NOM 002 Introducción
Krimsonzappa5 de Mayo de 2014
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Introducción
El 9 de diciembre de 2010, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social,
dentro del marco legal y de sus atribuciones de normalización, publicó en
el Diario Oficial de la Federación, la NOM-002-STPS-2010, Condiciones
de seguridad - Prevención y protección contra incendios en los centros de
trabajo, con inicio de vigencia a partir del 9 de junio de 2011.
El objetivo de la Norma es establecer los requerimientos para la prevención
y protección contra incendios en los centros de trabajo.
En la Norma, se mejora el procedimiento para la clasificación del riesgo de
incendio y solamente se prevén dos clases de riesgo: ordinario y alto.
Los centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio ordinario deberán
contar con medios de detección y equipos contra incendio, mientras que
los de riesgo de incendio alto, deberán disponer además de sistemas fijos
de protección contra incendio y alarmas de incendio, todos ellos acordes
con la clase de fuego que pueda presentarse.
Se modifican los criterios para colocar y disponer de los extintores en las
áreas de los centros de trabajo, entre ellas, ubicarlos en lugares visibles, de
fácil acceso y libres de obstáculos; contar con al menos uno por cada 300
metros cuadrados de superficie o fracción, si el grado de riesgo es ordinario,
o uno por cada 200 metros cuadrados de superficie o fracción, si el grado
de riesgo es alto, además de determinar las distancias máximas de recorrido
para llegar a ellos.
Se adiciona la obligación de contar en todo centro de trabajo con un croquis,
plano o mapa general del centro de trabajo, o por áreas que lo integran,
cuya información permitirá a los trabajadores y visitantes identificar, en
caso de requerirse, los medios de detección de incendio; los equipos y
sistemas contra incendio; las rutas de evacuación; la ubicación del equipo
de protección personal para los integrantes de las brigadas contra incendio,
y de los materiales y equipo para prestar los primeros auxilios, así como las
principales áreas o zonas del centro de trabajo con riesgo de incendio.
La nueva Norma refuerza las medidas técnico-administrativas para la
prevención y protección contra incendios y establece la obligación de elaborar
programas anuales de revisión y pruebas a los equipos contra incendio; a los
medios de detección y, en su caso, a las alarmas de incendio; a los sistemas
fijos contra incendio, así como a instalaciones eléctricas, de gas licuado de
petróleo y de gas natural, a fin de identificar y corregir condiciones inseguras
que pudieran existir.
La Norma determina que los simulacros de emergencias de incendio se
deberán desarrollar al menos una vez por año en los centros de trabajo
clasificados con riesgo de incendio moderado, y dos veces por año en aquéllos
con riesgo de incendio alto. De igual forma, refuerza las características de la
capacitación que se deberá proporcionar a los brigadistas de los centros de
trabajo clasificados con riesgo de incendio alto.
Finalmente, se incorpora el procedimiento para evaluar la conformidad con la
Norma, lo que dará certeza jurídica a los sujetos obligados ante las actuaciones
de las unidades de verificación, acreditadas y aprobadas en términos de la Ley
Federal sobre Metrología y Normalización, de la propia autoridad del trabajo y
de las autoridades locales de protección civil.
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