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CONTRADICCIÓN DE TESIS


Enviado por   •  22 de Diciembre de 2013  •  746 Palabras (3 Páginas)  •  274 Visitas

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CONTRADICCIÓN DE TESIS 353/2013.

SUSCITADA ENTRE EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO Y EL CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO.

PONENTE:

MINISTRO ALBERTO PÉREZ DAYÁN

SECRETARIA:

GUADALUPE DE LA PAZ VARELA DOMÍNGUEZ

Vo. Bo.

Sr. Ministro.

México, Distrito Federal. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día nueve de octubre de dos mil trece.

Cotejó:

VISTOS, para resolver el expediente relativo a la denuncia de contradicción de tesis identificada al rubro, y

RESULTANDO:

PRIMERO. Denuncia. Mediante oficio 86/2013 recibido el diecinueve de agosto de dos mil trece, en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Magistrados integrantes del Primer Tribunal Colegiado en Materia de Administrativa del Tercer Circuito, denunciaron la posible contradicción de tesis entre el criterio sustentado por ese Órgano al resolver el amparo en revisión 550/2012 y el emitido por el Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, al conocer del amparo directo 282/2005.

El oficio que contiene la denuncia referida, es del tenor siguiente:

“(…).

Los Magistrados integrantes del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, con residencia en Zapopan, Jalisco, denunciamos una posible contradicción de tesis, para lo cual adjuntamos, en cuarenta y cinco fojas útiles, un legajo en copia certificada relativo a la sentencia dictada en el amparo en revisión **********, del índice de este órgano de control constitucional; a fin de que se resuelva sobre su existencia y, en su caso, qué criterio debe prevalecer entre los sustentados por el Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, quien resolvió el amparo directo ********** que dio origen a la tesis con número de registro IUS 176235, y el sostenido por este órgano colegiado.

El criterio de este Tribunal Colegiado de Circuito, al fallar el amparo en revisión **********, sostiene que en la especie, procede el juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, para impugnar la sanción impuesta por el Jefe de Departamento de Servicios de la Procuraduría Federal del Consumidor, Delegación Jalisco, con base en el artículo 25, fracción II, de la Ley Federal de Protección al Consumidor,

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