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APPS Y Sociedad De Proposito Especial


Enviado por   •  28 de Noviembre de 2014  •  1.882 Palabras (8 Páginas)  •  348 Visitas

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PREGUNTAS

APPs y Sociedad de Propósito Especial (2 puntos)

1. ¿Cuál es la razón para formar una Sociedad de Propósito Especial (SPE) en las APPs?

La razón por la cual se forma una Sociedad de Propósito Especial (SPE) en el la APPs es debido a que las SPE son un socio estratégico, que aporta capacidad financiera, experiencia constructiva u operativa requerida por el proyecto. Por lo tanto, la SPE será la responsable de cumplir las obligaciones contractuales, tanto durante la etapa de construcción como en la etapa de operación, las cuales serán ejecutadas directamente o mediante la contratación de una Empresa Constructora que realice las actividades de inversión en infraestructura que contiene el contrato PPP y de una Empresa Operadora especializada para la prestación de los servicios públicos contenidos en el contrato PPP.

En un Modelo de Costos: (8 puntos)

2. Describa y comente acerca de los horizontes del RPI de Infraestructura y el periodo en el que la infraestructura desarrollada puede ser empleada para brindar el servicio público. Explique brevemente.

En un contrato de APP bajo el modelo de costos, la estructuración económica define los ingresos de modo tal que se ajusten a los costos de la SPE, estos flujos con el repago de la inversión realizada en la etapa de construcción, motivo por el cual, la estructuración económica financiera contempla la diferenciación de los conceptos de inversión y de operación y mantenimiento, estimando los presupuesto por cada concepto; lo cual permite determinar en función a los ingresos definidos, el periodo de tiempo en que se habrá remunerado la inversión realizada (RPI Infraestructura) siendo plazo prefijado independientemente de la vigencia de la concesión, una vez terminada la etapa pre operativa, se puede hacer uso de la infraestructura construida para brindar los servicios establecidos, iniciando la etapa de operación que generara tanto los costos de operación y mantenimiento como los RPI y RPMO.

3. ¿Cuál es la justificación para que una parte del RPI sea irrevocable? Explique brevemente.

Una remuneración por inversión (RPI) Irrevocable es una remuneración calculada a la tasa de la deuda, por lo tanto, si un pago se realiza en “n” años, a la tasa de la deuda y de la Inversión referencial [=Pago (Ki, n, Inv Ref)]. Este pago al ser irrevocable, incondicional es muy conveniente para el financiamiento del proyecto, debido a que se tiene un flujo cierto, predecible. Su fortaleza dependerá de la cadena de pagos y del emisor de las obligaciones.

los flujos económicos son predecibles y estables durante el periodo del contrato, asegurando una rentabilidad al Operador sin poder conocer la calidad de la infraestructura y los servicios en la etapa operativa; motivo por el cual, para comprometer al Operador con los resultados de su actividad de construcción y operación, se separa la remuneración por la inversión (RPI) en un RPI Irrevocable y un RPI revocable, este último se paga o revoca en función si el operador está cumpliendo con los índices de servicios acordados, justificando que la otra parte del RPI sea irrevocable, debido a que en el financiamiento en la etapa de construcción se asumió financiamiento propio y otras que generan obligaciones de pago por deuda, las cuales deben ser cumplidas, el RPI Irrevocable es el que respalda el financiamiento.

4. ¿Cuáles son las razones para diferenciar la recuperación en RPI y RPMO? Explique en detalle.

Remuneraciones por inversión: E s un componente asociado con las inversiones efectuadas durante la etapa de construcción; que se origina con el cumplimiento de las inversiones ofertadas y se percibe desde el inicio de operaciones por un plazo prefijado independientemente de la vigencia de la concesión se denomina como Pagos por la Inversión, características:

 Parte de los ingresos tienen la característica de tener baja o nula incertidumbre al poseer una distribución de riesgos mínima. Los riesgos son administrados en la Operación a través de cartas fianzas que respaldan los incumplimientos.

 Son homogéneos; es decir, todos los pagos poseen características similares.

 Contractualmente se define la estructuración económica, el esquema de pagos, sus ajustes en el tiempo.

 En las concesiones cofinanciadas, al ser un compromiso por parte del Concedente, el riesgo de incumplimiento está asociado con los bajos niveles o probabilidades históricas registrados por este, aunque claro dependerá de los escenarios políticos futuros.

Pagos por Operación y Mantenimiento en Perú bajo el Modelo de Costos: Es un segundo componente asociado con los costos por mantenimiento y operación durante la etapa operativa y se percibe en la medida en que se provea el servicio, no percibiéndose en caso el servicio sea interrumpido se denomina como Pagos por el Mantenimiento y la Operación.

Los contratos de concesión peruanos diseñados bajo el modelo de costos incluyen un flujo de ingresos que retribuyen los costos de mantenimiento y operación de la infraestructura y equipamiento, el cual corresponde al presupuesto anual requerido para dichas actividades con la respectiva utilidad por dichos servicios. Los conceptos que se incluyen en la remuneración de los costos de operación y mantenimiento son los siguientes:

 Costos Operativos

 Gastos Administrativos

 Costos de Mantenimiento Rutinario.

 Costos de Mantenimiento Periódico.

5. En un proyecto, una vez concluida la obra e instalados los equipos ¿Cómo se incorporarían al RPI los cambios en los precios ocurridos a lo largo de la etapa preoperativa? Explique en detalle.

Una vez concluida la etapa pre operativa de construcción y equipamiento en un proyecto; en el cual, el monto de inversión estimado se modificó por concepto de variación de precios como por ejemplo los precios de los insumos de construcción y habiéndose establecido cual es el RPI para recuperar el capital invertido y atender el servicio de deuda que se contraigan, es necesario que el concesionario solicite al concedente el reajuste del PAO o RPI, debido a que la estructuración económica definida de los ingresos no se ajustan a los costos de la SPE; es decir, que no permitirán recuperar

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