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CARACTERÍSTICAS DEL RIESGO

jonathanavor15 de Abril de 2014

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TEMA: CARACTERÍSTICAS DEL RIESGO

INTRODUCCIÓN

Cuando hablamos de riesgo nos referimos, evidentemente, a la probabilidad de ocurrencia de un suceso que puede ser: posible, incierto, fortuito y dañoso. Pero cada uno de estos riesgos tienes características distintas que a continuación explicaremos.

1.-Incierto o Aleatorio.- Sobre el riesgo ha de haber una relativa incertidumbre, pues el conocimiento de su existencia real haría desaparecer la aleatoriedad, principio básico del seguro.

Ahora bien, esa incertidumbre no sólo se materializa de la forma normal en que generalmente es considerada, sino que en algunas ocasiones se conoce con certeza que ocurrirá, pero se ignora cuándo.

También se es aleatorio porque es una condición indispensable que debe tener un riesgo para que sea asegurable, consistente en que su hecho sea incierto o, aun siendo cierto, se desconozca el momento en que habrá de producirse.

2.-Lícito.- El riesgo que se asegure no ha de ir, según se establece en la legislación de todos los países, contra las reglas morales o de orden ni en perjuicio de terceros, pues de ser así, la póliza que lo protegiese sería nula automáticamente. Este principio de la licitud tiene, sin embargo, dos excepciones aparentes, materializadas en el seguro de vida, en el que se puede cubrir el riesgo de muerte por suicidio (circunstancia que lesiona el principio de orden público) y en el seguro de responsabilidad civil, en donde pueden garantizarse los daños causados a terceros cometidos por imprudencia (aspecto legalmente sancionado por el ordenamiento penal de cualquier país).

3.-Posible.-Es la posibilidad mayor o menor de que el riesgo pueda ocurrir; es decir, el siniestro cuyo acontecimiento se protege con la póliza debe suceder, pero si existe la certeza de que nunca se producirá la póliza pierde su razón de ser. Tal posibilidad o probabilidad tiene dos limitaciones extremas: de un lado, la frecuencia; de otro, la imposibilidad.

4.-Riesgo fortuito.- denominado también riesgo inevitable; es aquel que se suscita de un acto donde no interviene la voluntad humana es decir es aquel evento que no pudo ser previsto ni que, de haberlo sido, podría haberse evitado.

No obstante, es indemnizable en base a las políticas de la aseguradora y las consideraciones presentes en la póliza.

EJEMPLO: un incendio provocado intencionadamente por el asegurado, no será objeto de indemnización por el seguro.

5.- Concreto.- El riegos que el asegurado va a definir en el contrato debe de quedar perfectamente expuesto. La aseguradora va a valorar el riesgo cuantitativa y cualitativamente antes de asumirlo, de igual manera analizara las características y condiciones del riesgo tomando en consideración todos los elementos caracterizadores que influirán en la determinación de la prima y la naturaleza: naturaleza del riesgo, índice probable de siniestralidad, circunstancia de agravación, posibilidad de evitación.

6.- Orden Económico.- La realización del riesgo (siniestro) ha de producir una necesidad económica que se satisface con la indemnización correspondiente.

CONCLUSIÓN

Existen 6 características del riesgo y para que este puede ser asegurable debe cumplir con al menos una de estas características, para ejecutar el seguro debemos conocer bien cada una de estas características, las ventajas y desventajas que presentan.

RECOMENDACIÓN

Al tener una visión clara de las características del riesgo podemos darnos cuenta cual sería favorable o desfavorable para nuestro objeto asegurado y en tal caso no caer en errores que anularían nuestro seguro.

NETGRAFÍA

 http://www.seguros-seguros.com/asegurando-riesgos.html

 http://www.hormigamillonaria.com/2008/11/17/el-riesgo-concepto-y-caracteristicas/

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