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CONVENIO DE DIVORCIO


Enviado por   •  7 de Febrero de 2014  •  1.454 Palabras (6 Páginas)  •  265 Visitas

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CONVENIO DE DIVORCIO VOLUNTARIO (EN LO SUCESIVO EL “CONVENIO”) QUE CELEBRAN POR UNA PARTE JUDITH ESMERALDA RAMIREZ ARROLLO Y POR LA OTRA PARTE JOSE GUADALUPE MARTINEZ CONTRERAS (EN LO SUCESIVO A AMBAS PARTES EN FORMA CONJUNTA, SE LES DENOMINARA LOS “CONYUGES”). EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 1082 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES VIGENTE DEL ESTADO DE NUEVO LEON PARA PRESENTARLO CON LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO. ESTA SOLICITUD SE TRAMITARA ANTE EL JUZGADO DE JUICIO ORAL FAMILIAR EN TURNO DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO, QUE CONCERTAN BAJO EL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

A N T E C E D E N T E S:

Declaran los cónyuges:

I. Con fecha 30 treinta de enero del 2008 dos mil ocho y ante la fe del Oficial del Registro Civil Número 6-seis con Residencia en Guadalupe, Nuevo León, los suscritos contrajimos matrimonio bajo el régimen de Sociedad Conyugal, lo anterior según lo demostramos con la copia certificada de nuestra Acta de Matrimonio, misma que acompañamos al presente convenio de divorcio como Anexo No. 1.

II. Cabe referir que durante nuestra relación matrimonial procreamos un hijo de nombre Jored Alexander Martínez Ramirez de 2 año de edad, tal y como se justifica con la certificación del Acta del Estado Civil que como Anexo No. 2 acompañamos a nuestra solicitud de divorcio.

III. Por motivos de ociosa referencia y por así convenir a nuestros intereses, hemos decidido llevar a cabo la disolución del vínculo matrimonial; razón por lo cual, estamos de acuerdo a someternos a las siguientes cláusulas:

C L A U S U L A S

PRIMERA: CUSTODIA. Los cónyuges convienen en que la señora JUDITH ESMERALDA RAMIREZ ARROLLO, tendrá la custodia de su menor hijo durante el procedimiento de divorcio voluntario, así como después de que haya causado ejecutoria la sentencia de divorcio.

SEGUNDA: CONVIVENCIA. Ambos cónyuges estipulan como términos de la convivencia con su menor hijo, la cual se efectuará en los siguientes términos; el C. JOSE GUADALUPE MARTINEZ CONTRERAS podrá convivir con su menor hijo el día miércoles de las 9:00 am a las 18:00 hrs, en el domicilio señalado de la señora JUDITH ESMERALDA RAMIREZ ARROLLO, estableciéndose que siempre y cuando el C. JOSE GUADALUPE MARTINEZ CONTRERAS pase por el menor y se encuentre en buen estado se materializará la convivencia.

Así mismo, los cónyuges convienen en que con respecto a los fines de semana, el señor JOSE GUADALUPE MARTINEZ CONTRERAS , tendrá derecho a convivir con su menor hijo, tanto durante el procedimiento de divorcio como después de que haya causado ejecutoria la sentencia de divorcio en los siguientes términos:

Un fin día _______de las _______________hrs. y rotándose a la próxima semana a día Domingo de las ___________________hrs. Asimismo la menor pasará con su madre la señora JUDITH ESMERALDA RAMIREZ ARROLLO, el día 10- diez de Mayo de cada año y la fecha de cumpleaños de ella , así como los cumpleaños de los abuelos maternos aún y cuando en ese día le corresponde a el señor JOSE GUADALUPE MARTINEZ CONTRERAS , asimismo la menor pasará con su padre el señor JOSE GUADALUPE MARTINEZ CONTRERAS , el día del Padre de cada año y la fecha de cumpleaños de él, así como los cumpleaños de los abuelos paternos aún y cuando en ese día le corresponde a la señora JUDITH ESMERALDA RAMIREZ ARROLLO. En cuanto a los días festivos navideños la menor convivirá con su madre el día 24 de Diciembre y el día 25 de Diciembre convivirá con su padre y al año siguiente a la inversa, así como también el día 31 de Diciembre convivirá con su madre y el día 1 de Enero convivirá con su padre y al año siguiente a la inversa, así sucesivamente durante y después de ejecutoriado el presente divorcio; iniciando en este año 2011- dos mil once, la señora JUDITH ESMERALDA RAMIREZ ARROLLO. Sin embargo, habrá accesibilidad por ambos cónyuges al respecto, dependiendo de los compromisos extracurriculares del menor hijo, los compromisos laborales del padre o la madre y de las necesidades que el padre ó la madre de familia tengan.

El señor JOSE GUADALUPE MARTINEZ CONTRERAS y la señora JUDITH ESMERALDA RAMIREZ ARROLLO se otorgan mutuamente en este acto autorización para que ambos pueda hacer los trámites que se requieran ante la Secretaría de Relaciones Exteriores y cualesquiera Embajada para la expedición de los pasaportes, permisos, visas, de sus menores hijas __________________. Otorgando desde este momento consentimiento para que su menor hijo pueda salir del país con su madre y/o se padre. Asimismo para efectuar cualquier trámite migratorio por lo cual la presente cláusula contiene el libre y formal consentimiento de la señora JUDITH ESMERALDA RAMIREZ ARROLLO y el señor JOSE GUADALUPE MARTINEZ

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