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NOM 002 Introducción

Krimsonzappa5 de Mayo de 2014

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Introducción

El 9 de diciembre de 2010, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social,

dentro del marco legal y de sus atribuciones de normalización, publicó en

el Diario Oficial de la Federación, la NOM-002-STPS-2010, Condiciones

de seguridad - Prevención y protección contra incendios en los centros de

trabajo, con inicio de vigencia a partir del 9 de junio de 2011.

El objetivo de la Norma es establecer los requerimientos para la prevención

y protección contra incendios en los centros de trabajo.

En la Norma, se mejora el procedimiento para la clasificación del riesgo de

incendio y solamente se prevén dos clases de riesgo: ordinario y alto.

Los centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio ordinario deberán

contar con medios de detección y equipos contra incendio, mientras que

los de riesgo de incendio alto, deberán disponer además de sistemas fijos

de protección contra incendio y alarmas de incendio, todos ellos acordes

con la clase de fuego que pueda presentarse.

Se modifican los criterios para colocar y disponer de los extintores en las

áreas de los centros de trabajo, entre ellas, ubicarlos en lugares visibles, de

fácil acceso y libres de obstáculos; contar con al menos uno por cada 300

metros cuadrados de superficie o fracción, si el grado de riesgo es ordinario,

o uno por cada 200 metros cuadrados de superficie o fracción, si el grado

de riesgo es alto, además de determinar las distancias máximas de recorrido

para llegar a ellos.

Se adiciona la obligación de contar en todo centro de trabajo con un croquis,

plano o mapa general del centro de trabajo, o por áreas que lo integran,

cuya información permitirá a los trabajadores y visitantes identificar, en

caso de requerirse, los medios de detección de incendio; los equipos y

sistemas contra incendio; las rutas de evacuación; la ubicación del equipo

de protección personal para los integrantes de las brigadas contra incendio,

y de los materiales y equipo para prestar los primeros auxilios, así como las

principales áreas o zonas del centro de trabajo con riesgo de incendio.

La nueva Norma refuerza las medidas técnico-administrativas para la

prevención y protección contra incendios y establece la obligación de elaborar

programas anuales de revisión y pruebas a los equipos contra incendio; a los

medios de detección y, en su caso, a las alarmas de incendio; a los sistemas

fijos contra incendio, así como a instalaciones eléctricas, de gas licuado de

petróleo y de gas natural, a fin de identificar y corregir condiciones inseguras

que pudieran existir.

La Norma determina que los simulacros de emergencias de incendio se

deberán desarrollar al menos una vez por año en los centros de trabajo

clasificados con riesgo de incendio moderado, y dos veces por año en aquéllos

con riesgo de incendio alto. De igual forma, refuerza las características de la

capacitación que se deberá proporcionar a los brigadistas de los centros de

trabajo clasificados con riesgo de incendio alto.

Finalmente, se incorpora el procedimiento para evaluar la conformidad con la

Norma, lo que dará certeza jurídica a los sujetos obligados ante las actuaciones

de las unidades de verificación, acreditadas y aprobadas en términos de la Ley

Federal sobre Metrología y Normalización, de la propia autoridad del trabajo y

de las autoridades locales de protección civil.

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