Acuerdo 200
Mazu28 de Marzo de 2012
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Siguiendo lo señalado en el acuerdo 200, por el que se establecen normas de evaluación de aprendizaje en educación primaria, secundaria y normal, en la práctica docente llevada a cabo en la escuela Secundaria Técnica No.5 se aplica lo que indica dicho acuerdo con respecto a la evaluación.
La evaluación se lleva a cabo a lo largo del proceso educativo con procedimientos pedagógicos adecuados, los cuales se acordaron al inicio del ciclo escolar y mediante los cuales se han estado trabajando cada bimestre, con los ajustes necesarios para que de esta manera conduzca a tomar decisiones pedagógicas oportunas para asegurar la eficiencia de enseñanza y del aprendizaje.
En cuanto a la asignación de calificaciones ésta es congruente con las evaluaciones del aprovechamiento alcanzado por el educando respecto a los propósitos de los programas de aprendizaje y se le brinda al alumno una calificación numérica del 5 al 10 tomando como fecha mínima aprobatoria el 6 como lo establece el acuerdo 200.
Una vez asignadas las calificaciones los directivos de la Secundaria técnica No.5 comunican las calificaciones parciales a los estudiantes y a los padres de familia o tutores y promoverán la comunicación permanente entre éstos y los docentes, para atender las necesidades que la evaluación del proceso educativo determine llevando a cabo una reunión con padres de familia, en donde además de dar a conocer las calificaciones se toman diversos temas de interés que beneficien el proceso educativo.
La promoción de grado, acreditación de estudios y regularización de los educandos se realiza conforme a las disposiciones que en ejercicio de sus facultades emita a la Secretaría de Educación Pública. En la escuela de estudio se respeta la decisión de la SEP pero además se le da el apoyo a los alumnos que no acreditaron estudios o que necesitan regularización brindándoles un taller de asesorías y atención por parte de la orientación educativa.
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