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Boletin 3010

val7218 de Mayo de 2012

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Alcance

Este boletín establece la responsabilidad del auditor para preparar la documentación de auditoria. Los requerimientos específicos de documentación establecidos por otros boletines de las normas de auditoria, o por algunas leyes y reglamentos no limitan la aplicación de este boletín.

Naturaleza y Propósito de la Documentación de auditoria

El cumplimiento con los requerimientos de este boletín en conjunto con los establecidos por requisitos específicos de documentación de otros boletines de las normas de auditoria generalmente aceptadas en México, proporcionan:

a) Evidencia para lograr la conclusión del trabajo de auditoria.

b) Evidencia de que la auditoria fue planeada y desarrollada de acuerdo con las normas de auditoria generalmente aceptadas en México.

La documentación de auditoria cumple con otros propósitos, incluyendo los siguientes:

a) Ayudar al equipo de trabajo a evidenciar el proceso de planeación y realización de la auditoria y a los miembros del equipo que tengan la responsabilidad de la dirección y supervisión del trabajo, de acuerdo con el Boletín 3040, Planeación y supervisión del trabajo de auditoria de las normas de auditoria generalmente aceptadas en México.

b) Permitir que el equipo de auditoria se responsabilice del trabajo desarrollado.

c) Mantener un control de los asuntos significativos recurrentes para futuras auditorias.

d) Permitir que un auditor con experiencia conduzca las revisiones e inspecciones de control de calidad para verificar el cumplimiento con la normatividad correspondiente.

e) Facilitar el desarrollo de inspecciones externas de acuerdo con los requerimientos legales, reglamentarios y otros aplicables.

Vigencia

Este boletín es obligatorio para auditorias de estados financieros de ejercicios que inicien el 1 de enero de 2010. Se recomienda su aplicación anticipada.

Objetivo

El objetivo de este boletín es definir y ampliar el concepto de documentación de auditoria en cuanto a su forma, contenido, propiedad, custodia y confidencialidad. Asimismo, la documentación debe proporcionar:

a) Suficiente y apropiada evidencia para soportar la opinión de auditoria.

b) Evidencia de que la auditoria fue planeada y desarrollada de acuerdo con las normas de auditoria generalmente aceptadas en México y los requerimientos legales y regulatorios aplicables.

Definiciones

Para los propósitos de este boletín, los siguientes conceptos tienen los significados que a continuación se mencionan:

a) Documentación de auditoria. Se refiere a los papeles de trabajo que soportan la aplicación de los procedimientos de auditoria realizados, la evidencia relevante de auditoria obtenida y las conclusiones del auditor.

b) Archivos de auditoria. Se refiere a una o más carpetas o legajos u otros medios de almacenaje, ya sea en forma física o electrónica que contienen los papeles de trabajo o la documentación de auditoria de un trabajo específico.

c) Auditor con experiencia. Un profesional independiente (interno o externo a la Firma) que cuenta con un conocimiento razonable de: (i) el proceso de auditoria, (ii) las normas de auditoria generalmente aceptadas en México, así como de los requerimientos legales y regulatorios aplicables, (iii) el entorno del negocio en el cual se desenvuelve la entidad, y (iv) los asuntos de auditoria y financieros relevantes de la industria en la que opera la entidad.

d) Gobierno. Para efectos de esta norma, el término de gobierno considera a aquellos funcionarios con los roles de supervisión, control y dirección de una entidad y que se aseguran de que la entidad alcance sus objetivos de operación, de reportes financieros, así como de informe a terceros.

Pronunciamientos normativos.

Preparación oportuna de documentación de auditoria

El auditor debe preparar en forma oportuna la documentación de auditoria.

Documentación de los procedimientos de auditoria realizados y evidencia obtenida.

Forma contenido y extensión de la documentación de auditoria.

8 El auditor debe preparar documentación de auditoria, de tal forma que un auditor con experiencia, sin previo involucramiento con la misma entienda el proceso de planeación, ejecución y terminación del trabajo de auditoria y pueda definir, en su caso, si el informe sobre los estados financieros esta soportado adecuadamente conforme a los resultados del trabajo realizado conforme a normas de auditoria generalmente aceptadas en México.

La documentación de auditoria debe incluir y contener los siguientes aspectos:

a) naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditoria realizados para cumplir con las normas de auditoria generalmente aceptadas en México y, en su caso, con los requerimientos regulatorios aplicables.

b) Resultado de los procedimientos y de la evidencia de la auditoria obtenida.

c) Asuntos significativos que surgieron durante la auditoria, conclusiones alcanzadas sobre los mismos, así como los juicios profesionales adoptados para llegar a esas conclusiones.

9 Al documentar la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditoria el auditor debe incluir lo siguiente:

a) Identificación clara de las características de las partidas o asuntos específicos analizados.

b) quien realizo el trabajo de auditoria y la fecha en que dicho trabajo fue terminado.

c) Quien reviso el trabajo de auditoria y la fecha de revisión

10 El auditor debe documentar oportunamente los asuntos significativos discutidos con la administración, comités de gobierno y con otros involucrados, incluyendo cuando y con quien se realizaron, así como los resultados obtenidos de dichas discusiones.

11 si el auditor ha identificado información que contradice o es inconsciente con las conclusiones finales sobre un asunto significativo, debe documentar como se solvento la contradicción o inconsistencia para llegar a la conclusión final.

Desviación a una normal de auditoria básica o procedimiento esencial.

12.-cuando en circunstancias excepcionales, el auditor considera necesario desviarse de una norma básica o un procedimiento esencial que sea relevante, debe documentar como los procedimientos alternos de auditoria realizados, logran el objetivo de auditoria, excepto cuando sean obvias las razones de dicha desviación. Esto implica que el auditor documente como los procedimientos alternos de auditoria efectuados fueron suficientes y adecuados para reemplazar esa norma básica o procedimiento esencial.

Hallazgos posteriores a la fecha del informe de auditoria.

13.- si después de la fecha del informe de auditoria surgen circunstancias excepcionales que requieren que el auditor aplique procedimientos de auditoria nuevos o adicionales o que ocasionen que el auditor llegue a nuevas conclusiones se debe documentar lo siguiente:

a) Las circunstancias encontradas

b) Los procedimientos de auditoria nuevos o adicionales realizados, la evidencia de auditoria obtenida, las conclusiones alcanzadas, así como el efecto en los informes de auditoria.

En el caso de que como resultado de la aplicación de procedimientos de auditoria, ya sean nuevos o adicionales, el auditor concluye que a la fecha de su dictamen existían circunstancias que afectan los estados financieros y, en consecuencia, su dictamen deberá considerar los aspectos mencionados en el Boletín 3120 de esta comisión. “Tratamiento de procedimientos omitidos, descubiertos después de la emisión del dictamen”

c) Cuando y quien realizo los cambios a la documentación de auditoria y quien los reviso.

Terminación y cierre de papeles de trabajo de auditoria

14.- Acorde con la Norma de Control de Calidad, el auditor debe terminar y cerrar los papeles de trabajo de auditoria definitivos, así como concluir el proceso administrativo de archivo dentro de los sesenta y seis días después de la fecha de emisión del informe correspondiente.

15.- Durante el plazo de retención de los papeles de trabajo, después de terminar y cerrar los mismos, el auditor no debe eliminar ni descartar la documentación de auditoria.

16.- Excepto lo mencionado en el párrafo 13 anterior, cuando el auditor considere que es necesario modificar la documentación de auditoria existente o agregar nueva documentación de auditoria después de haber cerrado los papeles de trabajo, independientemente de la naturaleza de las modificaciones o adiciones, debe documentar lo siguiente:

a) Las razones especificas para realizar las modificaciones

b) Quien y cuando realizo las modificaciones, así como quien las reviso

c) El efecto, si existe alguno, sobre las conclusiones del auditor.

MATERIAL DE REFERENCIA

Preparación oportuna de la documentación de auditoria.

A1 La preparación oportuna de la documentación de auditoria suficiente y apropiada ayuda a mejorar la calidad del trabajo y facilita la revisión y evaluación de la evidencia de auditoria obtenida y de las conclusiones alcanzadas antes de la emisión del informe. La documentación preparada después de finalizar el trabajo de campo es menos clara y precisa que la documentación preparada oportunamente al efectuar el trabajo en el campo.

Documentación de los procedimientos de auditoria realizados y evidencia contenida.

Forma, contenido y extensión de la documentación de auditoria

A2 La forma contenido y extensión de la documentación de auditoria depende de factores tales como:

a) Tamaño y complejidad de la entidad

b) Naturaleza

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