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Beneficios Socioeconomicos


Enviado por   •  2 de Octubre de 2013  •  2.182 Palabras (9 Páginas)  •  874 Visitas

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INTRODUCCIÓN

En la actualidad, las personas se encuentran en una situación donde pueden evaluar qué empleador les ofrece más y/o mejores beneficios. No sólo el salario que reciben es suficiente estímulo para optar por un empleo, sino que evalúan las opciones que le permitan el logro de su desarrollo personal y profesional. Pero generalmente las empresas que pueden ofrecer mayores beneficios son aquellas que tienen una gran infraestructura física y organizacional.

Es por ello que se definen una serie de beneficios socioeconómicos con los que cuentan en la actualidad los trabajadores y que definen de manera consistente la estabilidad y el bienestar de los individuos.

DESARROLLO

1.- BENEFICIOS SOCIOECONÓMICOS.

Son todas las asignaciones que perciben los trabajadores mensualmente, así como otras que se otorgan con carácter temporal o accidental. El beneficio económico (también denominado utilidades) es un término utilizado para designar la ganancia que se obtiene de un proceso o actividad económica.

La nueva LOTTT, en su artículo 105, regula la entrega de algunos beneficios adicionales al salario por parte de los empleadores a sus trabajadores. Dentro de estos beneficios se encuentran la entrega de becas escolares, la entrega de beneficios de alimentación, de ayudas farmacéuticas, entre otros. Al final de este artículo el legislador dispone expresamente que estos beneficios no tendrán carácter salarial.

Entendemos que la razón por la cual el legislador decidió que estos beneficios no tienen carácter salarial es porque son ayudas al trabajador que no tienen carácter remunerativo. Es decir, no son beneficios que se entregan como una contraprestación de los servicios sino como un beneficio adicional.

2.- BENEFICIOS SOCIALES DE CARÁCTER NO REMUNERATIVO.

Artículo 105, de la LOTTT. Se entienden como beneficios sociales de carácter no remunerativo:

1. Los servicios de los centros de educación inicial.

2. El cumplimiento del beneficio de alimentación para los trabajadores y las trabajadoras a través de servicios de comedores, cupones, dinero, tarjetas electrónicas de alimentación y demás modalidades previstas por la ley que regula la material.

3. Los reintegros de gastos médicos, farmacéuticos y odontológicos.

4. Las provisiones de ropa de trabajo.

5. Las provisiones de útiles escolares y de juguetes.

6. El otorgamiento de becas o pago de cursos de capacitación, formación o de especialización.

7. El pago de gastos funerarios.

Los beneficios sociales no serán considerados como salario, salvo que en las convenciones colectivas o contratos individuales de trabajo, se hubiere estipulado lo contrario.

3.- BENEFICIOS SOCIALES DE CARÁCTER REMUNERATIVO

Se entiende por remuneración la contraprestación que debe percibir el trabajador como consecuencia del contrato de trabajo. Dicha remuneración no podrá ser inferior al salario mínimo y vital. El empleador debe al trabajador la remuneración, aunque este no preste servicios, por la mera circunstancia de haber puesto su fuerza de trabajo a disposición de aquel.

Todo lo que constituye remuneración:

Tiene aportes y contribuciones (Jubilación, Obra Social, etc.)

Se tiene en cuenta para liquidar aguinaldos, vacaciones, etc.

Son embargables.

Los beneficios socioeconómicos no salariales benefician a las dos partes principales de la relación de trabajo

Por un lado, estos beneficios favorecen a los trabajadores, porque son beneficios que si tuviesen carácter salarial probablemente no los recibirían porque su impacto económico sería muy fuerte para los empleadores.

Por otro lado, estos beneficios son muy positivos para los empleadores porque son ayudas que no tienen un impacto en las prestaciones sociales y crean una identificación del trabajador con la empresa, lo cual normalmente se ve reflejado en la productividad.

Al entregar este tipo de beneficios, al trabajador se le crea una identidad con la empresa. Una considerable parte de la remuneración total está integrada por servicios sociales y beneficios sociales, que constituyen costo de mantenimiento del personal.

Existen dos tipos de remuneraciones:

- Remuneración Directa: Es el salario que se paga al individuo en relación con el cargo ocupado.

- Remuneración Indirecta: Son los beneficios y servicios sociales, que por lo general son comunes para todos los empleados, independientemente del cargo ocupado, si bien existen algunas diferencias para los distintos niveles.

4.- NATURALEZA DE LOS SERVICIOS DE LOS EMPLEADOS.

La empresa brinda a sus empleados conveniencias, ventajas y servicios para ahorrar esfuerzos y preocupaciones para los mismos, son todos los gastos asignados al programa de beneficios a los empleados fuera de los salarios regulares e incentivos monetarios directos relacionados con la producción.

Entre las categorías más sobresalientes de tales beneficios se cuentan las siguientes:

- Pago por tiempo no trabajado: incluyen pagos de períodos de descanso, almuerzo, enfermedad, vacaciones, días festivos, ausencias por razones personales

Protección de los Azares: con el propósito de cubrir ciertas eventualidades del empleado tales como riesgo de enfermedad, accidentes, desempleo, incapacidad permanente, vejez y muerte.

- Servicios a los empleados: tales servicios incluyen vivienda, comida, recreación, etc. Las organizaciones los brindan a través de programas de provisión de cafetería, asesoría legal, becas, préstamo a bajo costo, exámenes médicos, etc.

- Pagos Legalmente Requeridos: legalmente hay gastos que las compañías deben hacer en el área de la protección a los empleados, sin tener en cuenta sus propias políticas, por ejemplo: compensación

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