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DERECHO DE LA INFORMACION


Enviado por   •  3 de Noviembre de 2013  •  487 Palabras (2 Páginas)  •  196 Visitas

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EL DERECHO DE LA INFORMACION.

Desde el desarrollo del tema anterior, hice mención del Derecho a la Información y su estrecha relación con el proceso de la comunicación. Ahora bien, ¿Quién se encarga del estudio de ambos? Es justo afirmar en este párrafo inicial, que es el Derecho de la Información el encargado de hacerlo, como lo probaré en el desarrollo de este tema. Varios autores coinciden en que el derecho de la información nace precisamente de la llamada sociedad de la información, que surge de los significativos avances tecnológicos en medios de comunicación, dados en las últimas décadas.

La trasformación de la también llamada sociedad del conocimiento, obedece al fenómeno de la rápida y masiva transmisión de datos, que se puede llevar a cabo por diversos medios. Quedando inmersa en un mundo de posibilidades para allegarse de información de diversos temas y lugares. La necesidad que experimenta esta sociedad, de obtener información actual y de diversa índole es lo que la distingue y la denomina como tal. Condición que trae consigo la necesidad de regular la actividad informativa y todos los fenómenos que de esta se genere, como lo mencionan algunos autores. Dado origen al denominado Derecho de la información.

El maestro Leopoldo Abad Alcalá quien en el prólogo de la obra Principios del Derecho de la Información, hace referencia al concepto de Escobar de la Serna como una postura ecuánime. Transcribiré dicho concepto y la idea con la que Abad Alcalá la complementa:

Aquella rama del Derecho que comprende el conjunto de normas jurídicas reguladoras de la actividad informativa y de la tutela efectiva del derecho a las libertades de expresión y de información en la forma en que se reconocen y quedan constitucionalmente establecidas”, concepto que engloba el objeto esencial del Derecho de la Información como Derecho regulador y protector de las libertades de expresión y de información reconocidas en la Constitución.

Desde el momento en que, se reconoce como objeto esencial de estudio, a las normas reguladoras de la actividad informativa de la llamada sociedad del conocimiento, se está afirmando que es uno de los objeto de estudio del Derecho de la Información las normas que regulan al proceso de la comunicación. Pero sigo dando sustento a la afirmación planteada desde el primer párrafo de éste tema, de que es el Derecho de la Información el encargado de dedicar parte de su estudio al Derecho a la información. Comenzaré con una explicación gramatical que nos hace el maestro Guadalupe Robles, en el tercer capítulo de su libro Derecho de la Información y Comunicación Pública, en la cual comienza distinguiendo al derecho de la información con el derecho a la información:

En las preposiciones de y a reside su diferencia. Cuando hablamos del derecho

de

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