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CALIFICACIÓN DEL CONSULTOR O PROFESIONAL CONTRATADO.


Enviado por   •  18 de Junio de 2015  •  Síntesis  •  292 Palabras (2 Páginas)  •  122 Visitas

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21. CALIFICACIÓN DEL CONSULTOR O PROFESIONAL CONTRATADO.

La mejor selección, se basa en la calificación del personal consultor en relación al proyecto a realizar, no en determinación a la firma o sus aspectos formales, sino de acuerdo a su trayectoria, referencias y sus logros, en base a las informaciones y referencias apuntadas.

Se requiere a un consultor con pericia, disponibilidad, predisposición, reputación profesional, experiencia, etc.

22. PROPUESTAS DE HONORARIOS Y NO COTIZACIÓN DE PRECIOS

Los servicios que prestan los consultores representan un ínfimo porcentaje del total del costo de los proyectos, los que obtendrán o no éxito, dependiendo de la precisión de los estudios previos.

La contratación de estos servicios profesionales calificados, se denominan “concurso de méritos y aptitudes” tras lo cual, se buscará negociar los honorarios profesionales en lo más justo y razonablemente posibles.

No es ético ni moral reñir por estos. Las propuestas de los consultores no presentan formularios de precios, sino “propuestas de trabajos”.

24. EL CONTRATO DE CONSULTORÍA CRÍTICA AL INC. B) DEL ART. 1º DE LA LEY Nº 1533/2000 DE “OBRAS PÚBLICAS”

Textualmente, dice:

“Art. 1º.- Considérense obras públicas a los efectos de la presente ley, las cosas hechas o producidas por cuenta del Estado, los gobiernos departamentales, las municipali-dades, y las entidades descentralizadas, tales como:

…b) la prestación de servicios profesionales de consultoría, relativos a las obras de inge –niería civil, arquitectónica o industrial…”

Según lo más arriba manifestado, el contrato público de consultoría y de asistencia, es autónomo y se refiere a la contratación de los servicios de expertos y profesionales peritos en determinadas áreas, cuyas retribuciones se denominan honorarios profe –sionales.

Es inmoral y antiético, desde el principio de la moralidad del D.A., considerar a este contrato específico, como de obra pública, por lo que debiera legislarse especialmente a esta figura, o modificar la ley mencionada.

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