado tiene que organizarse de una forma que busque aquellos fines y metas que se proponga como ente supremo y ordenado, y por su parte el Derecho le dará el mecanismo jurídico necesario para realizarlos, entonces al jugar un papel de ambos, el individuo impacta de una forma que se relaciona con ambos y de la cual es el creador original del Estado y Derecho, para que esto llegase tendría que subordinarse a las normas jurídicas implantadas dentro del Estado y del Derecho.

El Estado es razón en y por Ley, no por una ley trascendente y misteriosa sino por sus Leyes, sus reglamentos universales de los asuntos particulares, por el pensamiento que consagra a la elaboración siempre más pura de los principios de una existencia libre, de una forma de comunidad que satisface a todo ciudadano, a todo hombre instruido y civilizado.

El Estado racional no es una organización que oprime a los ciudadanos, es una organización donde cada individuo se sabe reconocido, cada individuo es y sabe que es miembro activo de la comunidad y sabe además, que es conocido y reconocido como tal por otros y por el propio Estado. De lo anteriormente expuesto hablaremos más detalladamente a continuación.

ESQUEMA

•RELACIÓN ENTRE DERECHO Y ESTADO.

1.1.- Noción de Estado.

1.2.- Elementos del Estado

1.3.- Realidad Social del Estado.

•TEORÍAS QUE EXPLICAN LA RELACIÓN ENTRE DERECHO Y ESTADO.

2.1.- Teoría sociológica del Estado.

2.2.- Teoría de las facetas o doble cara del Estado.

2.3.- Dualismo tradicional entre el Derecho y el Estado.

•IDENTIDAD ENTRE DERECHO Y ESTADO.

3.1.- Función ideológica del dualismo del Derecho y el Estado.

3.2.- Vinculo Jurídico, elemento esencial del Estado.

3.3.- El Estado un complejo de realidades Jurídicas, Sociales, Valorativas e Históricas.

•EL ESTADO DE DERECHO.

•ACTO ARBITRARIO Y PODER DISCRECIONAL.

5.1.- Características del Acto Arbitrario.

5.2- Forma de distinguir el Acto Arbitrario.

5.3.- Aspectos de la Irreparabilidad del Acto Arbitrario.

•PODER DISCRECIONAL Y EL DERECHO.-

6.1.- Discrecionalidad jurídica o Administrativa.

6.2.- Principios de la Justicia.

6.3.- La Discrecionalidad “NO” implica Arbitrariedad.

•RELACIÓN ENTRE ESTADO Y DERECHO.

El autor Hegel, ve desde otro punto de vista acerca de la creación o más bien de la relación del Estado y Derecho, lo relaciona con una teoría idealista, y que dice que la idea de que el Estado es la realización la idea moral, así como el instrumento más noble para alcanzar y respetar la libertas humana, pero no separado del Derecho de Estado, sino que los considera indisolublemente ligados, supuestos que además de ser el Estado la objetivación de la idea moral y su forma de realización, en el se encarna tanto la voluntad objetiva como la subjetiva, es decir, la colectiva y la individual .

Aquí daremos una explicación de cuando surge el Estado y cuando se relaciona el Derecho con el Estado, así pues, el Estado y el Derecho surgieron históricamente al mismo tiempo y a consecuencia de idénticas causas, las cuales son: la aparición de la propiedad privada y división de la sociedad en clases antagónicas. El Derecho es inconcebible sin un Estado que a través de sus Organismos ejerza la actividad relacionada con los poderes legislativos, ejecutivos y judiciales.

Por otra parte ¿ podría el Estado existir sin el Derecho?. Esto sería imposible, primero porque el Estado presupone una actividad coordinada de sus organismos y funcionarios, que, para ello, deberán hallarse en determinadas relaciones de subordinación y estas relaciones exigen como algo, necesariamente objetivo, su fijación en las correspondientes reglas obligatorias, en las normas de Derecho, que regulan la marcha de los servicios.

Autores como el Dr. Basave Fernández del Valle afirman, aunque el Estado y el derecho tienen su misma raíz en la vida humana y responde al mismo impulso de ordenar y objetivar esta vida, tiene una esencia distinta.

La Doctrina de Hans Kelsen, llegó a negar la doble faz del Estado al identificar a este con el orden jurídico; y se llega a la tercera teoría que establece la relación entre Derecho y Estado.

1.1.- NOCIÓN DE ESTADO.-

El Estado aparece como la organización política suprema de una comunidad o una colectividad de seres humanos, mediante un orden de normatividad impositiva o coercitiva, y que imperan en un territorio. que tiene un ámbito o campo espacial de validez, con dimensiones de autonomía, la cual algunos suelen llamar soberanía, o sea que; que es una organización política que detenta la soberanía en función de agente, (que pertenece a la población).

Rigurosamente, la soberanía del Estado es interna, solo en el interior de las fronteras se puede mandar soberanamente. En el exterior no hay ordenes supremas de parte de un Estado a otro, porque en el plano internacional no hay o por lo menos no debe haber más relaciones que las igualdad. Decir que el Estado tiene soberanía es hablar impropiamente; no es que el Estado tenga soberanía, en este sentido no podría dejar de ser soberano

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