ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

CONCEPTOS DE DERECHO PENAL


Enviado por   •  13 de Julio de 2014  •  933 Palabras (4 Páginas)  •  238 Visitas

Página 1 de 4

CONCEPTOS DIVERSOS EN MATERIA DE DERECHO PENAL

FIANZA

Se llama fianza a aquella garantía que principalmente busca asegurar el cumplimiento efectivo de una obligación, en tanto, el término es empleado, mayormente, con dos sentidos, como garantía real o como garantía personal.

Como garantía personal, la fianza lo que garantizará es el cumplimiento de una deuda o de una obligación a través de la existencia de la figura del fiador, quien es una tercera persona ajena a la deuda, es decir, que no se encuentra involucrada ni con la parte que prestó el dinero, ni con aquella que lo recibió. El fiador lo que hace es garantizar el cumplimiento efectivo de la fianza, incluso, comprometiéndose y asumiendo él mismo aquello que el deudor no asume o no pueda cumplir por sí mismo.

REPARACION DE DAÑO

La reparación del daño es una pena pecuniaria que consiste en la obligación impuesta al delincuente de restablecer el statu quo ante y resarcir los perjuicios derivados de su delito. (Diccionario Jurídico Mexicano. Instituto de Investigaciones Jurídicas página 2791.)

El artículo 29 del Código Penal de aplicación en el Distrito Federal por los delitos de la competencia de los Tribunales Comunes; y en toda la República para los delitos de la competencia de los Tribunales Federales, establece que la sanción pecuniaria comprende la multa y la reparación del daño.

El numeral 34 del mismo Ordenamiento, dispone que la reparación del daño que deba ser hecha por el delincuente tiene el carácter de pena pública y se exigirá de oficio por el ministerio público, con el que podrán coadyuvar el ofendido, sus derechohabientes o su representante, en los términos que prevenga el Código de Procedimientos Penales.

TIPICIDAD

La tipicidad es el elemento esencial para la configuración del delito, sin este elemento exterior de conducta subjetiva es imposible su existencia. Esta dentro del tipo penal toda conducta que mediante una acción u omisión se ajusta a los supuestos jurídicos establecidos como delito o falta dentro de un ordenamiento legal, para que una conducta sea típica, debe estar especificada detalladamente como delito o falta dentro de una norma penal. Se denomina tipicidad al encuadramiento de la conducta humana al tipo penal. Así cuando la ley describe el homicidio diciendo "el que prive de la vida a otro", la conducta típica está dada por el hecho concreto de matar a otro.

CULPABILIDAD

En un sentido amplio es el conjunto de presupuestos que fundamentan la reprochabilidad personal de la conducta antijurídica. Puede decirse que la culpabilidad es el reproche que se hace al autor de un concreto acto punible, al que le liga un nexo sicológico motivado, pretendiendo con su comportamiento un fin o cuyo alcance le era conocido o conocible, siempre que pudiera exigírsele un proceder conforme a las normas.

La culpabilidad es una característica del delito fundamentalmente valorativa referida al comportamiento interior del agente que ha de ser vínculo

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (5.9 Kb)  
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com