Actividad agricola ¿Cuál es el ente nacional que rige la agricultura y cuáles son sus funciones?
maria_alvarez11 de Enero de 2015
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ACTIVIDAD AGRICOLA
Es un término que se usa como adjetivo calificativo para designar a un tipo de actividad económica que se basa en la producción principalmente de alimentos a partir del cultivo. Las actividades agrícolas son entendidas como las actividades primarias o más básicas que el ser humano tiene para poder sobrevivir ya que ambas tienen como objetivo principal el general alimento ya sean cultivos, cereales o vegetales. El resto de las actividades son secundarias (la industria) o terciarias (servicios). Sin embargo, es la actividad agrícola la que existe junto al hombre hace más tiempo.
La actividad agrícola abarca una gama de actividades diversas: por ejemplo el engorde del ganado, la silvicultura, los cultivos de plantas anuales o perennes, el cultivo en huertos y plantaciones, la floricultura y la acuicultura (incluyendo las piscifactorías). Se considera que esta actividad junto a la ganadería y a las actividades pecuarias son las más relevantes para la vida del ser humano y las que requieren menor inversión ya que suponen el aprovechamiento de la naturaleza sin transformarla excesivamente como sí sucede con la industria. De todos modos, las actividades agrícolas requieren mucho tiempo ya que los productos de calidad que se pueden obtener a partir de ellas deben crecer, desarrollarse y madurar hasta estar listos para el consumo humano.
MARCO LEGAL
El gobierno venezolano aprobó una Ley de Reforma Agraria en 1960, encaminada a expandir y diversificar la producción agrícola, que además se ha estimulado con el aumento de la superficie regable a 310.972 h. en 1994. En 1995 las actividades agropecuarias ocupaban al 12% de la población activa del país y contribuyeron con el 4% del PIB anual.
La superficie cultivada ascendió en 1996 a 3.500.000 hectáreas. Los variados recursos agrarios venezolanos se expresan en diversos sistemas productivos que cubren desde la agricultura de subsistencia y semicomercial, desarrollada en tradicionales conucos (huertas) y en pequeñas fincas donde se cultivan productos para el consumo doméstico (caraotas, frijoles, yuca y raíces tropicales), hasta plantaciones de diversos tipos, como las antiguas (hoy modernizadas en su mayor parte) dedicadas al cultivo de café, cacao, caña de azúcar y otros productos comerciales.
En estas últimas décadas se han multiplicado los sistemas de cultivos anuales mecanizados y modernos, como los especializados en maíz, arroz, sorgo, ajonjolí, maní (cacahuete), girasol y algodón, gracias a la irrigación, la fertilización y el control de plagas, que han transformado los paisajes geográficos agrarios de la mesa de Guanipa (estado de Anzoátegui) e importantes extensiones de Los Llanos centrales y occidentales. Destaca la introducción reciente de los sistemas innovadores de fruticultura, viticultura, horticultura y floricultura comercial en los estados andinos de Zulia, Falcón, Lara, Guárico y Aragua, entre otros.
Se ha venido afianzando una importante producción cerealista tropical, de maíz, arroz y sorgo, que en 1998 alcanzó 1.050.000 t en el caso del maíz y 707.000 t en el del arroz, sostenida fundamentalmente por las explotaciones de Los Llanos. En lo referente a la producción de textiles y oleaginosas (estas últimas con un volumen de 102.069 t en 1998), destacan los cocos, el aceite de palma, algodón en rama, sisal, el girasol y el ajonjolí. Entre las leguminosas destaca la producción de caraotas y frijoles. Es fundamental la producción de raíces y tubérculos, con 886.942 t en 1998 compuesta por 408.992 t de yuca (mandioca), 322.141 t de papa (patata), ocumo y ñame. Los cultivos comerciales más importantes son el café (69.000 toneladas), la caña de azúcar (7.020.000 t), el cacao (18.529 t), y el tabaco (13.866 t).
Entre las producciones frutícolas destacan el banano o cambur, el plátano, la naranja, la piña y el mango.
Se constatan apreciables adelantos en la movilización de recursos pecuarios con mejoras en los rendimientos de diversos tipos de ganadería. En 1998 la cabaña ganadera de Venezuela contaba con 15.367.000 cabezas de ganado vacuno, 3.200.000 de porcino, 820.000 de ovino y 130.000.000 de aves de corral. Los paisajes creados por las explotaciones pecuarias modernizadas se observan en las tierras bajas del suroeste de la cuenca del lago de Maracaibo, en Perijá, Bobures, Monay, Bajo Motatán, Carora, sur del estado de Falcón y en Los Llanos, donde se ha establecido una próspera zona de producción intensiva de carne y leche.
¿CUÁL ES EL ENTE NACIONAL QUE RIGE LA AGRICULTURA Y CUÁLES SON SUS FUNCIONES?
• Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras MIT
• Instituto Nacional de Tierras (INTI)
• Instituto Nacional de Investigaciones Agropecuarias – INIA
El Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras es uno de los organismos que conforman el gabinete ejecutivo del Gobierno venezolano. El ministerio concentra competencias en temas de agricultura, ganadería, repartición de tierras ilícitas, sub-usadas y latifundios.
El Ministro a través del Instituto Nacional de Tierras (INTI) se encarga de realizar las expropiaciones a tierras propias para las ganaderías en su uso o en condiciones legales irregulares, como el famoso caso del Hato "La Marqueseña," en el Estado Barinas, al occidente de Venezuela. Instituto Nacional de Investigaciones Agropecuarias - INIA
El Instituto Nacional de Investigación y tecnología Agraria y Alimentaria (INIA) es un Organismo autónomo, adscrito al Ministerio de Agricultura y tierras, al que la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación de la Investigación Científica y Técnica, define como Organismo público de Investigación.
FUNCIONES INIA
A) Representar al Departamento ante los órganos y organismos de carácter científico y Tecnológico de ámbito nacional e internacional en materia agraria y alimentaria, en Coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores en lo referido a la representación internacional que lleve a cabo el Instituto.
B) Gestionar y ejecutar las competencias de la Administración General del Estado en el área de investigación científica e innovación tecnológica en materia agraria y alimentaria.
C) Impulsar la cooperación nacional e internacional en el área de investigación agraria y alimentaria, en particular con las Comunidades Autónomas, a través de la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria.
D) Elaborar, coordinar y gestionar el Programa Sectorial de I+D Agrario y Alimentario del Departamento. Los órganos rectores del INIA son el Presidente del Instituto, con rango de Director General y el Consejo Rector.
El Presidente tiene asignadas las siguientes funciones:
• Convocar y presidir las sesiones del Consejo.
• Fijar el orden del día de sus reuniones.
• Velar por el cumplimiento de los acuerdos del Consejo Rector y de las disposiciones del Gobierno que afecten al Instituto.
• La representación formal del Consejo Rector, a los efectos de coordinación y relaciones externas.
• Realizar las funciones que le sean delegadas por el Consejo Rector.
Corresponden al Consejo Rector las siguientes funciones:
• Aprobar las líneas generales de actuación del Organismo, de acuerdo con las directrices de la política científica y técnica nacional en materia agraria y alimentaria, así como los recursos necesarios para alcanzar los objetivos científicos y técnicos marcados.
• Informar el Programa Sectorial de Investigación y Desarrollo Agrario y Alimentario del Ministerio de Agricultura y Tierras antes de ser sometido a los trámites pertinentes para su aprobación definitiva e incorporación al Plan Nacional de Investigación y Desarrollo.
LEGISLACIÓN VENEZOLANA DEL DERECHO AGRARIO
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
• Ley de Reforma Parcial del decreto con Fuerza y Rango de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario (28-04-05)
• Ley de Mercadeo Agrícola
• Ley de Pesca y Acuicultura
• Ley Orgánica de Contribuciones Parafiscales para el Sector Agrícola
• Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos e Insulares
• Ley Forestal de Suelos y Agua
• Ley General de Marinas y Actividades Conexas
• Ley General de Puertos
• Ley sobre Defensa Sanitaria Vegetal y Animal
• Ley de Abonos y Demás Agentes Susceptibles de Operar una Acción Beneficiosa en Plantas, Animales, Suelos o Aguas
• Ley de Crédito para el Sector Agrícola
• Ley de Pesca
• Ley de Refinanciamiento de la Deuda del Sector Agrícola
• Ley de Remisión, Reconversión y Consolidación de las Deudas de Productores Agropecuarios
• Ley de Semillas, Material para la Reproducción Animal e Insumos Biológicos
• Ley del Banco de Desarrollo Agropecuario
• Ley del Fondo de Desarrollo Agropecuario, Pesquero, Forestal y Afines (FONDAFA)
• Ley del Instituto Nacional de Investigaciones Agrícolas
• Ley Mediante la cual se Dispone que los Productos Agrícolas están Facultados para Asociarse a los Efectos de Concertar Condiciones de Comercialización de sus Productos Decreto - ley Nro. 3246
• Ley sobre Mar Territorial, Plataforma Continental, Protección de la Pesca y Espacio Aéreo
PRINCIPALES REGIONES AGROPECUARIAS
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