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CRITICA EN MATERIA DE TESTAMENTOS AL CÓDIGO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL DE 2000


Enviado por   •  1 de Febrero de 2016  •  Trabajos  •  948 Palabras (4 Páginas)  •  329 Visitas

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INTRODUCCION

A continuación hablaremos de la forma del testamento e interpretación del mismo. En el primer tema a tocar explicaremos la noción de la materia donde nos dice que hay varias formas de testamento por el cual el testador exterioriza su voluntad; mencionaremos su clasificación atendiendo su forma, también explicaremos cada tipo de testamento, al igual veremos el significado de Interpretación del testamento.

FORMA DEL TESTAMENTO

NOCION DE LA MATERIA

El maestro Gutiérrez y Gonzales hizo un estudio relacionado con la sexta característica del testamento en la cual dice que es un acto ‘‘formal’’ y no un acto ‘‘solemne’’.

Partiendo de esa característica, la ley establece diversos tipos de testamento, atendiendo a que la voluntad del testador se externe en una o en otra de las maneras que ella determina para ese tipo de acto.

CLASIFICACION DEL TESTAMENTO, ATENDIENDO A SU FORMA

El testamento se divide en dos partes el Testamento Ordinario y el Testamento Especial; el primero se divide a la vez en cuatro los cuales son: público abierto, público cerrado, ológrafo y el público simplificado; Y el segundo en privado, militar, marítimo y hecho en país extranjero.

CRITICA EN MATERIA DE TESTAMENTOS AL CÓDIGO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL DE 2000

Ernesto Gutiérrez y Gonzales hace mención a lo que dice Paul Tabori sobre Historia de la estupidez humana, y una evidencia de que son del todo aplicables esos comentarios sobre la estupidez a los miembros de la I Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, al haber hecho contra toda razón, un inconstitucional Código Civil de 2000 para el Distrito Federal , sin análisis y estudio alguno del Código que querían derogar y que es el Código Civil de 1928, se tiene precisamente en esta materia de los testamentos.

Ambos Códigos el civil federal y el Civil del Distrito Federal conservan los mismo tipos o formas de los testamentos pero cabe de manera elemental hacerse esta pregunta: ¿La entidad federativa, tiene límites con algún océano, el pacifico o el golfo de México? Y la respuesta es negativa, y sólo un retrasado mental podría pensar que el distrito Federal tienes costas y litorales. Y además cuando se hace un testamento ‘‘marítimo’’ a bordo de una nave mercante o de la armada, esa jurisdicción para hacer testamento a bordo de un barco es de índole Federal y no local.

TESTAMENTO ORDINARIO PÚBLICO ABIERTO

Este testamento es el más usual en el medio mexicano, y es el que brinda mayor seguridad a su autor, en el sentido de que su voluntad será respetada después de su muerte, y cumplida la disposición que haga de sus bienes y derechos o la declaración o cumplimiento de deberes.

Este se otorga ante notario, el cual debe ser necesariamente Licenciado en Derecho, puede recibir el testador por parte del notario las indicaciones y aclaraciones pertinentes.

TESTAMENTO ORDINARIO PÚBLICO CERRADO

Este testamento es el que escribe el testador por sí, o por medio de otra persona, pero debe rubricar cada hoja y firmar al calce del testamento. Podrá rubricar y firmar por él otra persona a su ruego; la persona que rubrica

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