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Características de las profesiones jurídicas

elimarmartinezInforme21 de Abril de 2013

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sociedad como para quienes tienen investiduras en el ejercicio de la profesión. Es bueno ser profesional en este campo aunque socialmente no se goce de una buena confianza. Por otra parte, la imagen permite particularizar, en términos sociales, las características más relevantes en la estructuración de los profesionales.

Por otra parte, es una profesión altamente regulada, no solo en las sanciones y juicios de valor informales que la sociedad aplica al profesional, sino además, formalmente, en la vigilancia y sanciones que impone el ejercicio. A diferencia de otras profesiones, las jurídicas tienen órganos moderadores de la actividad de sus titulados. Además de lo anterior, el ejercicio mismo del profesional es bastante delicado en razón del tipo de actividad, pues el riesgo moral y la alta competencia laboral son dos características conexas al desarrollo de la profesión en términos históricos. De acuerdo con ello, para ejercer una profesión de esta naturaleza se requiere hoy de la certificación universitaria; esto significa que las instituciones formadoras tienen el enorme reto de trabajar por una formación más eficaz y consecuente con las situaciones sociales y personales que debe enfrentar el profesional en el competido y complejo mercado laboral. Más allá de la imagen instantánea, las profesiones jurídicas se han consolidado como integración y eficacia del derecho, elemento del orden social vital para la confianza del ciudadano respecto al funcionamiento de la sociedad. El derecho integrado y eficaz es una herramienta del control público y una ideología del progreso espiritual y material de la sociedad moderna, personificada en grupos y asociaciones de especialistas que, desde la óptica funcionalista, están obligados a la virtud por su compromiso social.

La imagen del doctor, es típica y tradicional entre las personas que se refieren a los abogados, y también en el trato institucionalizado que hay que darle a estos. Los doctores, formalmente, son aquellos profesionales que en cualquier disciplina o técnica han alcanzado el grado formal más alto de la educación avanzada. El trato impersonal, el título de doctor otorgado en el sentido común al profesional del derecho sin que este formalmente lo haya adquirido, es indicativo de las relaciones de poder que se establecen en lo social y en el ropaje que las profesiones imponen al ejercicio de un oficio concreto vuelto profesión. Socialmente se espera no solo un pulcro vestir sino, además, un lenguaje técnico, comprensible solo jurídicamente y entre colegas. El vestir y el hablar constituyen dos de las tecnologías que acompañan el ejercicio de la profesión en términos sociales. El ejercicio de la abogacía hoy no solamente es relativo a la esfera del litigio. La tradición de la formación ha producido este efecto litigio como única representación colectivizada sobre el abogado, y de ello son básicamente artífices los propios gremios y asociaciones de abogados. Este efecto trae consecuencias importantes en la imagen social del abogado puesto que, primero, la sociedad lo ubica en las actuaciones judiciales como única esfera de práctica profesional, y segundo, deriva de ello el concepto y la evaluación sobre la profesión. El reconocimiento, de los jóvenes, las y los niños, las mujeres, los ancianos, los derechos de la naturaleza, por ejemplo, constituyen esas nuevas formas de reconocimiento que apenas hacen presencia real en lo social pero que, por lo menos, ya tienen visibilidad en el ordenamiento jurídico de los países, asociadas a fenómenos complejos como nuevas formas de participación ciudadana y política que configuran nuevos personajes jurídicos, cuyo derecho a la existencia debe ser hoy tutelado.

El Abogado es un profesional cuyo objetivo

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