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AUDITORIA

fergussano7 de Abril de 2015

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CUENTAS POR COBRAR

Los objetivos perseguidos al revisar este renglón son:

1. Determinación de la autenticidad de los servicios adquiridos que se presentan en el balance.

2. Determinación de la propiedad de su presentación en el balance.

3. Examen de la valuación y probabilidad de cobro de los servicios presentados.

4. Verificación de las cuentas y documentos por cobrar como partes integrantes del régimen de propiedades del negocio.

Auditoría detallada.

El auditor evaluará el sistema de control interno y procedimientos de contabilidad y llevará a cabo pruebas suficientes para cerciorarse de la efectividad de los mismos. La extensión de estas pruebas se hará tomando en cuenta la importancia relativa de estos activos.

Si se considera que el control interno no es satisfactorio, se revisarán selectivamente los movimientos operados en las cuentas de mayor para determinar si existen algunos asientos anormales.

Al examinar el movimiento de las cuentas por cobrar, el auditor debe tomar nota de si los descuentos concedidos, en caso de haberlos, concuerdan con los convenios efectuados con los clientes.

En general, se aplicarán todos aquellos procedimientos de detalle que según su criterio sean adecuados, a fin de estar en posibilidad de hacer las recomendaciones o sugestiones necesarias.

Auditoría preliminar.

En esta fase aplicarán los procedimientos que tiendan a la inspección, confirmación y comunicación directa con los deudores. Si los documentos y cuentas por cobrar son fácilmente negociables, o sí se tiene por costumbre descontarlos la inspección deberá ser simultánea con el arqueo del fondo dijo, cobranzas no depositadas y otros activos negociables.

Si los documentos y facturas de venta no están disponibles para que sean revisada por el auditor debido a que se encuentran en el banco, se han descontado o entregado como colateral, se obtendrá una confirmación de la persona respectiva.

En el caso de que las solicitudes de confirmación se hayan enviado 30 ó 60 días antes de la fecha de cierre del ejercicio y el procedimiento no ha revelado irregularidades de importancia, el auditor está justificando en suponer que, substancialmente, estas mismas condiciones subsisten en la fecha del balance, siempre que su revisión del control interno y las transacciones del periodo verificado, no indiquen lo contrario.

De la revisión antes señalada, el auditor decidirá si se deben confirmar todos los saldos o únicamente una parte de ellos. En caso de que decida aplicar este último procedimiento, podrá incluir todas las cuentas con saldos superiores a cierta cantidad seleccionada, un número de cuentas pequeñas tomadas por orden alfabético o numérico, cuentas con partidas antiguas no pagadas y aquellas que fueron canceladas durante el período bajo revisión.

Procedimientos de confirmación.

Los procedimientos de confirmación que puede utilizar el auditor son los siguientes:

1. Positivo.

2. Negativo.

El primero consiste en que el deudor, al recibir la solicitud de confirmación de saldos, deberá contestarla indicando si las cantidades detalladas con correctas o no. En caso de no contestar, se deberá enviar segunda solicitud y en casi de ser necesario una tercera.

El procedimiento negativo consiste en que el deudor deberá comunicarse directamente con el auditor en caso de que la solicitud enviada sea, en alguna firma, incorrecta. En caso de no recibir respuesta, se presumirá que el deudor está de acuerdo con el saldo.

Auditoría final.

El auditor, con base en las confirmaciones recibidas, formulará un resumen de trabajo en la forma en que se indica en el programa estándar de auditoría.

A menos que las confirmaciones recibidas sean numerosas, no estará en posición de juzgar la veracidad de los saldos

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