TITULOS VALORES
DIANAOSMA31 de Julio de 2011
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TÍTULOS VALORES
Los títulos valores sirven para garantizar el apoyo o el cumplimento de una obligación, estos también son conocidos como títulos de crédito, por los cuales podemos llevar a cabo transacciones monetarias, de bienes y servicios.
De esta forma los podemos clasificar, como; instrumentos o documentos, ineludibles para que el derecho sea ejecutado y conformado por un proceso formal, literal y autónomo.
“El titulo valor como documento, es indispensable, para reclamar el derecho en el incorporado.”
Este titulo incorpora el manejo de un papel que adquiere valor a la hora de ser utilizado y firmado, su valor radica en el derecho en el implantado, siempre estará definido por un contenido patrimonial, que deberá estar expresamente suscrito en el.
Los títulos valores se encuentran clasificados, primero; según la forma de creación que tenga, porque pueden ser singulares o en serie, Los segundos, llamados equivalentemente títulos en masa, se diferencian porque aunque tienen las mismas características, son intercambiables y corresponden todos al mismo negocio, los primeros tiene un contenido que esta dado netamente por el patrimonio que se suscribirá en el.
aclarando que los títulos valores incorporan tanto el derecho público, como el privado, pues esto depende del sujeto que los cree, ya que estos están dados bien sea por deuda pública en el primero de los casos o generados por personas de derechos privado, lo cual incorpora un derecho a titulo personal, real y obligatorio.
Esta suscripción del titular lo hace valido en una sociedad, representada a razón de los títulos de participación, lo cual concede de forma real al poseedor legitimo, es decir quien porte el título valor, un derecho real sobre un dinero, bien o servicio suscrito tácitamente en el, por lo que son títulos en sí, representativos de mercancías, lo que en su caso nos indicarían las cosas a las cuales se describen como una incorporación articulada en los títulos.
Los títulos de obligación son aquellos que de cierta forma anexan fuentes y formas de financiamiento a corto plazo lo cual le da una expresión que hedónicamente alude al carácter económico.
Igualmente son empleados como títulos de pago. Lo que genera que concentren una oferta ilimitada que hace que el derecho actúe conforme a la amortización de una suma de valor y unidad de las funciones del dinero.
Por su forma de circulación, los títulos valores se dividen en nominativos, a la orden y al portador. Esto está dado tácitamente por el manejo y desarrollo que se le ha dado a la ley.
Los títulos normativos o directos son aquellos que señalan como titular a una persona de derecho estipulada.
Los títulos a la orden son los que señalan como beneficiario a una persona determinada o cualquier otra que este expresamente y de forma escrita en el titulo valor, esto se hace por medio del endoso y la entrega del documento que está señalado como el título de pago, de obligación o en sin como quiera ser llamado.
Los títulos al portador son aquellos que designan como titular al portador, al que tenga y posea objetivamente el bien, lo que por su parte designa, la autoridad al portador.
Se dividen en:
EL CHEQUE
El cheque es el medio más monopolizado que esta suscrito para disponer del patrimonio, fondo o riqueza de una cuenta corriente bancaria, pero no la única forma.
El convenio y adopción de un cheque en si, no es un contrato autónomo, como tal, puesto que maneja un convenio o alianza con un banco donde se sitúa la firma representada de un acuerdo circunstancial de la cuenta corriente.
“El cheque, como título de crédito, es el documento necesario para ejercitar el derecho literal y autónomo indicado en el mismo.” Mover dinero y en si realizar distintas transacciones.
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