CASOS QUE CONDICIONAN LA CAPACIDAD DE LOS ADMINISTRADOS
anasaldivia17 de Noviembre de 2014
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CASOS QUE CONDICIONAN LA CAPACIDAD DE LOS ADMINISTRADOS. LA IDENTIFICACIÓN.
Sus causas modificativas.
Son CAUSAS que modifican la capacidad de los Administrados:
1) LA NACIONALIDAD
2) LA EDAD
3) LA ENFERMEDAD
4) LA CONDENA PENAL
5) EL PROCESAMIENTO Y LA SUSPENSIÓN
6) EL CONCURSO y LA QUIEBRA
7) EL DOMICILIO
2.2 Sus causas modificativas.
Son CAUSAS q modifican la CO de los Administrados:
1) LA NACIONALIDAD
2) LA EDAD
3) LA ENFERMEDAD
4) LA CONDENA PENAL
5) EL PROCESAMIENTO Y LA SUSPENSIÓN
6) EL CONCURSO y LA QUIEBRA
7) EL DOMICILIO
A Nacionalidad
Los extranjeros en España NO TIENEN los mismos Dº q los españoles:
1) No pueden acceder a cargos públicos o políticos
2) No pueden ser funcionarios
3) No derecho de sufragio
a. Activo
b. Pasivo
En elecciones Generales o autonómicas
4) Podrán ejercer el dº de sufragio activo / pasivo según lo establecido por Ley orgánica 1/97, de 30 de mayo en Elecciones Municipales
B La Edad
Puede Ampliar o Limitar la CO de los Administrados.
Para acceder a la Función Pública (FP) se requiere tener 18 años
C La Enfermedad
La enfermedad física o psíquica, nos referimos, puede impedir el acceso a la:
1) FP
2) El desempeño de cargos públicos
3) Ejercitar determinados actos
D. La Condena Penal
Cualquier condena penal puede influir en la capacidad jurídico-administrativa, unas veces impide que se instaure: cuando se tienen antecedentes penales; y otras la extingue, bien automáticamente, inhabilitación, o puede ser causa de separación.
E. El Procesamiento y la suspensión
Lo primero puede influir en la relación administrativa impidiendo su nacimiento o modificándolo, si se produce la suspensión en el empleo y parte del sueldo; y lo mismo cabe decir de la suspensión preventiva durante la instrucción del expediente disciplinario.
F. El concurso y la quiebra
Se incluiría el caso de insolvente o fallido. Tienen importancia porque extinguen o, al menos, modifican la relación jurídico-administrativa que se instaura entre la Admón y el contratista o concesionario que es declarado
La declaración judicial de QUEBRADO o CONCURSADO ---> Inhabilita para celebrar CONTRATOS ADMINISTRATIVOS con la AP.
G La Inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas
La I es una PENA q se impone por sentencia judicial e impide el ejercicio de:
a) Cargos
b) Funciones públicas
La Inhabilitación puede ser:
a) ABSOLUTA
b) ESPECIAL
H. El domicilio
El domicilio no coincide en Derecho administrativo y en el civil. También modifica la capacidad jurídico-administrativa al tener relevancia como centro donde han de aplicarse los impuestos; otras veces otorga derechos, ya que da lugar a la vecindad en un Municipio y al consiguiente aprovechamiento de bienes comunales.
La Ley establece en cada supuesto las circunstancias q han de concurrir en un SUJETO para q pueda ENTABLAR con la AAPP la relación q regula.
BIBLIOGRAFÍA
•
• www.intercodex.com/EL-ADMINISTRADOR-DE-HECHO-DE-DERECHO
• LEY ORGANICA PARA LA ORDENACION DEL TERRITORIO
• Ley Orgánica de Ordenación Urbanística
• Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.
• Ley de Registro Público y del Notariado.
• www.uft.edu.ve/
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