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¿Defina que es el impuesto sobre las ventas o IVA?


Enviado por   •  21 de Septiembre de 2017  •  Resúmenes  •  5.410 Palabras (22 Páginas)  •  325 Visitas

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 ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS A DISTANCIA

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ACTIVIDAD 4

                                              MIGUEL RIVALDO CORTIZZO

TUTOR

 

SAULO MONSALVO ALVAREZ

5 SEMESTRE

BARRANQUILLA, COLOMBIA

 25- DE MARZO DEL 2017


1. ¿Defina que es el impuesto sobre las ventas o  IVA?

Es el impuesto que se cobra sobre el mayor valor generado, sobre el valor agregado. Aunque el impuesto se aplica sobre el precio de venta del bien o del servicio, en realidad, el impuesto corresponde solo al mayor valor que se agrega o genera por el comerciante. 

ES UN IMPUESTO INDIRECTO: Se conocen como impuestos indirectos, aquellos que no se imponen a las personas directamente; es decir, se cobran en la compra y venta de bienes y servicios y en otro tipo de transacciones comerciales,

 ES UN IMPUESTO REGRESIVO: Aquellos impuestos que se cobran a todos por igual; es decir, sin importar la capacidad económica de una persona (sin importar el nivel de ingresos que tenga el contribuyente ambas pagarán la misma cantidad de dinero por el impuesto). Afectando más fuertemente a las personas de bajos recursos1 El cobro del IVA se hace sobre el valor agregado: Es decir, el impuesto se aplica sólo a la diferencia entre el valor de las ventas de una empresa y el valor de sus compras a otras empresas, entre el precio de venta final y la suma de los costos parciales.

2. ¿Qué son bienes excluidos del IVA?

Los bienes excluidos son los que aquellos que la ley expresamente ha catalogado como tales. El productor de bienes excluidos no es responsable del IVA, y por lo tanto el IVA que pague en la adquisición de materias primas para la elaboración de estos productos, debe ser llevado como mayor valor del costo del producto.

Los bienes excluidos, en su venta o importación no causan IVA; para saber si un bien o servicio se encuentra excluido del IVA, se debe establecer si expresamente se encuentra dentro de los bienes y servicios que la ley ha catalogado como excluidos, si no se encuentra, significa que es gravado, por lo tanto se debe buscar si se encuentra mencionado en algunas de las tarifas diferenciales que existen en Colombia, y si no se encuentra ahí, se considera que el bien o servicio está gravado a la tarifa general del 19%.

3. ¿Qué son bienes exentos del IVA?

Los bienes exentos de IVA son aquellos que se encuentran gravados con una tarifa del 0%; tendrán dicha calidad los bienes y servicios que para tal efecto la ley los mencione expresamente. El artículo 481 del Estatuto Tributario señala los demás bienes que se encuentran exentos de IVA, dentro de estos se contemplan:

  •    Los bienes corporales muebles que se exporten.

  • Los bienes corporales muebles que se vendan en el país a las sociedades de comercialización internacional, siempre que hayan de ser efectivamente exportados directamente o una vez transformados, así como los servicios intermedios de la producción que se presten a tales sociedades, siempre y cuando el bien final sea efectivamente exportado.
  • Las materias primas, partes, insumos y bienes terminados que se vendan desde el territorio aduanero nacional a usuarios industriales de bienes o de servicios de Zona Franca o entre estos, siempre que los mismo sean necesarios para el desarrollo del objeto social de dichos usuarios.

* Los impresos contemplados en el artículo 478 del E.T., los productores de cuadernos   de tipo escolar de la su partida 48.20.20.00.00 y los diarios y publicaciones periódicas, impresos, incluso ilustrados o con publicidad de la partida arancelaria 49.02.

* Los productores de los bienes exentos de que trata el artículo 477 del E.T. que una vez   entrado en operación el sistema de facturación electrónica y de acuerdo con los procedimientos establecidos por la DIAN para la aplicación de dicho sistema, la adopten y utilicen involucrando a toda su cadena de clientes y proveedores.

4. ¿Qué son bienes gravados del IVA?

Son aquellos que causan IVA, y que se dividen según la tarifa que se les aplique. En Colombia existen varias tarifas. La tarifa del 19% es conocida como la tarifa general, y las otras se conocen como tarifas diferenciales.

Una de las tarifas es la tarifa 0%, y lógicamente los productos que están gravados a una tarifa del 0%, pertenecen al grupo de los gravados.

Estos bienes de la tarifa 0%, son más conocidos como exentos. Que son los bienes gravados pero a una tarifa del 0%. Son gravados y por tal razón generan IVA, sólo que a la tarifa del 0%.

Esto en principio parece absurdo pero tiene su razón de ser.

Un bien exento es un bien gravado, por tal razón, quienes produzcan bienes exentos, son responsables del impuesto a las ventas, y como tal deben declarar IVA. Los bienes agravados están divididos en dos clases:

bienes de muebles e inmuebles

bienes inmuebles: No se pueden transportar Ejemplos: locales, apartamentos, casas, etc. Estos no tienen IVA pero los accesorios si, solo en la ocasión de venta del inmueble no se cobra IVA

bienes muebles: Son aquellos que se pueden desplazar de un lugar a otro Ejemplos: los computadores, sillas, muebles, etc.

Parte B.

Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF)

El Gravamen a los Movimientos Financieros, consiste en el descuento de cuatro pesos por cada mil pesos, cuando se realice un movimiento financiero, ya sea desde una cuenta de ahorros o una cuenta corriente.

Equivocadamente, muchos aún creen que este impuesto beneficia la banca privada. Sin embargo, la realidad es muy diferente.

 

¿Quiénes reciben este tributo?

 

Es importante que conozca el origen y el destino de los impuestos que paga, esto le permitirá, planear sus finanzas a futuro, y si es el caso, cambiar los paradigmas que equivocadamente lo limitan a acceder a un producto o servicio.

 

El gravamen del 4x1000 fue creado en el país mediante el decreto 2331 de 1998, expedido al amparo de la emergencia económica invocada por el Gobierno, para enfrentar la crisis financiera doméstica de esa época.

 

Inicialmente la medida tenía una vigencia temporal, de un (1) año, y tenía como destinación: "preservar la estabilidad y la solvencia del sistema y proteger a sus usuarios".

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