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COMO ES EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE MOCOA


Enviado por   •  10 de Diciembre de 2015  •  Prácticas o problemas  •  336 Palabras (2 Páginas)  •  127 Visitas

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Señor.

NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE MOCOA

Ciudad.

ACUERDO DE DIVORCIO

 

 

LENIS OSBELIA BENAVIDES CALDERON y ANGEL ARBEY QUIÑONES BRAVO, mayores y vecinos de Mocoa, identificados como aparece al pie de nuestras correspondientes firmas, cónyuges entre sí por matrimonio civil, acudimos a usted para manifestar que con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 34 de la Ley 962 de 2005 y su Decreto Reglamentario 4436 de 2005, hemos decidido por mutuo y común acuerdo realizar la Cesación de efectos civiles de matrimonio civil y liquidar la sociedad conyugal producto del mismo, para lo cual solicitamos tener en cuenta lo siguiente:

Contrajimos matrimonio civil el día 25 de febrero de 2010  en la Notaría Única del Círculo de Villagarzón, registrado en la Registraduría Nacional del Estado Civil el día 03 de Marzo de 2014,  bajo el Indicativo Serial 05480979.

En nuestra unión no procreamos hijos.

Nuestra cohabitación fue suspendida desde el

Hemos acordado adelantar el trámite de divorcio de nuestro matrimonio civil, por mutuo consentimiento.

La sociedad conyugal, mas no patrimonial, que nació con ocasión de nuestro matrimonio, se encuentra vigente, pero será disuelta y liquidada, en la misma escritura de divorcio, teniendo en cuenta que en el tiempo en el cual estuvimos juntos no se adquirieron bienes ni muebles ni inmuebles.

 

Disolver y liquidar la sociedad conyugal, de común acuerdo ante la Notaría Única del Círculo de Mocoa; sociedad que deberá ser liquidada en ceros.

 

Conservar nuestras residencias separadas, sin que en el futuro ninguno interfiera en la vida personal del otro.

Cada  uno responderá por su propia subsistencia, con absoluta independencia del otro y con sus propios recursos, habida cuenta que se trata de un trámite notarial de común acuerdo y que cada uno de los Cónyuges posee edad, salud y medios económicos suficientes para su propio sostenimiento.

No solicitamos alimentos del uno para el otro.

 

Atentamente,

 

LENIS OSBELIA BENAVIDES CALDERON        

C.C. N° 69.006.066 de Mocoa        

ANGEL ARBEY BRAVO QUIÑONES

C.C. N° 18.119.097 de Puerto Guzmán

 

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