Atributos del sujeto jurídico y sus consecuencias
Nugget MJVApuntes22 de Abril de 2021
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Atributos del sujeto jurídico y sus consecuencias
SUJETOS DE LA RELACIÓN JURIDICA
Sujeto: sometido, persona indeterminada, en observancia de muchas otras personas, que tienen obligaciones o derechos ante otras personas
El Sujeto de derecho en la relación jurídica puede tener una condición pasiva ( de ser exigido) o activa (de exigir).
Tipos de personas o sujetos:
1. Persona Jurídica Colectiva o Persona Moral
Agrupaciones de personas que se les reconoce una capacidad jurídica, entes (ósea, un todo) creados legalmente haciéndolos susceptibles a derechos, obligaciones, patrimonio propio y razón de existencia definida. Se encuentran integradas por dos o más personas.
Se rigen por leyes, acto constitutivo, estatutos y por medio de los órganos que las representan.
Se pueden dividir a su vez en dos:
1. Personas Jurídicas Colectivas de Derecho Publico
Aquellas que representan a la autoridad en sus funciones administrativas, ósea que dependen del (Poder Ejecutivo) y tienen autorización del poder público. No persiguen fines de lucro y buscan el beneficio público y lícitos.
2. Personas Jurídicas Colectivas de Derecho Privado
Persiguen fines de lucro y son llamadas sociedades civiles y comerciales, persiguiendo un fin en común, pero sin que el gobierno intervenga.
Las personas morales o Personas Juridicas Colectivas tienen las siguientes atribuciones:
Capacidad (aptitud para ser sujetos de derechos y obligaciones por la ley, que ordenan su organización y funcionamiento. Solo pueden dedicarse a una cierta actividad), denominación o razón social (Medio de identificación para sus relaciones jurídicas), nacionalidad (todas son mexicanas), domicilio (lugar donde la persona jurídica tiene la administración de su sociedad), patrimonio (recursos o medios que les permiten realizar sus fines y funciones) y no tienen estado civil.
2. Persona Jurídica Individual o Persona Física
Dirigido a la persona humana (una sola). Persona con personalidad jurídica y que puede ser susceptible de obligaciones y derechos.
Capacidades:
Capacidad de goce: se adquiere por nacimiento y se pierde por la muerte.
Capacidad de ejercicio: se adquiere al cumplir la mayoría de edad
Art. 23 Código Civil para el Estado de Nayarit. La minoría de edad y demás incapacidades son restricciones a la personalidad jurídica. Los incapaces pueden ejercitar sus derechos o obligaciones por medio de sus representantes.
Atributos (CUANDO TIENEN MAYORIA DE EDAD)
Capacidad: Aptitud para ser titular de derechos y deberes; y para ser sujeto activo o pasivo de relaciones jurídicas
Nombre: Sirve para designar a una persona. Es la identificación personal de cada sujeto.
Domicilio: Lugar donde reside y donde se establece
Estado Civil: exclusivo de las personas físicas. Es la situación particular de las personas respecto a su familia, sociedad y el Estado.
Patrimonio: bienes, derechos, obligaciones y dinero (aquello con valor económico)
Nacionalidad: Pertenencia de un sujeto a un espacio territorial
OBJETO DEL DERECHO
Lo constituyen las personas, sus acciones y las cosas que pueden originar una relación jurídica.
La persona: objeto esencial del derecho. Sin persona no hay relación jurídica. Algunos autores establecen que el objeto del derecho no es la persona, sino la actividad que ellas hacen.
RELACIÓN JURIDICA
Vinculo que se da entre dos sujetos y que coloca a uno de ellos en calidad de sujeto activo frente a otro en calidad de sujeto pasivo.
Es indiferente si están conformados (el sujeto pasivo o activo) por una persona particular o por muchos.
ACTO Y HECHO JURIDICO
Acto
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