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INSTALACIONES DOMICILIARIAS DE GAS


Enviado por   •  3 de Mayo de 2020  •  Tutoriales  •  476 Palabras (2 Páginas)  •  133 Visitas

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ALUMNA: Cinthia Rojas Retamal

CARRERA: Técnico en construcción

INSTALACIONES GENERALES UNIDAD IV INSTALACIONES DOMICILIARIAS DE GAS

1)        ¿Qué instalaciones de gas deben declararse ante la SEC?

El Reglamento de Instalaciones Interiores y Medidores de Gas, aprobado mediante el Decreto Supremo N°66, de 2007, establece entre otros aspectos, en su artículo 85, que las instalaciones interiores de gas nuevas, o existentes que hayan experimentado alguna modificación, renovación o ampliación, deberán, una vez concluida su construcción o ejecución, ser declaradas de acuerdo a los procedimientos administrativos dispuestos por la Superintendencia para tal efecto. Al respecto, según lo establece el artículo 89 del citado Decreto, se considera modificación de una Instalación Interior de Gas a las siguientes intervenciones: la ampliación o anulación de uno o más punto(s) de consumo o arranque(s), con una variación en la potencia instalada superior a 3,5 kW; el reemplazo de un artefacto asociado a la instalación por uno de otro tipo; y, el cambio del tipo de material o trazado de la tubería en tramos superiores a un (1) metro de longitud.

2)        Para instalaciones de gas que tipo de soldadura se debe usar, ¿De qué material debe ser la cañería y de qué tipo?

Se debe utilizar soldadura fuerte para la unión de tuberías de cobre

Tubos rígidos. Las uniones de este tipo de tubos deberán ser del tipo roscadas, bridadas o soldadas. Las uniones soldadas de los tubos de cobre o acero deberán ser realizadas mediante soldadura fuerte, la que en el caso del acero no deberá contener más de 0,05 (%) de fósforo”. Es decir, las uniones de tuberías de cobre deben ser soldadas con soldadura fuerte (a la plata).

Tubería flexible. Las uniones de las tuberías flexibles deberán ser realizadas con accesorios certificados para soldar tubería de gas.

3)        Para una instalación que necesite pasar tubería bajo tierra ¿Qué recubrimiento debe llevar por normativa?

Los sistemas de tubería de gas enterradas se deberán instalar con una cubierta de al menos 60 (cm) de espesor, con excepción de las redes de gas que atraviesen calles con circulación vehicular, que deberá ser de al menos 80 (cm)profundidad que deberá ser medida desde la parte superior de la tubería al nivel del terreno o pavimento, frente a situaciones de baja probabilidad de daño externo a las tuberías ,dicho espesor podrá ser reducido hasta 30 (cm),lo cual deberá ser  fundadamente justificado ante la Superintendencia.

4)        La llegada de gas a mi calefón esta con flexible para gas. ¿Necesito saber si está bien o está mal y por qué?

No. La normativa chilena (Decreto N° 66) exige que la entrada de gas se realice con tubería rígida y soldadura a la plata, con su respectiva llave de corte con accesibilidad grado 1 (al alcance de la mano).

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