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Cancelacion de mutuo con garantia hipotecaria


Enviado por   •  16 de Junio de 2017  •  Trabajos  •  665 Palabras (3 Páginas)  •  638 Visitas

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TESTIMONIO.- ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO CUARENTA (N° 40).- Cancelación de Mutuo con Garantía Hipotecaria.- En la ciudad de Managua, a las dos de la tarde del quince de agosto de dos mil uno.- Ante mí, William Mauricio Rodríguez, Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua, autorizado por la Excelentísima Corte Suprema de Justicia para ejercer el Notariado en un quinquenio que expira el cuatro de junio del dos mil doce, comparecen el señor ALEJANDRO CERNA SÁNCHEZ, mayor de edad, soltero, Empresario, nicaragüense y de este domicilio, quien se identifica con Cédula de Identidad Número doble cero uno guión diez, once, cuarenta  cinco guión doble cero cuarenta y cuatro Pe (C.I. N° 001-101145-0044P).- Doy fe de haber tenido a la vista el documento de identificación relacionado, así como de que a mi juicio el compareciente tiene capacidad civil legal para obligarse y contratar, y en especial la requerida para ejecutar este acto, en el que comparece en su propio nombre e interés, y dice: PRIMERA: Relación del Mutuo y la Garantía Hipotecaria. Que según consta en Escritura Pública Número Nueve de Mutuo o Préstamo de Consumo con Hipoteca, de las doce y cuarenta y cinco minutos de la tarde del cinco de febrero de mil novecientos noventa y nueve, autorizada por el Notario Público Doctor Jesús Castillo Matus, entregó en calidad de Mutuo a los señores DAISSY DEL SOCORRO MORENO VARGAS, ama de casa, y NELSON JESÚS CASTILLO, obrero, ambos mayores de edad, casados, nicaragüenses y de este domicilio, la suma de diecisiete mil córdobas netos (C$ 17,000.00), equivalentes a un mil quinientos un dólares de los Estados Unidos con ochenta y dos centavos de dólar (US$ 1,501.82) a pagarse en un doce cuotas mensuales, y reconociendo al monto del mutuo un interés del cinco por ciento mensual. Que en garantía de dicha obligación, los señores DAISSY DEL SOCORRO MORENO VARGAS y NELSON JESÚS CASTILLO constituyeron primera y especial Hipoteca a su favor, sobre un lote de terreno ubicado en la Urbanización Progresiva “Jorge Casally” de esta ciudad, extensiva a todas las mejoras presentes y futuras del inmueble, hipoteca que se encuentra inscrita bajo el Número ciento treinta y cinco mil ochocientos cincuenta y cuatro (135,854); Tomo dos mil veintiséis (2,206); Folio cuarenta y cinco (45); Asiento Primero (1°); Columna de Inscripciones; Sección de Hipotecas; Libro de Propiedades del Registro Público de la Propiedad Inmueble y Mercantil del Departamento de Managua.- Continua hablando el compareciente ALEJANDRO CERNA SÁNCHEZ y dice: SEGUNDA: Pago del Mutuo y Cancelación de Hipoteca. Que habiendo pagado los señores DAISSY DEL SOCORRO MORENO VARGAS y NELSON JESÚS CASTILLO en su totalidad tanto el principal como los intereses devengados por el Mutuo arriba relacionado en este acto extiende amplia y formal Carta de Pago y de Cancelación Total del Mutuo, y cancelando asimismo el gravamen hipotecario que lo garantizaba, autorizando por tanto al Señor Registrador Público de la Propiedad Inmueble y Mercantil del Departamento de Managua a realizar la anotación pertinente en el asiento correspondiente.- Así se expresó el compareciente, bien instruido por mí, el Notario, acerca del valor, objeto, alcances y trascendencia legales de este acto, de las cláusulas generales que contiene y que aseguran su validez, de las especiales que contiene y de las que envuelven renuncias y estipulaciones implícitas y explícitas.- Yo, el Notario, doy fe de haber tenido a la vista la Certificación Registral de la inscripción del señor ALEJANDRO CERNA SÁNCHEZ como prestamista, con el Número setenta y seis (76); página setenta y cinco (75); Tomo Uno (1) del libro de Prestamistas del Registro Público Mercantil de Managua, y la Escritura Pública de Mutuo e Hipoteca relacionada, así como de que advertí al compareciente de la necesidad de inscribir este Instrumento en el Registro Público de la Propiedad Inmueble y Mercantil correspondiente.- Y leída que fue por mí, el Notario, la presente Escritura al compareciente, este la encuentra conforme y la aprueba, ratifica y firma junto conmigo, el Notario, que doy fe de todo lo relacionado.- [pic 1]

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