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CONCEPTOS DERECHO PENAL I


Enviado por   •  16 de Abril de 2017  •  Apuntes  •  1.485 Palabras (6 Páginas)  •  303 Visitas

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fidelhernandezaguirre@hotmail.com

Derecho Penal I

  1. Concepto de derecho penal, importancia y ubicación dentro del derecho.

Ubicada como rama dentro del derecho público interno, es un conjunto de normas jurídicas que regulan a los delitos, a las penas, delincuentes y a las medidas de seguridad que el mismo Estado establece con el objeto inmediato a la creación y conservación del orden social.

  1. Concepto de delito

Concepto legal: según el código penal federal se refiere a la acción u omisión que afectan cualquier deber legal que recaiga sobre los bienes jurídicos fundamentales de la cual pueda derivar la posibilidad de aplicar una sanción a través de las leyes penales.

Doctrina: se refiere a una conducta humana que es típica, antijurídica, culpable y punible.

  1. Concepto de delincuente

Se refiere a la persona física que interviene en el delito, bajo las categorías de la autoria y participación delictuosa; en otros términos: el agente, sujeto activo, infractor, inculpado etc.

  1. Definición de la pena

En sentido jurídico se refiere al dolor físico y moral que el Derecho impone a consecuencia inevitable a quien transgrede la ley al incumplir una obligación. En otras palabras se podría definir como el castigo que establece la ley al delincuente para mantener un orden jurídico.

  1. Clasificación de las penas que propone la doctrina, el CPF incluye lo siguiente.-

Capitales: Se le otorga tal denominación a las penas que se dirigen a la vida del individuo con el objetivo de eliminarlo, tal es el caso de la pena de muerte.

Penas trascendentales: Se entiende por penas trascendentales aquellas que pueden afectar de modo legal y directo a terceros extraños no incriminados, pero no las que derivan de posibles trastornos que puedan sufrir los familiares de los reos, con motivo de la reclusión de éstos, puesto que de adoptarse este criterio todas las penas resultarían trascendentales, porque es evidente que de una u otra forma, en mayor o menor grado, afectan a las personas allegadas a los sentenciados.

Prisión: pena privativa de la libertad durante el lapso previsto por la ley, los cuales pueden ser temporales o definitivos, en el caso del primero es relativo a los límites, en caso del segundo se refiere a la cadena perpetua.

Tratamiento en libertad: consecuencia jurídica que consiste en ciertas medidas laborales, educativas y curativas, siempre y cuando la ley las autorice y que estas tengan como finalidad lograr la readaptación social del delincuente, bajo el cuidado de la autoridad.

Infamantes: Son aquellas que tienen como objetivo afectar el honor del individuo a través una acción denigrante y humillante como poner en manifiesto ante la comunidad el tipo de delito cometido por el condenado

Semilibertad: consiste en la alteración de periodos de privación de la libertad y de tratamiento de libertad. Se aplica a partir de las características del sujeto activo de la siguiente manera: externación durante la semana de trabajo o educativa, con reclusión durante el resto de ésta; o salida de fin de semana, con reclusión durante el resto de ésta o salida diurna, con reclusión nocturna.

Trabajo a favor de la comunidad: consiste en la prestación de servicios no remunerados, en instituciones publicas educativas o de asistencia social, o bien, en instituciones privadas asistenciales.

Confinamiento: consiste en la obligación de residir en determinado lugar y no salir de él. El Ejecutivo tiene la facultado de realizar la designación del lugar, conciliando las exigencias de la tranquilidad pública con la salud y las necesidades del condenado.

Sanción pecuniaria: se engloba  a la multa y a la reparación del daño. La primera consiste en el pago de una cantidad de dinero al Estado, que se fija en días multa, los cuales no podrán exceder de quinientos. En el caso de la reparación del daño comprende: la restitución de la cosa obtenida por el delito, la indemnización del daño material y moral causado y por último el resarcimiento de los perjuicios ocasionados.

Decomiso de bienes: consiste en una consecuencia jurídica que resulta en atención al carácter de los instrumentos, objetos o productos del delito. Se plantea la regla de que solo se decomisarán si son de uso prohibido

Suspensión o privación de derechos: puede ser de dos maneras.- la que por ministerio de ley resulta de una sanción como consecuencia necesaria de ésta y la que por consecuencia de una sentencia formal se impone como sanción.

Inhabilitación, destitución o suspensión de funciones o empleos: aplicable de manera exclusiva a los servidores públicos y entraña la suspensión del empleo cargo o comisión que desempeñe, la destitución y en su defecto la inhabilitación.

  1. Justificación de las penas

La pena se justifica por su necesidad como medio de represión indispensable para mantener las condiciones de vida fundamentales para la convivencia de personas en una comunidad. Sin la pena, la convivencia humana en la sociedad actual sería imposible. Su justificación no es, por consiguiente, una cuestión religiosa ni filosófica, sino una amarga necesidad. Más discutidos son los problemas sobre el fundamento y fines de la pena. Estos han constituido el objeto de la llamada "lucha de Escuelas", que durante muchos años ha sido el punto de quiebre de discusiones y polémicas en la Ciencia del Derecho Penal. Aquí expondré sucintamente los tres puntos de vista principalmente mantenidos, distinguiéndose tradicionalmente, las teorías absolutas, teorías relativas y teorías eclécticas o de la unión.

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