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Derecho Empresarial 2 Actividad 4


Enviado por   •  8 de Mayo de 2014  •  654 Palabras (3 Páginas)  •  438 Visitas

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ACTIVIDAD 4 DE DERECHO EMPRESARIAL 2

Con los elementos estudiados del capítulo IV del presente libro, de manera ficticia deberá crear una sociedad anónima.

a) Órgano de Soberanía:

Será la Junta General de Socios, reunida conforme a la ley y el contrato que expresará la voluntad de los socios.

b) Órganos de Administración:

En esta sociedad es obligatorio determinar la forma de administración y nombre o nombres de las personas que desempeñarán tal función.

c) Órgano de Fiscalización:

Esta se puede hacer por medio de un consejo de vigilancia, cuya formación y facultades se determina en la escritura social. Si hubiere omisión sobre este consejo, la ley le asigna un derecho a cada socio para solicitar a los administradores cualquier informe sobre el desarrollo de los negocios de la sociedad y consultar libros en que se operen las relaciones mercantiles, siendo nulo cualquier pacto que limite este derecho.

d) Representación legal de la sociedad

Es la persona que legalmente puede y debe de representar a toda Sociedad Mercantil. También se le llama AUXILIAR DE COMERCIO.

Es toda aquella persona que siendo o no comerciante tiene a su cargo la administración, dirección y/o representación legal de una empresa, establecimiento o sociedad mercantil.

El Representante Legal deberá ser nombrado por medio de un acta de nombramiento. El nombramiento es solicitado por medio de acta notarial por los miembros de la Junta Directiva al asesor legal (abogado).

Se consideran auxiliares de comercio, los siguientes:

 Administradores

 Administradores suplentes

 Representantes Legales

 Presidente del Consejo de Administración

 Vicepresidente del Consejo de Administración

 Gerentes

 Liquidadores

 Factores de Comercio

 Agentes de comercio

 Comisionistas

 Corredores y martilleros jurados.

e) Requisitos para su inscripción en el Registro Mercantil

El representante legal deberá ser inscrito en el Registro Mercantil antes de un mes calendario a partir de la fecha en que se elaboró el acta de nombramiento, para NO incurrir en ninguna multa.

Requisitos para inscribir

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