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Contaminación Acústica


Enviado por   •  2 de Abril de 2015  •  7.999 Palabras (32 Páginas)  •  209 Visitas

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I. ASPECTOS INFORMATIVOS:

1.- Titulo.-

Contaminación Acústica

2.- Autores:

 CABALLERO CRUZ IVONNE DEL PILAR

 CÁRDENAS GONZÁLEZ, SONIA RAQUEL

 CHINCHAYÁN MELENDÉZ, PEDRO ALEJANDRO

 CORNEJO URBINA ESTRELLITA DE LA NINFA JOSEFINA

 LÓPEZ DOMÍNGUEZ DONATILA

 PRÍNCIPE ZAVALETA ANA LUCÍA

 RODRIGUEZ RAMIREZ JOSE DAVID

 TALAVERA SAMBRANO CLAUDIA

3.- INSTITUCIÓN:

UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO

I. DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN:

1. SITUACIÓN PROBLEMÁTICA:

1.1 ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN

 ANTECEDENTES:

PROGRAMAS INTERNACIONALES PARA ENFRENTAR LA CONTAMINACIÓN SONORA

Evolución de la protección del ambiente en distintos países

Hace cuatrocientos años, la normativa ecológica referida al Virreinato de1 Río de la Plata se limitaba a las reglas de construcción y defensa de las cosas, exigencias mínimas de aireación, luz y ruidos referidos a estudios específicos de ambiente, cuya infracción estaba penalizada con sanciones varias que, en esa época, podían incluir la entrega de una gallina

Desde entonces, aunque insuficiente, es mucho lo que se ha avanzado en el país y en el mundo acerca de normativas internacionales. Empezando por reconocer al ambiente como un derecho.

DISTINTAS ACCIONES EN EL MUNDO

UNIÓN EUROPEA C.E.

La acción de la Comunidad. En relación al Medio Ambiente. Tiene por objeto conservar, proteger y mejorar la calidad del medio ambiente y contribuir a la protección y salud de las personas. Se basará principalmente en los principios de la acción preventiva y de corrección.

La normativa dejó en su momento "carta abierta" a cada uno de sus miembros y ejemplo de ello es la diversa legislación dictada al respecto por los países, que abarca el tema de la contaminación sonora. Reino Unido de Gran Bretaña Su normativa en materia de protección sonora es vastísima y completa, destacándose entre otras, las siguientes leyes:

 Ley de Control de la Contaminación de 1974: exige inspección por las autoridades de la zona, para establecer molestias causadas por el ruido.

 Normas para Vehículos Carreteros (construcción y uso) de 1981: establece niveles de ruido permisibles a los nuevos vehículos cada vez más estrictos, puesto que esta ley varía los topes de año en año, de acuerdo con el resultado que al efecto se determinan.

 Ley de Compensación de Pérdidas de 1973: Obliga al pago de una compensación por las pérdida de valor de propiedades como resultado de factores físicos entre los que se encuentra el ruido procedente de nuevas obras públicas o mejora de los ya existentes, como carreteras o aeropuertos.

AEROPUERTOS.- Normativa adecuada al mandato de la OACI. Se establecen restricciones operacionales para reducir las molestias causadas por los ruidos de aeropuertos (tipo y número de aviones que pueden operar por la noche, despegue de aviones en direcciones en que su ruido resulte menos perjudicial).

Legislación análoga se ha promulgado en el Eire, Irlanda del Norte, Escocia, Gales e Inglaterra, así como también en los países del Commonwealth, con mayor o menor éxito generalmente dependiente del desarrollo de cada uno de los Estados.

ESPAÑA

En el ámbito continental europeo podemos citar el caso de España, con protección ambiental de larga data (cuenta con el Parque Natural más antiguo de Europa, el de Covadonga, ubicado en los picos de Europa entre el Principado de Asturias y la provincia de León, creado en 1908).

Con motivo de su incorporación a la C.E., España efectuó un análisis de la situación en relación con América Latina publicado por la Fundación Friederich Ebert en Madrid en 1988. Entre los puntos que trata, es de destacar el referido a la inferioridad de recursos industriales en todos sus ámbitos en nuestro continente; ello se traduce, siguiendo el trabajo citado, en un continuo incremento de contaminación tanto en el ámbito urbano como suburbano, en un 27,2 % en el período de 1983 a 1985. América es una región receptora de recursos financieros y no innovados en actividades industriales. La solución sólo se encontraría en el "desarrollo de una política equitativa en el reparto mundial de la riqueza", dentro de la cual se incluirían la industria y la moderna tecnología, lo que "llevaría ineludiblemente a una disminución en las fuentes de contaminación".

Ya la Constitución española de 1978, en su artículo 45°, estableció que todos tienen derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona así como el deber de conservarlo. A fines de 1972, España sancionó su ley de protección del medio ambiente y prevención de la contaminación atmosférica. En su Código Penal, reformado en 1983, se introdujo el artículo 347° que impone penas de arresto de hasta tres años y multas a aquel que, contraviniendo leyes o reglamentos, realice emisiones o vertidos de cualquier clase o por cualquier medio que pongan en peligro grave la salud de las personas. En el caso de industrias que funcionasen clandestinamente. sin autorización administrativa. contraviniendo normas de protección sonorica, emanaciones o cualquier otra actividad contaminante, se impondrá el máximo de la pena.

AMÉRICA LATINA

COLOMBIA

Colombia cuenta con un Código de los Recursos Naturales Renovables y de Protección del Medio Ambiente, entre cuyas disposiciones el artículo 2° proclama: "El medio ambiente es patrimonio común de la Nación. El mejorarlo y conservarlo es un acto de utilidad pública del Estado y de los particulares".

Art. 192: En la planeación urbana se tendrán en cuenta las tendencias de expansión de las ciudades para la localización

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