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CLINICA FORENSE DE DERECHO PENAL. MAPAS MENTALES SOBRE LAS ETAPAS DEL JUICIO ORAL PENAL


Enviado por   •  20 de Febrero de 2020  •  Tareas  •  2.288 Palabras (10 Páginas)  •  391 Visitas

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Universidad de España y México.

Maestría en Ciencias Penales.

CLINICA FORENSE DE DERECHO PENAL.

MAPAS MENTALES SOBRE LAS ETAPAS DEL JUICIO ORAL PENAL.

Docente.

M. en D. Jorge Arturo Carrillo Sandy.

Presenta.

Lic. en D. Clara Abigail Reyes Evangelista.

01 de junio de 2019.

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[pic 5]

Investigación inicial[pic 6]

Etapa de Investigación[pic 7]

Investigación Complementaria

Etapa Intermedia o de Preparación del Juicio


Fase Escrita. Inicia con la Acusación y concluye con la citación a la audiencia.

Fase Oral. Inicia con la audiencia intermedia y conluye con el auto de apertura a juicio.

Etapa de Juicio Oral


Fase Oral. Que comprende desde que se recibe el auto de apertura a juicio oral y hasta la sentencia emitida por el Tribunal de enjuiciamiento.

Etapa de Investigación.

Artículo 211, fracción I del C.N.P.P.


Investigación Inicial.

Artículo 211, fracción I,

inciso a) del C.N.P.P.

Investigación Complementaria.

Artículo 211, fracción I, inciso b) del C.N.P.P.


Inicia con una denuncia o querella.

Concluye con puesta a disposición ante el Juez de Control del imputado.[pic 8]

Inicia con la formulación de la imputación.

Concluye con el dictado del Auto por el que se tiene cerrada la investigación.

Denuncia.[pic 9]


Debe contener la identificación del denunciante, su domicilio, la narración circunstanciada de los hechos, indicación de quien o quienes lo habrían cometido y las personas que lo hayan presenciado, de la denuncia oral, se realizará registro y previa lectura del denunciante la firmara ante la autoridad que la recibe, de no poder firmar colocará su huella digital.

Formas de Inicio.

Artículo 221 del C.N.P.P.


Presentada ante la Policía, ésta informará de dicha circunstancia al Ministerio Público en forma inmediata y por cualquier medio, sin perjuicio de realizar las diligencias urgentes que se requieran dando cuenta de ello en forma posterior al Ministerio Público.

Querella u otro requisito equivalente.


Expresión de la voluntad de la víctima u ofendido o de quien legalmente se encuentre facultado para ello, solicitando se inicie la investigación de uno o varios hechos delictivos.

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Deberá contener, en lo conducente, los mismos requisitos que los previstos para la denuncia.

Investigación Inicial


Denuncia, querella o requisito equivalente.


Parte Acusadora.

*AMP *Victima *Ofendido

*Quien legalmente la represente

Formas de terminación de la Investigación ministerial..

Determinaciones Ministeriales.

Facultad de abstenerse de investigar

Archivo temporal.

No ejercicio de la Acción.

Criterior de Oportunidad.

(Artículo 256 -257 del C.N.P.P.).

Formas de terminación de la investigación. (Artículo 250 del C.N.P.P.)

Mecanismos Alternos de Solución a Conflictos. (Artículo


Acciones iniciales de la trilogía investigadora.

Actos de Investigación para integrar la Carpeta de Investigación.

Criterios de Oportunidad, terminación de la investigación, MASC.


Integración de la Carpeta de Investigación: supuestos de investigación, es decir con o sin detenido y girar oficios a la Policia de Invesrigación y a los servicios periciales.

Actos de Investigación que requieren (Artículo 250 del C.N.P.P.) o no requieren (Artículo 251 del C.N.P.P.) control judicial.

185 del C.N.P.P.)        Desde que se da inicio y hasta

antes de la audiencia de la

Prueba Anticipada.


audiencia de Juicio Oral.

(Artículo 250 del C.N.P.P.)

Ejercicio de la acción Penal.  No ejercicio de la Acción Penal.[pic 11][pic 12]

Judicialización.

Cierre de investigación con reservas de ley


Determinaciones Ministeriales.

Garantías Humanas, Constitucionales y Procesales, que acrediten el debido proceso.


Individualización de los sujetos procesales, lectura de derechos, adecuada defensa.

Control de la legalidad de la detención.

ART 308 del C.N.P.P.


Imputado detenido en flagrancia o caso urgente, el A.M.P.,debera justificar la detención, requisitos de procedibilidad, cumplimiento deplazos.

Formulación de la Imputación. Arts. 309- 311, 313 del C.N.P.P.[pic 13]

1. Darle a conocer el hecho atribuido al imputado. 2.

Calificación Preliminal. 3. Circunstancias de modo, tiempo y lugar. 4. Formade intervención. 5. Nombre del acusador.

Declaración del Imputado.

Art. 312 del C.N.P.P.


Declarar ( De forma espontánea o a preguntas del defensor) o guardar silencio.

El proceso dara inicio con la Audiencia Inicial.

Art. 307 del C.N.P.P.

Pronunciamiento relativo al termino de plazo Constitucional. Art. 313 del C.N.P.P.

Imposición de Medidas Cautelares. Art.

155 del C.N.P.P.


Con la finalidad de incorporar datos y medios de prueba.

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