Actividad Derecho empresarial La sociedad se denomina "CALIMA"
joysi93ll2 de Mayo de 2014
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SEÑOR
REGISTRO MERCANTIL DE GUATEMALA
MINISTERIO DE ECONOMIA
GUATEMALA, GUATEMALA
Sírvase extender en su registro de escrituras públicas, una constitución simultanea de Sociedad Anónima abierta, que otorgan, ANDRÉS CASTILLO DEL CID, de nacionalidad Guatemalteco, ocupación, comerciante, con documento personal de identificación, 1234 45678 9123, extendido por el registro nacional de las personas del municipio de Escuintla, departamento de Escuintla, de estado civil soltero y ADRIÁN JEREZ SILVA, de nacionalidad guatemalteco, ocupación, comerciante, con numero de documento personal de identificación, 1734 89125 1904, extendido por el registro nacional de las personas, del municipio de Escuintla, departamento de Escuintla, estado civil casado, ambos señalando como domicilio común para efectos de instrumentación la 5ta calle y segunda avenida, Escuintla, Escuintla, reunidos ambos para acordar los términos siguientes,. PRIMERO: Por el presente pacto social, los otorgantes manifiestan su libre voluntad de constituir una sociedad anónima bajo la denominación CALIMA S.A. Ambos se obligan a efectuar los aportes para la formación del CAPITAL SOCIAL para la formular el correspondiente estatuto, SEGUNDO: El monto del capital social es de 10,000.00 (Diez mil quetzales) representado por Q10,000.00, acciones nominativas de un valor nominal de Q1.00 /Un quetzal) cada una suscrita y pagadas de la siguiente manera: Cesar Aguirre Landívar, suscribe Q5,000.00, acciones nominativas y paga Q3,000.00, (tres mil quetzales), mediante aporte en efectivo de Q2,000.00 (Dos mil quetzales) mediante aportes en efectivo y Q2,000.00 (Dos mil quetzales) en aporte en bienes muebles. Carlos Torres López, suscribe 5,000.00 mil acciones y paga Q1, 500.00 (mil quinientos) en aportes en efectivo y Q3,500.00 (Tres mil quinientos) mediante aportes en bienes muebles. El capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado. TERCERO: Los otorgantes declaran que los bienes muebles aportados a la sociedad son los que a continuación se detalla y que el criterio adoptado para la valorización, en cada caso, es el que indica, la descripción de criterio empleado, en valor de los bienes para su valorización y valor asignado. CESAR AGUIRRE LANDEO APORTA: Una computadora. Pentium, IV, con un valor en el mercado de Q3,000.00 (tres mil quetzales) VILMA DELGADO GUTIERREZ, aporta. Q1,500.00, como valor de un sillón gerencial. Haciendo un total de aportes de Q4,500.00 (cuatro mil quinientos) CUARTO. La sociedad se regirá por estatuto siguiente y en todo lo no previsto por este, se estará a lo dispuesto por el código de comercio, que en adelante se le denominara "la ley".
ESTATUTO
ARTÍCULO 1°.- DENOMINACION - DURACION - DOMICILIO:
La sociedad se denomina "CALIMA", nómina abierta.
Tiene una duración indeterminada; inicia sus operaciones en la fecha de este pacto social y adquiere personalidad jurídica desde su inscripción en el registro de personas jurídicas de empresa.
ARTICULO 2°.- OBJETO SOCIAL.- LA SOCIEDAD TIENE POR OBJETO DEDICARSE A: La producción, compra y venta de productos tal como es el CAFÉ, se entiende incluidos en el objeto social los actos relacionados con el mismo, que coadyuven a la realización de sus fines para cumplir dicho objeto podrá realizar todos aquellos actos y contratos que sean lícitos, sin restricción alguna.
ARTÍCULO 3 º.- DOMICILIO DE LA SOCIEDAD. El domicilio de la empresa (sociedad) es 5ta calle y segunda avenida, Escuintla, Escuintla; pudiendo establecer sucursales u oficinas en cualquier lugar del país o en el extranjero
ARTICULO 4º. LOS SOCIOS DE LA EMPRESA. Los socios de la empresa son, ANDRES CASTILLO DEL CID, ADRIAN JEREZ SILVA, CARLOS TORRES LOPEZ, CESAR AGUIRRE LANDEO Y VILMA DELGADO GUTIERREZ.
ARTÍCULO 5º.- CAPITAL SOCIAL: El monto del capital social es de Q.10,000.00 diez
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