CRIMINOLOGIA Y Control Social
oswaldorea25 de Abril de 2015
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EXPEDIENTE: 1276-2001
AGRAVIADO: LEON CARRASCOO, SERVANDO
DENUNCIADO: LAURENTE RODRIGUEZ, LUIS
DELITO: ROBO AGRAVADO
RESUMEN:
1. ATESTADO POLICIAL:
- A través del atestado Nro. 290-JPME-JAP-09-CA-SIC, se manifiesta la denuncia presentada por el AGRAVIADO SR. SERVANDO LEON CARRASCO, por el delito contra el patrimonio (robo agravado de dinero en efectivo y especies), toda vez que el 15 de Febrero de 1999 a 01.00 horas por inmediaciones de la Urb. Manzanilla y N. Ayllon-LV, dirigiéndose a su domicilio, sorpresivamente cuatro sujetos bajaron de un vehículo, color blanco de placa SGR-160 y bajo amenaza de un arma blanca y en forma violenta le despojaron la suma de $ 40000 dólares USA y S/. 1,700.00 nuevos soles aproximadamente, su L.E. Nº 07520329, L.M. cuyo número no recuerda, su licencia de conducir, una licencia de portar fuego, su celular 2,000 Nº 9411321 Audio Vox, su reloj pulsera CASIO digital y su agenda personal, dándose a la fuga en el mismo vehículo.
- Dentro del atestado judicial se encuentra como CONCLUSIONES que, los cuatro sujetos (Miguel Angel Huamani Ochoa (25), Luis Fermin Capcha Licas (21), Luis Laurente Rodriguez ó Simon Gregorio Godines Rodrigues (26) (a) “LUCHO” y otros en proceso de identificación resultan ser los presuntos Autores del Delito Contra el Patrimonio (Robo de dinero y especies).
- Miguel Angel Huamani Ochoa (25), se ha puesto a disposición de la autoridad competente en calidad de DETENIDO.
- El Vehiculo de placa SGR-610, ha sido entregado mediante acta, a su propietario Jose Franklin Lucero Valdivia.
- Se realiza la en rendimiento de Manifestación de Servando Leon Carrasco, Jose Franklin Lucero Valdivia, acta de reconocimiento de vehículo, acta de entrega de vehiculo, constancia de notificación.
2. DENUNCIA FISCAL
El Fiscal ALLYSON JARAMILLO ORTIZ, Fiscal Provincial Adjunta encargada de la Vigesima Octava Fiscalia Provincial Penal de Lima, a cargo de la fiscalía de Turno PErmaente, evalua los hechos presentado entre el agraviado los presuntos delincuentes, es asi que indica las diligencias a efectuarse:
- Que se reciba la Declaración Instructiva del inculpado.
- Que se recaben los antecedentes penales del inculpado.
- Se realice la correspondiente PERICIA DE VALORIZACION
- Se reciban las TESTIMONIALES DE LUIS CAPCHA ROJAS O LUIS FERMIN CAPCHA LICAS, ALFREDO URREGO PRADO, MARLON TOVAR ROJAS, EDGAR ALFREDO ROJAS LEON, JORGE PERDO ROJAS LEON Y SIMON GREGORIO GODINEZ RODRIGUEZ O LUIS LAURENTE RODRIGUEZ.
- Y las demás diligencias que resulten necesarias.
El Ministerio se reserva el derecho de formular denuncia penal por delito contra el patrimonio (ROBO AGRAVADO) contra LUIS CAPCHA ROJAS O LUIS FERMIN CAPCHA LICAS, ALFREDO URREGO PRADO, MARLON TOVAR ROJAS, EDGAR ALFREDO ROJAS LEON, JORGE PERDO ROJAS LEON Y SIMON GREGORIO GODINEZ RODRIGUEZ O LUIS LAURENTE RODRIGUEZ conforme al avance de las investigaciones.
3. AUTO DE APERTURA DE INSTRUCCIÓN
- Mediante REsolucion Numero 1, el 30 de marzo del 1999 se dicta ABRIR instrucción en la via del procedimiento especial contra MIGUEL ANGEL HUAMANI OCHOA, por delito contra el patrimonio (Robo Agravado) en agravio de SERVANDO LEON CARRASCO, dictándose contra el inculpado mandato de DETENCION y habiendo sido puesto a disposición del juzgado recibasele en el dia su declaración instructiva.
- TRABASE, embargo preventivo sobre los bienes del encausado que sean bastantes para cubrir la reparación civil.
4. DECLARACION INSTRUCTIVA AL INCULPADO
Durante la instructiva el acusado manifestó no haber participado en dicho robo, agrega que dicho dia su amigo lucho laurente rodriguez estaba manejando el vehiculo durante la noche conforme dijo se llevo el carro y lo regreso en la mañana, pero desconozco sobre el robo que se le pregunta.
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