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Acepciones


Enviado por   •  25 de Agosto de 2014  •  2.019 Palabras (9 Páginas)  •  396 Visitas

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ÍNDICE

Pág.

Introducción…………………………………………………………………………. 03

Acepciones………………………………………………………………………… 04

Valor como fuente………………………………………………………………… 05

Funciones de la jurisprudencia…………………………………………………... 06

La doctrina…………………………………………………………………….…… 06

Valor como fuente del derecho……………………………………………………….. 07

Conclusión………………………………………………………………………….. 10

Bibliografía…………………………………………………………………………… 11

INTRODUCCIÓN

Hoy por hoy la palabra jurisprudencia puede ser concebida de diversas maneras, no obstante siempre sea intrínsecamente a unos parámetros conceptual fundaméntales. Desdecir, un conjunto de jurista que se encarga de establecer las normas jurídicos que componen órganos judiciales.

La jurisprudencia tiene como función la misión de vigilar la estricta observación dela ley, y unificar la interpretación de ella. Otra función de la jurisprudencia es establecer un procedente a dictar sentencias sobre un caso que pueda servir para la resolución de otro cambio similar.

La jurisprudencia sirve para suplir los vacíos legales ya que al dictarse una sentencia de un caso concreto se crea un precedente para otro valor de la jurisprudencia como fuente del derecho. Partiendo del hecho de que, jurisprudencia ese razonamiento de modo reiterado y coherente que establece la corte suprema de justicia al momento de dictar sentencia.

De todo lo expuesto anteriormente se puede decir entonces que la Jurisprudencia, son las reiteradas interpretaciones que hacen los tribunales en sus resoluciones de las normas jurídicas, y puede constituir una de las fuentes del derecho, según el país. Se puede traducir como el conjunto de fallos firmes y uniformes dictado por los órganos jurisdiccionales del Estado.

ACEPCIONES

La jurisprudencia es el conjunto de los fallos de los tribunales judiciales que sirven de precedentes. Todas las sentencias conforman la jurisprudencia, aunque no es una fuente obligatoria de derecho. La existencia de distintos tribunales dentro de la misma jurisdicción, lleva implícita la posibilidad de que una misma ley sea interpretada por ellos en diferentes sentidos. La suerte de los litigantes dependerá entonces de la sala o tribunal que decida en definitiva el caso.

La jurisprudencia es obligatoria para las partes, pero no con relación a terceros ajenos al litigio. Cuando ha sido dictada por el tribunal de última instancia, hace cosa juzgada. La jurisprudencia no tiene fuerza obligatoria para los jueces. Por más que sea reiterada y uniforme, los jueces pueden apartarse de ella e interpretar la ley según su ciencia y conciencia.

El término jurisprudencia tiene varias acepciones dentro del mundo del Derecho. En una de sus acepciones, la jurisprudencia significa conocimiento del Derecho. En otra sirve para designar el conjunto de principios generales emanados de los fallos uniformes de los Tribunales de Justicia para la interpretación y aplicación de las normas jurídicas; y en una tercera corresponde a las normas jurídicas individuales emanadas de sentencias pronunciadas por los Tribunales de Justicia. La acepción clásica del vocablo jurisprudencia deriva del latín juris (Derecho) prudente (sabiduría). Esta acepción ha sido y es usada, para denominar en modo muy amplio a la Ciencia del Derecho.

En cuanto a la acepción de la jurisprudencia como conjunto de principios generales emanados de los fallos uniformes de los Tribunales de Justicia, el juez debe aplicar las normas jurídicas a los casos concretos sometidos a su conocimiento La función jurisdiccional es extraordinariamente compleja, porque comprende no solamente la función de aplicar las normas jurídicas al caso concreto, sino la de interpretarlas, resolver los conflictos legales e incluso colmar las lagunas jurídicas. Entendida de este modo, puede decirse que esta acepción de la palabra jurisprudencia lo es en sentido amplio.

Desde el punto de vista de la jurisprudencia en su acepción de normas jurídicas individuales emanadas de las sentencias pronunciadas por los Tribunales de Justicia, la función del juez es siempre eminentemente intelectual, pues consiste en aplicar una norma jurídica a un caso concreto, es decir, si el caso encuadra dentro de las prescripciones de la norma y buscar la solución justa.

La segunda acepción alude al conjunto de pronunciamientos de carácter jurisdiccional dictado por órganos judiciales y administrativos. Este constituye el llamado "derecho judicial" en cuanto comprende a los fallos y sentencias emanados de los jueces y tribunales judiciales, o bien el denominado "derecho jurisprudencial administrativo", en cuanto involucra a las resoluciones finales de los tribunales administrativos.

La tercera acepción hace referencia al conjunto de sentencias dictadas en sentido concordante acerca de una determinada materia. La coincidencia de sentido de ciertos grupos de decisiones jurisdiccionales permite hablar, en estos casos, de "jurisprudencia uniforme", lo cual, a su vez, traduce la unidad de criterio con que en la práctica son resueltos los casos análogos por los tribunales judiciales o administrativos.

VALOR COMO FUENTE

Nuestro país es de raíz Romancística, por lo tanto, nuestro sistema de Derecho es escrito y la Jurisprudencia tiene importancia relativa. La Jurisprudencia tiene un valor "moral", es decir, que depende de la jerarquía del tribunal que pronuncia la sentencia de que se trata las sentencias emanadas en los tribunales, tiene un valor muy alto pero no son vinculantes.

El autor patrio Eloy Larez Martínez, al referirse al tema señala que "no es vinculante ya que los jueces no están en el

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