ANALIZAR LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ENFERMAS Y SU IMPORTANCIA PARA LA ENFERMERIA.
rosmaryqTesis1 de Mayo de 2014
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ANALIZAR LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ENFERMAS Y SU IMPORTANCIA PARA LA ENFERMERIA.
INTRODUCCIÓN
La relación enfermera/paciente se ha modificado, de una relación de carácter paternalista se ha pasado a otra de "Autonomía", dando origen a nuevos y diferentes problemas en la práctica diaria. Los avances tecnológicos, los cambios en los valores sociales y la creciente preocupación por la defensa de los Derechos de las personas enfermas, hacen que surjan y se reaviven los debates en temas controvertidos para la sociedad.
La libertad, autonomía, el respeto a los derechos humanos con la escala de valores de cada individuo, configuran un medio cultural. La salud siempre ha sido uno de los bienes más preciados, la enfermedad por el contrario coloca en "alerta" y, en teoría, pone en peligro la vida, todo lo relacionado con ella hace ser proclives a la reflexión profunda y puede provocar dificultades de adaptación, sobre todo si se tiene en cuenta que la sociedad, transformada continua y aceleradamente, hace que se acentúe el “individualismo, el consumismo, el culto al cuerpo, el rechazo...
En este trabajo se lleva a cabo una reflexión sobre los derechos de las personas enfermas y el papel de la enfermera ante los mismos. Se inicia centrando el origen y los antecedentes históricos que sustentan los derechos de los pacientes o personas enfermas, se realiza una valoración y un recordatorio sobre el soporte legislativo que ampara los derechos de los usuarios, y de los mecanismos establecidos por las Administraciones Públicas para velar por los mismos y al que pueden dirigirse los usuarios, así como el derecho a la autonomía, beneficencia, no mala eficiencia y justicia.
1.- DERECHOS DE LAS PERSONAS ENFERMAS.
La expresión “derechos de las personas enfermas” hace referencia a una parte del todo que es el derecho a la salud, derecho éste que abarca tanto al ser humano enfermo como al sano y que se inscribe en la esfera de los Derechos Fundamentales del ser Humano.
La legislación estatal que regula los centros de asistencia sanitaria confiere ciertos derechos a las personas enfermas receptores de la misma. Los hospitales y los centros de asistencia sanitaria deben disponer de políticas establecidas que recojan los derechos de sus pacientes y detallen el modo en que su personal debe respetarlos.
Dado que los derechos de las personas enfermas (pacientes) pueden entrar en contradicción con las funciones de enfermería, debe conocer los elementos principales de dichos derechos. Debe tener en cuenta que los pacientes conservan sus derechos constitucionales en el sistema sanitario, como la libertad de expresión, el proceso debido de la ley, la protección equitativa, etc. Igualmente, los pacientes ostentan el derecho de conocer la identidad de los profesionales sanitarios y otros profesionales implicados en su asistencia, como los estudiantes de enfermería.
Según la Declaración de derechos del paciente, los hospitales deben fomentar la comprensión y el respeto de los derechos y las responsabilidades de los pacientes, sus allegados, los médicos y otros cuidadores. El centro hospitalario debe garantizar y respetar el derecho de tomar decisiones acerca de las opciones terapéuticas y otros aspectos de su asistencia. Se deben apreciar las diferencias culturales, raciales, lingüísticas, religiosas, de edad y de sexo. Por otra parte, se deben considerar las necesidades de los sujetos discapacitados al prestarles asistencia sanitaria. Se fomenta la adaptación de la declaración de derechos a la comunidad y los pacientes de cada centro; esta adaptación a la comunidad supone que se tendrán en cuenta a las familias y sus derechos específicos cuando se elabore la relación de derechos.
Las personas enfermas asumen la responsabilidad de sus acciones al recabar asistencia sanitaria. Entre sus deberes figuran facilitar sus antecedentes completos, describir cualquier manifestación clínica relevante, e informar acerca de la medicación y los productos de fitoterapia que estén tomando. El paciente ha de formular preguntas e informar al médico de cualquier modificación de sus manifestaciones clínicas o su estado general. Por otra parte, los pacientes deben respetar al personal del hospital y tratar adecuadamente los bienes y los equipos del mismo.
A continuación se ofrece un resumen de los derechos de las personas enfermas o pacientes:
1. El usuario tiene derecho a recibir una atención sanitaria integral de sus problemas de salud, dentro de un funcionamiento eficiente de los recursos sanitarios disponibles.
2. El usuario tiene derecho al respeto a su personalidad, dignidad humana e intimidad, sin que pueda ser discriminado por razones de tipo social, económico, moral e ideológico.
3. El usuario tiene derecho a la confidencialidad de toda información con su proceso, incluso el secreto de su estancia en centros y establecimientos sanitarios, salvo por exigencias legales que lo hagan imprescindible.
4. El usuario tiene derecho a recibir información completa y continuada, verbal y escrita, de todo lo relativo a su proceso, incluyendo diagnósticos, alternativas de tratamiento y sus riesgos y pronóstico, que será facilitada en un lenguaje comprensible. En caso de que el paciente no quiera o no pueda manifiestamente recibir dicha información, ésta deberá proporcionarse a los familiares o personas legalmente responsables.
5. El usuario tiene derecho a la libre determinación entre las opciones que le presente el responsable médico de su caso, siendo preciso su consentimiento expreso previo a cualquier actuación, excepto en los siguientes casos: Cuando la urgencia no permita demoras. Cuando el no seguir tratamiento suponga un riesgo para la salud pública.
Cuando no esté capacitado para tomar decisiones, en cuyo caso el derecho corresponderá a sus familiares o personas legalmente responsables.
6. El usuario tendrá derecho a negarse al tratamiento, excepto en los casos señalados en el punto 5, debiendo para ello solicitar el alta voluntaria.
7. El usuario tendrá derecho a que se le asigne un médico cuyo nombre deberá conocer y que será su interlocutor válido con el equipo asistencial. En caso de ausencia. Otro facultativo del equipo asumirá la responsabilidad.
8. El usuario tiene derecho a que quede constancia por escrito de todo su proceso; esta información y las pruebas realizadas constituyen la Historia Clínica.
9. El usuario tiene derecho al correcto funcionamiento de los servicios asistenciales y aceptables de habitabilidad, higiene, alimentación, seguridad y respeto a su intimidad.
10. El usuario tendrá derecho en caso de hospitalización a que ésta incida lo menos posible en sus relaciones sociales y personales. Para ello, el Hospital facilitará un régimen de visitas lo más amplio posible, el acceso a los medios y sistemas de comunicación y de cultura y la posibilidad de actividades de que fomenten las relaciones sociales y el entretenimiento del ocio.
11. El usuario tiene derecho a recibir cuanta información desee sobre los aspectos de las actividades asistenciales, que afecten a su proceso y situación personales.
12. El usuario tiene derecho a causar ALTA VOLUNTARIA en todo momento tras firmar el documento correspondiente.
15. El usuario tiene derecho a agotar las posibilidades razonables de superación de su enfermedad. El hospital proporcionará la ayuda necesaria para su preparación ante la muerte en los aspectos materiales y espirituales.
16. El usuario tiene derecho a que las instituciones Sanitarias le proporcione: Una asistencia técnica correcta con personal cualificado. Un aprovechamiento máximo de los medios disponibles. Una asistencia con los mínimos riesgos, dolor y molestias psíquicas y físicas.
La relación enfermera-paciente está fundamentada en el Código Deontológico de Enfermería, la cual se basa en el respecto a la dignidad humana, como son la responsabilidad y el secreto Profesional, como lo estipulan las normas y condiciones morales que acompañan la actividad que realizan los Profesionales de Enfermería y deben ejercer con libertad las normas y criterios científicos que le permitan precisar la atención adecuada en cada tipo de enfermo. Sin discriminaciones personales colectivas, religiosas o políticas.
Se acuerdo a este código la persona enferma o paciente tiene derecho a:
• Ser tratado con respecto y dignidad, el ambiente de su ubicación debe reunir higiene y confort.
• Atender la solicitud del enfermo de acuerdo a su religión.
• Recibir una atención de elevada calidad por el profesional de Enfermería y demás miembros del equipo de salud.
• Ser informado sobre cualquier procedimiento que debe realizarse para confirmar diagnostico.
• Dar su consentimiento previo a la aplicación de cualquier procedimiento diagnostico o terapéutico y respetar su decisión.
• Que sean respectadas las confidencias acerca de su estado de salud.
2.- DERECHOS HUMANOS.
Los Derechos Humanos son inherentes a la persona y se proclaman sagrados, inalienables, imprescriptibles, fuera del alcance de cualquier poder político. Unas veces se considera que los Derechos Humanos son plasmación de ideales iusnaturalistas (de derecho natural).
El respeto y garantía de los derechos humanos es un propósito general del Estado venezolano, quien tiene la obligación de respetarlos y de garantizarlos, adoptando las medidas necesarias para lograr su satisfacción en la población y asegurar la prestación de determinados servicios.
La Constitución Venezolana establece,
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