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Rey David

andres_verav22 de Abril de 2015

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CAPITULO I

CLAUSULAS PARTICULARES

Art. 1° OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: Por la adquisición de CINCO MIL (5.000) pistolas semiautomáticas Beretta 92 FS, para ser utilizadas por el personal de la Prefectura Naval Argentina.

Art. 2° NORMATIVA APLICABLE:

La presente contratación se regirá por las disposiciones del Decreto N° 1023/01 y el Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, aprobado mediante Decreto N° 436/00, el Manual Práctico para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, aprobado mediante Resolución N° 515/00/SH, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, aprobado mediante Resolución N° 834/00/ME, y el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, la oferta y los antecedentes que se hubieran acompañados, la adjudicación y la Orden de Compra o el Contrato, en su caso. Dichas disposiciones serán consideradas parte integrante del contrato.

Art. 3º RETIRO Y OBSERVACIONES AL PLIEGO:

Las observaciones al presente pliego, se aceptarán hasta CINCO (5) DIAS HÁBILES antes de la fecha de apertura de las ofertas en la Dirección de Patrimonio y Suministros – Departamento de Compras sito en 25 de Mayo 101 – 2º piso oficina 228-, Capital Federal, en días hábiles, de lunes a viernes, de 10.00 a 17.00 horas, TEL/FAX 4339-0800 interno 1460 o aclaraciones al e-mail: deptocompras @mininterior.gov.ar.

Art. 4º GARANTIA DEL MATERIAL:

Los Adjudicatarios, junto con el material entregado, deberán presentar por escrito la garantía que da el fabricante, que en ningún caso será inferior a CINCO (5) AÑOS, a partir de la fecha de Recepción Definitiva por parte del Ministerio del Interior, contra toda falla del material, defecto de armado o vicio oculto no detectable a simple vista de los elementos (equipo y accesorios) objeto del presente acto licitario.

No se aceptarán materiales en malas condiciones de conservación. Para los casos en que surjan problemas, (vicios ocultos, defectos de fabricación, fallas de componentes por causas ajenas a la Prefectura Naval Argentina) y que demandaren la inmediata sustitución de los elementos observados o defectuosos, el transporte será realizado por el Adjudicatario y estarán a su cargo los gastos de flete, seguros, carga, descarga y cualquier otro tipo de erogación que deba realizarse para la ejecución del mismo.

Deberá proveerse a la Sección Depósito y Mantenimiento de Armas:

Lote de repuestos de las partes que sufran mayor desgaste por su utilización y que aseguren el funcionamiento de las pistolas por un período de QUINCE (15) años a partir de la fecha de recepción definitiva.

Herramientas para desarme y arme completo de la pistola (cantidad CINCUENTA (50) juegos de herramientas).

Para la realización de pericias: Calibre de sensibilidad de la cola disparadora (máximo y mínimo). Calibre de ánima y de recámara (máximo y mínimo). Calibre de tensión del resorte recuperador. Cantidad DIEZ (10) juegos de cada calibre.

El Adjudicatario deberá grabar en bajo relieve en armadura, cañón y corredera el digito 05 anteponiéndose a la numeración de serie del arma.

Ejemplos: 05-S123456 o 05-123456.

Art. 5° REPRESENTACION

a) Solo serán aceptadas ofertas de empresas nacionales que actúen en carácter de representante o distribuidor oficial de las pistolas requeridas, no serán aceptadas ofertas que formulen empresas del exterior debiendo hacerlo a través de sus representantes en el país.

b) Las personas físicas o jurídicas que se presenten en carácter de Representantes, del fabricante del arma requerida, deberán agregar a su cotización

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